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  • Juicio a un restaurante: un fallo determinó que las propinas no son parte del sueldo

    » La Capital

    Fecha: 28/11/2025 04:54

    La resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo choca con la sentencia de 200 millones de pesos impuesta al restaurante porteño Piegari Un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) ratificó que las propinas están prohibidas por convenio en el sector gastronómico y no deben ser incluidas en la remuneración, un criterio que choca con la sentencia millonaria impuesta al restaurante Piegari. La CNAT intervino en el juicio laboral contra el restaurante Piegari, del barrio porteño de Retiro, iniciado por un mozo que trabajó 26 años en el salón, quien aseguró que su sueldo en blanco era menos del 50 por ciento de su ingreso real. Finalmente, la Justicia impuso al restaurante una condena en primera instancia de $200 millones de pesos. La Sala VIII de la CNAT (fallo Tizón vs. El Mirasol, de agosto 2025) declaró la validez del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT 389/04) que prohíbe a los empleados recibir cualquier estipendio de los clientes. El fallo determinó que estas sumas son una "liberalidad del otorgante" y no constituyen salario, aun cuando el empleador permita su cobro. La sentencia contra Piegari, a cargo de la jueza Lucrecia Pedrini, había ratificado la inclusión de $60.000 mensuales en concepto de propinas como parte integrante del salario. Esta inclusión fue un factor determinante para engrosar el monto final de la indemnización por los 26 años de servicio del empleado. El restaurante apeló la condena, con el argumento de que la cifra total es "inviable" y pone "en riesgo cien puestos de trabajo". El fallo de la Sala VIII de la CNAT, que se conoce mientras la apelación de Piegari está en trámite, crea un fuerte precedente legal que podría revertir o reducir significativamente el monto de la indemnización al eliminar el componente de las propinas del cálculo.

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