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  • La causa contra el Gobierno: interpretaciones y precisiones – Página Judicial

    Parana » Paginajudicial

    Fecha: 26/11/2025 15:07

    A continuación una cronología de una publicación periodística y una respuesta del Ejecutivo sobre una denuncia por supuestas irregularidades en la entrega de un subsidio. Ante la duda, se publica el legajo. Federico Malvasio De la Redacción de Página Judicial Este martes Página Judicial publicó una nota en la que informó que el Ministerio Público Fiscal decretó la apertura de causa decretada por Gonzalo Badano que involucra al gobernador Rogelio Frigerio. Se citó carátula y legajo. Publicó textual este medio: “El fiscal Gonzalo Badano inició una apertura de causa con el objetivo de ‘investigar las irregularidades en la entrega de subsidio por parte del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a la Asociación Civil Teatro del Bardo por la suma de 179 millones de pesos con destino a solventar cinco ferias del libro’” y “dispuso decretar la apertura de causa y solicitar a la Secretaría General de la Gobernación, a cargo de Mauricio Colello, ‘el expediente original 3178592 caratulado ‘Solicitud de subsidios presidente de la Asociación solicita subsidio para gastos de la organización del evento Mágica en la Playa’ de fecha 28/01/2025’”. A continuación la nota completa: Le abren una causa penal a Frigerio El Gobierno emitió una aclaración en la que negó que exista causa. Dijo, textual: “Es necesario aclarar con absoluta precisión jurídica que la presentación de una denuncia y la apertura de un legajo no constituyen en ningún caso la apertura de una causa penal ni el inicio de una Investigación Penal Preparatoria (IPP)” y “no hubo formulación de cargos, no se dispuso investigación penal preparatoria, ni existe ninguna causa iniciada contra Rogelio Frigerio en los términos del Código Procesal Penal. Resulta jurídicamente incorrecto afirmar que ‘se abrió una causa penal’ o que existe una investigación en marcha”. La respuesta completa del Gobierno: El Gobierno aseguró que hay solo una denuncia y no hay causa ¿No se inició una Investigación Penal Preparatoria? El artículo 212 del Código Procesal Penal dice: “Apertura de causa. Una vez conocido el hecho delictivo, el fiscal decretará su investigación individualizando mediante una breve descripción y situandolo en tiempo y lugar, en cuanto fuere posible. Si en el curso de la Investigación Penal Preparatoria surgiere que el hecho es diverso o más complejo, para poder proceder a su investigación, el fiscal deberá modificar la Apertura de Causa incorporando una nueva descripción. Sólo a partir de este acto podrá investigar el hecho incorporado”. A continuación, Página Judicial publica partes del legajo para reforzar la “absoluta precisión jurídica”. El Gobierno hizo referencia a que no existe imputación alguna, lo que es correcto. Sucede que este medio en ningún momento habló de imputación. Quien conoce el sistema acusatorio que rige en Entre Ríos desde el 2010 entiende perfectamente que la imputación se explicita cuando se convoca al denunciado para atribuirle el supuesto hecho delictivo, lo que en el viejo sistema inquisitivo se conocía como “declaración a indagatoria”. El legajo no deja dudas de la apertura de causa con su correspondiente IPP.

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