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» Santafeactual
Fecha: 24/12/2025 15:21
El juez Martin Cormick resolvio declarar inaplicable el decreto del Ejecutivo, que habia suspendido la ejecucion de la ley al momento de su promulgacion con el argumento de que no estaban previstas las fuentes de financiamiento. El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N 11 hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y ordeno cumplir los articulos 5 y 6 de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. La decision obliga a actualizar y recomponer los salarios de docentes y no docentes de las universidades nacionales, ademas del monto de las becas estudiantiles. El juez Martin Cormick resolvio declarar inaplicable el decreto 795/2025 del Poder Ejecutivo, que habia suspendido la ejecucion de la ley al momento de su promulgacion, con el argumento de que no estaban previstas de manera expresa las fuentes de financiamiento. Segun el magistrado, esa suspension configura un caso de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, ya que la lesion de derechos resulta clara y no requiere un analisis prolongado para ser acreditada. La ley 27.795 habia sido sancionada por el Congreso con el objetivo de garantizar un esquema de actualizacion automatica de salarios docentes y becas estudiantiles conforme al indice inflacionario. Sin embargo, el Ejecutivo dejo en suspenso su aplicacion mediante el decreto ahora cuestionado, lo que motivo la presentacion judicial del CIN a fines de octubre de 2025. En su demanda colectiva, las universidades plantearon que el incumplimiento de la norma provoco una perdida acelerada del poder adquisitivo, afecto el normal funcionamiento de las casas de estudio y vulnero derechos constitucionales vinculados a la educacion publica y a la autonomia universitaria. Tambien senalaron que la suspension contradecia el articulo 83 de la Constitucion Nacional, que obliga a promulgar una ley cuando el Congreso insiste con mayoria especial. Al conceder la cautelar innovadora, el juez ordeno suspender la parte del decreto que condicionaba la vigencia de la ley y dispuso el cumplimiento inmediato de los articulos 5 y 6, referidos tanto a la recomposicion salarial como a la actualizacion automatica de las becas. La medida regira hasta que se dicte sentencia definitiva y queda sujeta a la presentacion de una caucion juratoria como contracautela. Repercusion en Rosario Desde la Asociacion Gremial de Docentes e Investigadores de la UNR (Coad) celebraron el fallo y remarcaron que el juez demostro que existe una inobservancia clara de un deber juridico por parte del Estado. El sindicato sostuvo que la suspension de la ley genero un perjuicio grave e irreparable para docentes y estudiantes por la perdida de poder adquisitivo y subrayo que el impacto presupuestario de la medida es acotado, cercano al 0,23% del PBI. Ademas, advirtieron que el decreto del Ejecutivo afectaba la division de poderes y valoraron que la cautelar restituya, al menos de forma provisoria, el cumplimiento efectivo de la Ley de Financiamiento Universitario. Fuente: SFA/R3
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