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  • Corrientes: el STJ anuló una exclusión hereditaria y reconoció los derechos de una viuda | El Litoral

    » El litoral Corrientes

    Fecha: 23/12/2025 14:54

    El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes revocó una exclusión hereditaria que había beneficiado al hermano de un hombre fallecido y restituyó el derecho a heredar a la viuda. Se consideró de que el matrimonio no se encontraba extinguido de manera definitiva. Primeras instancias La decisión fue adoptada por mayoría y dejó sin efecto lo resuelto en primera y segunda instancia, donde se había aceptado el planteo del hermano del fallecido. En esas instancias se entendió que la mujer había perdido el derecho a heredar porque no existía convivencia. El reclamo se basaba en que la pareja se encontraba separada de hecho y, según el demandante, no había voluntad de retomar la vida en común. Resolución del STJ Al revisar el caso, el presidente del STJ, Guillermo Horacio Semhan, valoró especialmente un mensaje de audio enviado por el hombre antes de su fallecimiento, en el que expresaba su deseo de que su esposa fuera cuidada. En su voto, el magistrado señaló que las relaciones de pareja “no son perfectas ni lineales” y que, a lo largo de matrimonios extensos, pueden registrarse distanciamientos, discusiones y nuevos acercamientos. Indicó que esos vaivenes (en un matrimonio de 25 años) no implican, por sí solos, la ruptura definitiva del vínculo. También tuvo en cuenta que la pareja había desistido de iniciar el trámite de divorcio, lo que fue interpretado como un indicio de que el lazo legal y afectivo no estaba extinto. Finalmente, el STJ sostuvo que el derecho a heredar entre cónyuges no depende exclusivamente de la convivencia bajo un mismo techo, sino de la existencia del vínculo matrimonial y afectivo.

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