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Parana » AIM Digital
Fecha: 22/12/2025 15:44
“La Agencia Nacional de Puertos y Navegación, por la resolución 67, dictada hace pocos días atrás, ha convocado a la licitación de la vía navegable troncal del río Paraná; y ha rechazado, negado, no prestado atención alguna a todas las observaciones, críticas constructivas, análisis hechos por las organizaciones que de una u otra manera han participado, han realizado presentaciones judiciales con argumentos sustanciales que demuelen el procedimiento del gobierno que es totalmente ilegal e inconstitucional”, dijo a AIM Jorge Daneri, miembro de la Unidad de Vinculación Ecologista de la Fundación La Hendija, de la Asociación Argentina de Abogadas y Abogados Ambientalistas (Aaaa) y del Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (Caje). El abogado ambientalista explicó a esta Agencia que: “Se le ha otorgado un súper poder fraudulento a esta agencia que ha concentrado abusivamente facultades, competencias que son de una diversidad de organismos e instituciones públicas que han sido alevosamente degradadas y negadas por este súper poder que ejerce la agencia”. Detalló además que: “Hay dos ejemplos muy concretos de esto que afirmamos y denunciamos. La inexistencia de la máxima autoridad ambiental de la Nación: no hay un solo papel en décadas del ex Ministerio de Ambiente de la Nación de intervención con todos los estudios que debería hacer y no ha hecho, con todas las investigaciones que tendría que coordinar y no ha coordinado ni ha convocado. La gravedad de la inexistencia de la jefatura de gabinete que ordena la Ley de Adaptación y Mitigación del Cambio Climático; la inexistencia de las provincias de una manera sistemática y activa desde sus áreas ambientales para estudiar y decir todo lo que hay que estudiar y decir; la destrucción del órgano de control constituido recién en un megaproyecto de artificialización del río Paraná Medio y del Paraná Inferior en el tramo argentino, que es del que estamos hablando”. El órgano de control fue creado hace seis años, “y apenas asumió este gobierno lo extinguió, lo desarticuló; asumiendo la Agencia Nacional de Puertos y Navegación atribuciones de juez y parte, de juez y evaluador, de impulsor de un proyecto de mayores profundizaciones en el río de una manera absolutamente desregulada, descontrolada, sin participación seria, ciudadana, sin amplias convocatorias al debate abierto, sistemático, para poder construir colectivamente, no solo con las provincias que, insisto, son actores inexistentes, en esta farsa se está llevando adelante la profunda y alevosa privatización del río Paraná en la Argentina”. Esta gran farsa privatizadora, detalló Daneri, se está llevando adelante “sin participación de las autoridades ambientales provinciales, del Conicet, del Instituto Nacional del Agua, de un órgano de control, de las provincias como lo establece el artículo 42 de la Constitución nacional, sin participación de las comunidades indígenas, de los municipios claves como son el caso de la Municipalidad de Victoria y todos los municipios del Delta argentino, sin intervención del Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible (Piecas), del Programa de Desarrollo Sustentable del Delta, habiendo una sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dice, por las consecuencias y las causas de los incendios, producto de la desertificación del Delta por las grandes sequías, por el cambio climático, por la profundización artificial del río contante sin seguimiento ambiental independiente; es decir, ignorando una reciente sentencia de la propia Corte que dice que en todo este tipo de intervenciones, en esta, la más fuerte en términos de artificialización del Delta argentino, se ignora, se burla de lo expuesto por la propia Justicia y se va para adelante”. Remarcó el abogado ambientalista: “Esto es realmente una degradación de las funciones básicas del Estado nacional y de las provincias, es una degradación que profundiza la pérdida de credibilidad en el gobierno nacional, en la falta de valor, de carácter, de presencia, de autoridad de los gobiernos provinciales frente a semejante ejercicio autoritario del poder central”.
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