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» La Capital
Fecha: 26/11/2025 15:23
La Casa Gris habla de "medidas históricas" para generar empleo y aumentar la actividad económica a partir de deducciones en Ingresos Brutos El gobierno de Santa Fe ingresó este miércoles a la Legislatura, por el Senado, la Ley Impositiva Anual, comúnmente llamada Ley Tributaria, en la que prevé una reducción impositiva articulada en un plan para generar empleo y competitividad productiva para empresas. En tanto, los impuestos individuales como el Inmobiliario y Patentes, estarán atados a la inflación e incorpora descuentos para contribuyentes cumplidores. La ley que fue presentada por los ministros de Economía, Pablo Olivares , Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini , y Trabajo, Roald Báscolo , tiene cuatro ejes: el primero es la baja de impuestos y beneficios tributarios apuntando a Ingresos Brutos ( II.BB .); el segundo promover el empleo; la estabilidad fiscal pymes; y la certidumbre jurídica provincial. Hay dos “medidas históricas”. Por un lado anunciaron que la industria, comercio y servicios, construcción, transporte y hotelería, podrán descontar del pago de II.BB . el sueldo de los nuevos empleados que amplíen la planta de trabajadores. Cada nuevo empleado que se registre tendrá un tope máximo a descontar de 1,5 millones de pesos.“Queremos bajarle costos al empresario y darle incentivos para que genere empleo”, aclaró Olivares. Por otro lado, el sector industrial, comercial, y de hotelería, podrán descontar hasta un 30% del pago del mismo tributo, el importe abonado por energía eléctrica. “Es histórica e innovadora, es articular el beneficio de EPE. Podrá deducir hasta un 30% de la factura de la energía. Esto mejora la competitividad del sector productivo”, sostuvo Puccini. Según Olivares, con la ley se prioriza la producción y el empleo. "Trabajamos para que cada peso vuelva en seguridad, obras, medicamentos y aulas. Se destinan en cuestiones concretas”, finalizó. economia energia Las reducciones Individuos y descuentos a cumplidores: En cuanto a impuesto Inmobiliario Rural y Urbano tendrá un aumento del 14% previendo la posibilidad de que el segundo semestre pueda tener una actualización según la evolución con indicadores como el Ripte e inflación. Quienes estén al día al 31 de diciembre de 2025 mantendrán un 20% de descuento más la exención de la sexta cuota, lo que implica un beneficio estable del 33%. A ello se suma un 35% por pago anual anticipado o un 15% por adhesión al débito automático. Así, el ahorro total puede alcanzar el 56% para quienes opten por el pago anual, o el 43 % en caso de adherir al débito automático. En el caso de la Patente Automotor, no se modifican las alícuotas y se establece un tope de incremento del 30% para vehículos hasta modelo 2022. Exenciones para viviendas: los contratos de alquiler destinados a vivienda única quedarán exentos del impuesto al sello. La misma exención alcanza a los créditos hipotecarios dirigidos a la adquisición de primera vivienda. Producción, la industria y las pymes: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados y de deducir parte del costo de la energía eléctrica, la ley prorroga la estabilidad tributaria para pymes y mantiene reducciones de alícuotas. Más de 3.000 pequeñas y medianas empresas dejarán de actuar como agentes de retención, lo que simplifica trámites y reduce costos administrativos. El 65 % de la industria no paga Ingresos Brutos y otro 32 % abonará una alícuota efectiva del 1,05 %. Las empresas que trabajen bajo contratos de fasón (fabricación a pedido de un terceros) serán consideradas industriales, reduciendo también su carga tributaria. Agro: alivios y actualizaciones moderadas: además del beneficio de deducir parte del costo de la energía eléctrica, el sector agropecuario continuará exento del pago de Ingresos Brutos. El Inmobiliario Rural tendrá una actualización del 14 % en el primer semestre y descuentos del 50 %, 40 % o 30 % según superficie y zona. Los arrendatarios recibirán un crédito fiscal equivalente a parte del impuesto abonado: 50 % en los departamentos del norte, 40 % en los del centro y 30 % en los del sur. Los alquileres rurales y los contratos asociativos de producción tambera quedan exentos del impuesto de sellos, y la maquinaria agrícola no pagará Patente Automotor. Embed https://www.youtube.com/live/iwl8MOWVLhU?si=rH7Ye83Wt3mS0-gV Comercio y servicios: alivios amplios y deducciones energéticas: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados y de deducir parte del costo de la energía eléctrica, 211.000 comercios tendrán una alícuota neta de entre el 1,5 % y el 2,5%. De ese total, 163.000 accederán al beneficio gracias a la deducción del costo de la energía. Otros 48.000 que hoy tributan más del 2,5% pasarán a un tope del 2,5%, que se reduce aún más con la deducción energética hasta alcanzar una alícuota neta del 1,75 %. Los comercios y el sector hotelero podrán descontar el 100% de lo que paguen de Inmobiliario del valor de Ingresos Brutos, y ambos quedarán exentos del impuesto de sellos por contratos de alquiler. En este esquema, y teniendo en cuenta la posibilidad de deducir hasta un 30% de lo abonado por consumo eléctrico, hoteles y alojamientos tendrán una alícuota final del 3,15%. Transporte, taxis, remises y actividad financiera: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados, el transporte de carga contará con un crédito fiscal del 60 % sobre lo pagado de Patente, que podrá descontar de Ingresos Brutos. Para el transporte de leche fluida el crédito será del 100 %. Taxis y remises también podrán descontar de Ingresos Brutos el total de lo abonado por Patente. Los bancos y las billeteras virtuales que otorguen créditos productivos tendrán incentivos: podrán deducir hasta un 25% de la base imponible del impuesto cuando financien a pymes, emprendedores, viviendas, leasing o vehículos para taxis y remises.
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