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  • Habra restricciones a camiones por las fiestas de Navidad y Ano Nuevo en Buenos Aires

    » El Litoral

    Fecha: 24/12/2025 15:34

    Una vez mas, los camiones de gran porte deberan frenar su marcha en diferentes rutas para facilitar el transito vehicular y prevenir siniestros en los dias festivos de fin de ano hacia la Costa Atlantica de Buenos Aires. En lo que resta del martes y las primeras horas del miercoles 24 aun podran circular. La medida que implementa cada fin de semana largo y en fechas especiales como las actuales de Navidad y Ano Nuevo, la Direccion de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Publicos, entrara en vigencia manana desde las seis de la manana. Imagen ilustrativa. Segun informaron las autoridades pertinentes al area, la circulacion de camiones con carga de mas de siete toneladas de porte bruto se vera impedida de transitar los dias miercoles 24 de 06:00 a 14:00 horas hacia la Costa Atlantica y jueves 25 de 14:00 a 23:59 horas hacia la Ciudad de Buenos Aires. Rutas alcanzadas por la medida de restriccion a la circulacion de camiones de gran porte Autopista Buenos Aires - La Plata Desde Ciudad Autonoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata. Ruta Provincial N. 2 (AUTOVIA 2) Desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires La Plata hasta el Km. 400 (Camet). Ruta Provincial N. 11 Desde interseccion con RP N. 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal). Ruta Provincial N. 36 Desde Rotonda RP N. 10 (Prolongacion Av. 66 - La Plata) hasta la interseccion con RP N. 11 (Pipinas). Ruta Provincial N. 56 Desde su interseccion con la RP N. 11 (Gral. Conesa) hasta su interseccion con la RP N. 74 (Gral. Madariaga). Ruta Provincial N. 63 Desde Distribuidor de Transito con RP N. 2 (Dolores) hasta interseccion con RP N. 11 (Esquina de Crotto). Ruta Provincial N. 74 Desde su interseccion con la RP N. 56 (Maipu) hasta su interseccion con la RP N. 11 (Pinamar). Vehiculos exceptuados por la medida de restriccion de circulacion por rutas durante las fiestas Los vehiculos del autotransporte de cargas menores a SIETE (7) toneladas de porte bruto y los vehiculos que a continuacion se detallan: Transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados. Transporte de animales vivos. Imagen ilustrativa. Transporte de pescado y mariscos congelados. Transporte de productos frutihorticolas en transito. Transporte exclusivo de prensa y de unidades moviles de medios de comunicacion audiovisual. De atencion de emergencias. De gruas/asistencia a vehiculos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto mas proximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacio. Transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petroleo. Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, asi como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliarias, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos. Transporte de medicinas. Transporte a depositos finales de residuos solidos urbanos y/o patogenicos. Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial. Transporte de sebo, hueso y cueros. Cuando se oponga a disposiciones que en identico sentido dicte la Secretaria de Gestion del Transporte de la Nacion, y/o la Comision Nacional del Transito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de Seguridad Vial, sobre una misma via, dia y horario.

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