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  • Lanzan un nuevo marco normativo para ordenar el funcionamiento de las estaciones de GNC – Cadena Entrerriana 96.5MHz LRS 798

    Concordia » Cadena Entrerriana

    Fecha: 28/11/2025 13:57

    El Ente Nacional Regulador del Gas abrió un nuevo capítulo en el proceso de modernización normativa del sector del gas natural comprimido. La Resolución 900/2025, publicada en el Boletín Oficial, dispone la puesta en consulta pública de dos documentos centrales: la actualización del “Régimen para Estaciones de Carga de GNC Vehicular” y las “Pautas Mínimas del Seguro de Caución Obligatorio”, ambos elaborados por la Gerencia de Innovación y Normalización. La iniciativa –que será explicada en detalle en el próximo Foro Nacional de GNC que se realizará el próximo 4 de diciembre en la Bolsa de Comercio de la CABA– se enmarca en un proceso de reforma más amplio que busca actualizar, ordenar y unificar criterios técnicos, operativos y de seguridad que rigen a las más de 2.000 estaciones de GNC del país. El organismo destaca que los cambios planteados configuran “un marco regulatorio mucho más claro, riguroso y moderno”, que mejora la transparencia y fortalece la capacidad de fiscalización en un sector atravesado por el crecimiento del parque vehicular a GNC, la evolución tecnológica y la necesidad de estándares homogéneos a nivel nacional. El texto toma como base legal la Ley 24.076 –recientemente ordenada en 2025– y su reglamentación, además de antecedentes como la Resolución 2629/02, que definió el régimen vigente durante más de dos décadas. La propuesta actual introduce modificaciones profundas: desde la definición de sujetos del sistema hasta la manera en que se registran instalaciones, inspecciones e infracciones en el Registro Informático Centralizado. También reorganiza responsabilidades entre distribuidores, transportistas y almacenadores, refuerza mecanismos de control y establece un esquema de sanciones más detallado y graduado. Uno de los ejes centrales es la obligatoriedad de inspecciones trimestrales realizadas por un “habilitador” –la distribuidora, la transportista o un almacenador–, cuyo detalle debe asentarse en actas rubricadas y remitirse al RIC en un plazo máximo de diez días hábiles. Estas inspecciones cobran especial relevancia ante la actualización de los requisitos técnicos que deben cumplir compresores, surtidores, válvulas, mangueras y otros componentes críticos del sistema. El régimen actualizado endurece además las obligaciones vinculadas a la seguridad pública. Por ejemplo, se refuerza el procedimiento de corte preventivo del suministro ante riesgos inminentes y se amplían las sanciones para incumplimientos. Las penalidades incluyen apercibimientos, multas, suspensión e inhabilitación definitiva de la estación, de sus responsables técnicos o de quienes realizan el mantenimiento de equipos. En casos de reiteración, dolo o falta de aptitud técnica, las sanciones pueden aplicarse con carácter permanente. El texto también consolida la figura del seguro de caución obligatorio, que deberá garantizar el cumplimiento de todas las condiciones exigidas para la habilitación durante toda la vida operativa de la estación. Esta novedad busca blindar el sistema ante incumplimientos y asegurar que cada establecimiento cuente con respaldo económico para afrontar contingencias. En paralelo, el régimen especial para estaciones refuerza el control de vehículos habilitados: obliga a los operadores a verificar, antes de cada carga, la oblea vigente que certifique la aptitud del equipo completo y del cilindro instalado. El incumplimiento de esta obligación podrá derivar en cortes del suministro de 24 horas, 48 horas, cinco días y, ante reiteraciones, en sanciones aplicadas directamente por el ENARGAS. La resolución también resalta la importancia de la participación ciudadana en el proceso de elaboración normativa. En línea con el inciso r) del artículo 51 de la Ley 24.076, el organismo deberá asegurar la publicidad de sus decisiones y los antecedentes que las motivan. Por eso, los interesados tendrán un plazo de veinte días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial para enviar observaciones o sugerencias formales, ya sea en papel o mediante la mesa de entradas virtual. El expediente completo, incluyendo los anexos técnicos, estará disponible para consulta en la sede central del organismo y en sus delegaciones. Paralelamente, la resolución ordena publicar los documentos en la sección de “Elaboración participativa de normas” del sitio web oficial.

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