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» Comercio y Justicia
Fecha: 24/12/2025 09:21
El Gobernador acordo el pago de $100 mil no remunerativos para los agentes publicos que cobren hasta $2,8 millones mensuales en bruto. Al igual que con la emergencia previsional, el monto de salarios que se fijo como linea de corte para cobrar o no el bono deja afuera a la mayoria de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial, trabajadores bancarios, nucleados en Luz y Fuerza y tambien en el Suoem. El conjunto de gremios del sector publico lanzan un plan de lucha desde el lunes proximo. El Gobierno provincial otorgara un bono no remunerativo de 100 mil pesos que cobraran todos los agentes publicos que cobren un salario bruto inferior a 2,8 millones de pesos. El dato, anticipado dias atras por Comercio y Justicia, fue confirmado ayer por la UEPC en un comunicado en el que informo sobre el pago de la gratificacion de fin de ano. Ya entrada la noche, el Ministerio de Seguridad confirmo que los uniformados tambien percibiran el pago. El Gobierno de la Provincia ha dispuesto el pago de un bono adicional extraordinario de $100.000, destinado a todo el personal policial que perciba un haber mensual liquido inferior a $2.800.000. Este beneficio se suma al primer bono anual de $700.000 para gastos de uniforme y al incremento de 100% en el plus adicional por prestacion de servicio en la via publica, medidas que fueron anunciadas recientemente por el gobernador Martin Llaryora. Todos los conceptos mencionados seran liquidados junto con el haber correspondiente al mes de diciembre, senalo el informe difundido por la cartera que conduce Juan Pablo Quinteros. En realidad, el bono sera percibido por todos los agentes con haberes de hasta 2,8 millones de pesos, mas alla de las particularidades de cada sector, por ejemplo, en ese ultimo caso, la policia y los penitenciarios. Caja Sin embargo, el pago del bono lejos estuvo de aplacar los animos entre los aportantes a la Caja, o al menos entre los gremios que los representan. Los 14 sindicatos representados lanzaron una jornada de protesta y movilizacion para el proximo lunes 29. La medida apunta contra la nueva ley de emergencia previsional y la reglamentacion que, si bien fue anunciada en redes por el gobernador Martin Llaryora, aun no fue reglamentada o al menos ese paso clave no se publico todavia en el Boletin Oficial. Como fuere, el techo salarial que puso el Gobierno para pagar el no remunerativo, implica que la mayoria de los afiliados al Suoem, La Bancaria, o los judiciales y Luz y Fuerza no cobraran la gratificacion. Son los mismos sectores que tambien se veran perjudicados con el ajuste previsional. Por ahora, todos estan en el mismo barco pero, llegado enero, habra que ver que poder de fuego ponen en la calle UEPC o el SEP que tienen mas beneficios que perjuicios por los cambios en la norma previsional. Primer amparo, a favor de la Caja En tanto, ayer se conocio que la Camara Contencioso Administrativa de 3 Nominacion de la ciudad de Cordoba declaro inadmisible una accion de amparo presentada por una mujer jubilada y pensionada contra la Caja de Jubilaciones de Cordoba. En su presentacion, la amparista cuestiono la ley 11087 que autoriza al Poder Ejecutivo de Cordoba a incrementar los aportes de los activos hasta ocho por ciento (art.5), ademas de cuestionar las modificaciones en el aporte solidario que afecta su haber en virtud del art. 58 de la ley previsional. Frente a la amenaza de reduccion de su haber invocada por la actora, el tribunal no advierte de que manera el incremento de los aportes de los activos que habilita la norma impactaria de modo directo en su beneficio, provocandole tal disminucion; sobre todo teniendo en cuenta que la garantia de movilidad se encuentra protegida por la aplicacion de indices sectoriales, en los que en nada incide tal incremento, senalo el portal informativo del Poder Judicial de Cordoba. Por otra parte, el tribunal senalo que el texto de la norma cuestionada no dispone un recalculo del haber de pasividad de los beneficios ya otorgados, derivado del aumento de los referidos aportes. En este caso puntual, la accionante no ha logrado patentizar el agravio para ocurrir a esta jurisdiccion por la via del amparo en proteccion de los derechos constitucionales cuya proteccion invoca, expreso el fallo. Asimismo, el tribunal puntualizo: No se advierte de las modificaciones introducidas por la nueva norma, la existencia de una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta con entidad para amenazar de forma cierta los derechos y garantias reconocidos por la Constitucion, los que se traducen, en el caso de los pasivos, en el respeto inclaudicable, aun en situaciones de emergencia, del nucleo duro previsional, conforme fuera definido en la doctrina judicial consolidada de nuestro Maximo Tribunal. El fallo se refiere a la causa Giacomino Garmaz, Marta Elena c/ Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Cordoba Amparo Ley 4915. NOTA 2 Inocencia fiscal: estudian bajar multas de la ARCA El ministro de Economia, Luis Caputo, anticipo ayer que el Gobierno esta trabajando para que las multas automaticas de la Agencia de Recaudacion y Control Aduanero (ARCA), incluidas en el proyecto de Inocencia Fiscal que esta siendo tratada en el Congreso, se moderen para evitar sanciones inflexibles. La iniciativa preve actualizar las multas que se aplican ante la falta de presentacion en tiempo y forma de las declaraciones juradas que van de $400 a $440.000 para sociedades, mientras que en el caso de declaraciones juradas informativas el piso sancionatorio se incrementa de $5.000 a $5 millones para personas humanas. A su vez, para las personas juridicas, el maximo de las multas para el caso de falta de declaraciones juradas informativas asciende a $10 millones. Los incrementos abarcan tanto incumplimientos formales como la falta de presentacion de declaraciones juradas, regimenes de informacion y operaciones internacionales, con el objetivo de que las multas vuelvan a funcionar como una verdadera herramienta preventiva. La aclaracion del funcionario llego luego de la consulta del usuario de X @BlogDelContador, que pregunto: Que va a pasar con las multas tributarias de la ley de inocencia fiscal? Se esta viendo de modificar algo en Senado o alguna reglamentacion de ARCA para morigerar esos montos?. El funcionario explico que hablo con el equipo de ARCA y anticipo que la solucion a este problema contemplara los siguientes puntos: En cuanto ocurra el vencimiento del plazo para presentar la DDJJ, en vez de intimar y aplicar la multa directamente, ARCA va a enviar un recordatorio por 10/15 dias habiles, sostuvo en primer lugar y agrego que una vez transcurrido ese plazo, recien ahi se va a intimar y aplicar la multa. En ese sentido, remarco que se va a merituar la cantidad de dias de demora en la presentacion, para aplicar una multa menor. Caputo senalo que buscan poder distinguir los incumplimientos frecuentes, de aquellos ocasionales, y no aplicar automaticamente una medida inflexible. A traves de su cuenta de X, Caputo considero que esta sera una alternativa que va a permitir el cumplimiento de las obligaciones fiscales sin ahogar al sector privado. El proyecto de Inocencia Fiscal obtuvo media sancion de la Camara de Diputados la semana pasada como parte del paquete de reformas tributarias del Gobierno y ahora resta que se sancione en el Senado. Durante el debate en la Camara Baja, el peronismo presiono para modificar el proyecto para que el monto de la multa dependa del tipo de contribuyente, aunque esta propuesta no prospero.
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