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  • Prohíben el uso de pirotecnia sonora en Concepción del Uruguay para proteger a la comunidad

    Concepcion del Uruguay » La Pirámide

    Fecha: 18/12/2025 17:32

    El Honorable Concejo Deliberante reafirma la vigencia de la Ordenanza Nº 9867, que regula el uso de pirotecnia sonora y globos aerostáticos en el ejido urbano, priorizando la salud pública, el bienestar animal y la seguridad. El Honorable Concejo Deliberante de Concepción del Uruguay recordó a la comunidad la plena vigencia de la Ordenanza Nº 9867, sancionada en noviembre de 2016. Esta normativa prohíbe la comercialización, distribución y uso de pirotecnia sonora que supere los 65 decibeles, así como la fabricación y suelta de globos aerostáticos. Además, establece restricciones para la venta de pirotecnia a menores de 16 años y exige autorización previa para espectáculos públicos que incluyan su uso. El objetivo de esta regulación es proteger la salud pública, garantizar el bienestar animal y salvaguardar la seguridad de los ciudadanos, especialmente en épocas festivas. El Concejo Deliberante hace un llamado a la ciudadanía a celebrar de manera consciente y responsable, optando por alternativas que no afecten la tranquilidad de personas y animales. El texto completo de la ordenanza está disponible en las oficinas del Concejo Deliberante y en los canales oficiales municipales.

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