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  • Causa de coimas contra Urribarri, Cardona y Herreros: rechazan la recusación y ratifican a los fiscales

    Parana » Informe Digital

    Fecha: 28/11/2025 05:17

    El tribunal integrado por los jueces Alejandro Diego Grippo, Rafael Martín Cotorruelo y María Carolina Castagano rechazó la recusación presentada contra los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano, quienes tramitan la megacausa de las Coimas. En ese expediente está imputado el exgobernador Sergio Urribarri, para quien el Ministerio Público Fiscal solicita una pena de 10 años de prisión. Otro de los principales acusados es el empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros. En su resolución, los magistrados consideraron que “deviene evidente que en el caso sujeto a análisis en modo alguno se encuentra suficientemente acreditada la existencia de una seria y fundada sospecha de ‘pérdida de objetividad’ suficiente para apartar a los fiscales recusados”. Los jueces añadieron que, al analizar el planteo recusatorio, “se advierte, que los hechos invocados a la hora de fundar la alegada pérdida de objetividad de los fiscales recusados, se vinculan a la actuación funcional de los mismos en el marco del proceso de juicio abreviado al que decidió someterse el señor Smaldone. De ello se sigue, que les asiste razón a los fiscales recusados cuando afirman que del escrito recusatorio no surge hecho o causal que torne procedente su pedido de apartamiento”. El voto del juez Grippo —al que adhirieron Cotorruelo y Castagno— plantea además: “Del análisis de los hechos fundantes del planteo recusatorio, fácil se advierte que se tratan de alegaciones abstractas e infundadas, meras suposiciones carentes de toda apoyatura en las pruebas producidas en el marco de esta incidencia; conjeturas que extrae el recusante, amén de su apreciación personal de la actuación funcional de los fiscales recusados en este proceso, no existiendo una razonable verificación de que el comportamiento evidenciado por los mismos pueda ser tachado de falto de objetividad”. Según consignó Entre Ríos Ahora, la recusación contra los integrantes del Ministerio Público Fiscal fue presentada por los abogados Juan Antonio Méndez y Candelario Pérez, defensores de Carlos Marcelo Haidar. Sostienen que los fiscales participaron del juicio abreviado en el que intervino el exministro de Trabajo Guillermo Smaldone, quien aceptó haber cobrado coimas del empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de Relevamientos Catastrales SA, proveedor del Estado entrerriano durante la gestión de Urribarri. En el escrito de los defensores se afirma: “Se da entonces la situación sobreviniente que los fiscales encargados de llevar adelante el juicio contra nuestro defendido son los mismos funcionarios que sostuvieron la acusación en el juicio abreviado, valoraron la prueba que el juez de sentencia admitió”. El tribunal que quedó conformado para llevar adelante el juicio de la megacausa de las Coimas —aún sin fecha—, integrado por los jueces Alejandro Grippo, Rafael Cotorruelo y Carolina Castagno, corrió vista del planteo a los fiscales Yedro y Badano “a fin de que produzcan el informe prescripto en la norma del art. 46 C.P.P, aplicable por remisión dispuesta en el art. 60 del mismo cuerpo normativo”. La recusación se apoya en la participación de los fiscales en el juicio abreviado al que accedió Smaldone. A principios de agosto pasado, el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, Juan Francisco Malvasio, homologó el acuerdo de juicio abreviado celebrado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa de Smaldone en el marco de la megacausa de las Coimas, que incluye el pedido de condena de 10 años para el exgobernador Sergio Urribarri. El Ministerio Público Fiscal acordó con Smaldone —quien se defendió como abogado— la aplicación de una pena de dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua, y fijó como normas de conducta, por el plazo de tres años, las siguientes medidas: a) Fijar y mantener domicilio en calle Libertad Nº 59 de la ciudad de Paraná, el que no podrá variar sin previo aviso a la autoridad judicial. b) Prohibición de realizar actos molestos, violentos y perturbadores, por sí o por interpósita persona, hacia los testigos del hecho. c) Realizar trabajos no remunerados en una institución de bien público que designe la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial por el plazo de 96 horas anuales. Además, al estar plenamente acreditado que los hechos atribuidos fueron cometidos con ánimo de lucro, se solicitó la imposición de una pena de multa para el imputado por la suma de $90.000. El punto 9) del acuerdo de juicio abreviado se titula “Confesión del imputado” y contiene la aceptación por parte del exministro de Trabajo de haber cobrado coimas de Cardona Herreros; esa confesión condiciona la suerte del resto de los imputados en la megacausa de las Coimas. Urribarri y el empresario Cardona Herreros son los principales acusados. Fuente: Entre Ríos Ahora.

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