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» Radiosudamericana
Fecha: 24/12/2025 00:02
Policiales Martes 23 de Diciembre de 2025 - Actualizada a las: 18:02hs. del 23-12-2025 Indemnizan a la madre de un joven que murio en la Unidad Penal N 1 La Justicia hizo lugar a un reclamo por dano material y moral de la madre de un interno que murio a causa de un disparo durante un operativo en el penal en el ano 2020. El enfrentamiento que culmino con la vida de Jose Maria Kevin Candia se dio entre internos y fuerzas de seguridad durante la emergencia sanitaria por COVID-19. La demanda fue presentada a mediados del ano 2023 y tramito como juicio por audiencias. Se produjeron numerosas pruebas y se incorporaron tambien pruebas producidas en la causa penal. El Juzgado con Competencia Administrativa N 2 de Corrientes dicto sentencia, mediante la cual hizo lugar parcialmente a la demanda presentada por la madre de Jose Maria Kevin Candia, por la muerte ocurrida el 21 de abril de 2020 en la Unidad Penal N 1 de Corrientes. El joven fallecio en el marco de un enfrentamiento entre internos y fuerzas de seguridad durante la pandemia. La sentencia atribuyo responsabilidad objetiva por falta de servicio al Estado Provincial y ordeno el pago del dano material y el dano moral. Fundamentos El juzgado determino falta de servicio y responsabilidad estatal. La sentencia analizo el contexto, la actuacion de las fuerzas de seguridad y el deber estatal de garantizar la integridad de quienes estan bajo su custodia. Tambien tuvo en cuenta la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nacion y la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el tema. El tribunal concluyo que existio actuacion y omision antijuridica por parte del Estado al no garantizar la seguridad y la vida del joven interno. Por otro lado, se aclaro que no surgia en modo alguno que el joven hubiera iniciado o planeado un motin, como tampoco que hubiera estado agrediendo al personal de seguridad ni a otros internos en el momento en que recibio el disparo. Asimismo, la jueza rechazo el planteo de los representantes del Estado Provincial en cuanto a que fuera necesario esperar la resolucion de la causa penal. Para asi decidir tuvo en cuenta que se trata de una excepcion expresamente prevista por el Codigo Civil y Comercial, esto es, de un reclamo de danos fundado en un factor de responsabilidad objetiva. Es decir, el reclamo se baso en la falta de servicio del Estado por no haber garantizado la seguridad y la vida del joven, lo que implica que no era necesario individualizar quien fue el autor de la falla o incumplimiento ni tampoco demostrar la culpa de algun agente en particular. El juzgado tambien evaluo el dano psicologico reclamado por otros familiares (hermanos) y concluyo, en base a las pericias psicologicas realizadas, que no correspondia hacer lugar a esos planteos por no haberse acreditado secuelas clinicas que tuvieran como causa el suceso.
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