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  • Audiencias de cesura: "Es casi seguro que hoy no habrá sentencia"

    » Radio Sudamericana

    Fecha: 28/11/2025 19:11

    Viernes 28 de Noviembre de 2025 - Actualizada a las: 16:30hs. del 28-11-2025 CASO CECILIA EN CHACO El Dr. Gustavo Briend, abogado que representa a la familia de Cecilia Strzyzowski, comentó en Radio Sudamericana cuáles son sus expectativas al respecto de la última audiencia de cesura. Adelantó que si bien se podría dar que la jueza Dolly Fernández dicte el monto de las penas, estimó que por la cantidad de imputados tiene hasta 15 días para resolver. Briend habló antes del inicio de la última audiencia de cesura del caso Cecilia en Chaco, que se espera que se defina el monto de las penas para César y Emerenciano Sena, Marcela Acuña, Fabiana González y Gustavo Obregón, principalmente. “Puede haber una sentencia, pero casi seguro no habrá hoy”, adelantó el abogado, ya que “la jueza tiene 15 días hábiles después de la audiencia, puede tomarse su tiempo”. Recordó que “no hay mucho que discutir para los Sena, ya que la condena para ellos es prisión perpetua” y dijo que “se pueden hablar de algunas situaciones particulares”. Reiteró que lo que se discute es en el caso de los que mayores penas tienen en orden de continuidad como encubridores, que son González y Obregón. En la reanudación de la cesura del juicio por el femicidio de Cecilia Strzyzowski, la jueza técnica Dolly Fernández resolvió una batería de planteos presentados por las defensas de los seis imputados. La magistrada fue terminante: ninguna medida orientada a modificar el régimen de detención, introducir nuevas pericias o abrir líneas investigativas paralelas corresponde a esta fase del proceso, cuyo único objetivo es fijar la pena tras el veredicto de culpabilidad dictado por el jurado popular. Los defensores de César Sena, encontrado culpable por un jurado popular como autor del homicidio doblemente agravado, habían solicitado diversas medidas médicas y periciales vinculadas a su estado psíquico y físico, con miras a sustentar futuros pedidos de morigeración. Fernández rechazó todos los planteos: “Las medidas señaladas exceden el marco de esta etapa. La cesura no es el ámbito para discutir modificaciones en las condiciones de detención”, afirmó. La jueza recordó que el artículo 91 de la Ley 2364-B y los artículos 40 y 41 del Código Penal delimitan esta instancia exclusivamente a la mensuración de la pena, divisible o perpetua, y no a la evaluación de eventuales beneficios o regímenes alternativos. Aun así, habilitó que se actualicen informes médicos básicos y legajos de detención, aunque aclaró que no tendrán incidencia en la cesura, sino únicamente en el control rutinario sobre personas a su cargo.

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