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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 26/11/2025 04:38
Un postulante a la Cámara Federal de Córdona pidió revisar el concurso del Consejo tras señalar que otro aspirante no informó una imputación penal por presuntas maniobras de contrabando En el marco del Concurso N° 474 del Consejo de la Magistratura para cubrir dos vacantes en la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, un postulante objetó a otro aspirante y pidió al organismo que revisara su situación tras señalar que el candidato en cuestión no informó una imputación penal en su contra por presuntas maniobras de contrabando vinculadas con operaciones de exportación de soja declaradas por la empresa de la que fue integrante. La nota fue remitida por Patricio Lutteral, secretario penal del Juzgado Federal N° 3 de Córdoba, a la presidenta de la Comisión de Selección, María Fernanda Vázquez, con la intención de “hacer presente la existencia de ciertos hechos relevantes susceptibles de viciar el procedimiento aún no concluido” del concurso en trámite para cubrir las vocalías de las Salas A y B del tribunal de alzada cordobés. Se espera, en tanto, que la Comisión analice mañana las posibles ternas para remitir al Poder Ejecutivo. El planteo se centró en el abogado y postulante Germán Luis Gianotti dentro del Concurso N° 474 llevado adelante por el organismo a cargo de la selección y remoción de los magistrados federales. El autor de la nota, también participante en dicho proceso, indicó que había tomado conocimiento de que, según un documento disponible en el sitio web de la Corte Suprema de Justicia, Gianotti “ha sido oportunamente imputado en un proceso penal en el que se investigan hechos de contrabando y falta de ingreso de divisas al país”. A su vez, el funcionario judicial añadió que a partir de una búsqueda pública, “la actuación de la firma en la que el concursante intervino como Director, fue también objeto de tratamiento en una investigación por dumping en la República Oriental del Uruguay”. La abogada María Fernanda Vázquez, presidenta de la Comisión de Selección del Consejo de la Magistratura Sin pronunciarse sobre la responsabilidad penal del concursante, Lutteral remarcó que “el hecho de que un candidato a juez de Cámara tenga un proceso penal abierto, en el que debe haber sido indagado, y que resulta relativo a materias en las que ha manifestado ejercer la profesión (tributario, comercio internacional), tiene un claro interés público. Bajo esos parámetros, expresó: “Las pautas éticas que deben regir la actuación tanto de los integrantes del Consejo como de los concursantes, especialmente frente a un cargo de Juez de Cámara de una de las ciudades más importantes del país, indican que cualquier hecho que pudiera modificar o alterar la consideración de su situación frente al proceso de selección debe ser puesto de manifiesto de manera inmediata”. “Por ello -continuó-, se prevé que el ocultamiento de situaciones serias (una imputación en un proceso penal claramente lo es) amerita la exclusión del concursante, tal como lo indican los arts. 8, 29 y concordantes del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación”. El texto expuso que no surgía de las constancias públicas que Gianotti hubiera revelado la imputación penal al inscribirse al concurso en trámite. Asimismo, mencionó una resolución del 16 de octubre de 2024 de la Cámara Federal de San Martín, en la cual “revocó un sobreseimiento dictado por el juez de primera instancia que había beneficiado al postulante (...) e indicó que no estaba probado suficientemente que fuera ajeno a la maniobra bajo investigación”. Esa sentencia, en rigor, abordó el caso iniciado en septiembre de 2022 por una denuncia del jefe del Departamento Aduana de Campana ante la posible comisión del delito de contrabando vinculado con dos operaciones de soja desactivada a Chile y Paraguay declaradas por la firma exportadora “Del Plata Trading Company”, que integró el concursante señalado por Lutteral, quien consideró “necesario” que el Consejo “requiera las explicaciones que la situación demanda: las vicisitudes del caso y la actividad de los involucrados tanto anterior a la inscripción como aquella posterior, si el procedimiento sigue aún abierto, entre otras cuestiones a determinar”. La presentación del secretario penal del Juzgado Federal N°3 de Córdoba cuestionó la omisión de un antecedente penal y la forma en que se valoraron los antecedentes y el orden de mérito del concursante señalado “Todo ello -planteó el firmante-, a los efectos de contar con información completa y transparente que permita tomar las decisiones que correspondan frente al caso y las omisiones que surgen de la referida imputación criminal no expuesta en forma oportuna”. En los concursos elaborados por el Consejo de la Magistratura, los postulantes atraviesan una prueba de oposición, una evaluación de antecedentes y una entrevista personal. Una comisión especial redacta luego los dictámenes con ternas de candidatos, que son sometidas al plenario para su remisión posterior al Poder Ejecutivo, a cargo de seleccionar a uno de los aspirantes. Cumplidos esos pasos, el Senado de la Nación queda acultada para darle acuerdo definitivo. En ese contexto, el secretario penal recordó en su nota dirigida a la consejera Vázquez -con copia a los demás integrantes de la Comisión de Selección- que el trámite del cual participa comenzó hace más de cuatro años y que la prueba de oposición se tomó el 30 de marzo de 2022, quedando en manos de la consejera Vanesa Siley la evaluación inicial de antecedentes, presentada el 6 de julio de 2022. Indicó que en esa etapa “el Dr. Gianotti se encontraba en el puesto 20° en el orden de mérito provisorio" y que, después del informe de impugnaciones “pasó a estar en 7° lugar, empatado en centésimas con quien suscribe“. Además, destacó que en las entrevistas personales -realizadas el pasado 12 de junio- varios concursantes habían expuesto su “plan de gestión para el ejercicio del cargo” y que el abogado Gianotti “no lo presentó”. También señaló que, “a pesar de todo”, los dos dictámenes que evaluará la Comisión para eventualmente analizar el Concurso en el Plenario “implican una nueva mejora en su posición relativa, que lo impulsan hacia ser propuesto dentro de las ternas entre las cuales el Poder Ejecutivo Nacional debería elegir a los Jueces de Cámara (un dictamen lo coloca 3º y el otro 6º)“. La diputada Vanesa Siley, miembro del Consejo de la Magistratura e interviniente en el Concurso 474 Así las cosas, tras mencionar “una serie de actos no menos llamativos” relacionados con la forma de calificar los antecedentes profesionales y académicos de Lutteral y Gianotti, el autor de la nota y postulante a camarista consideró que “la (falta de) revelación de la imputación penal del concursante se transforma en la gota que rebalda el vaso, y hace evidente la necesidad de una investigación profunda y detallada tanto de su accionar, como de las circustancias en que se posibilitaron estas propuestas a debatir para su ascenso”. “Será además necesario deslindar las responsabilidades que correspondan respecto de la falta de comunicación tanto al Cuerpo, a los restantes concursantes como a la ciudadanía toda de esta situación”, escribió Lutteral al solicitar al Consejo “una respuesta concreta, precisa y adecuada a la relevancia institucional que debe tener el proceso de selección de magistrados, ajustada al reglamento y a las circunstancias expuestas (...)”. La respuesta del postulante señalado Por medio de la misma vía, el abogado Gianotti, de 53 años, se dirigió a la presidenta de la Comisión de Selección de Magistrados tras tomar conocimiento “por trascendidos” de la presentación de Lutteral “endiglándome cuestiones falaces, mal intencionadas y totalmente fuera de lugar sobre mi persona". “En lo relevante -le explicó a la consejera Vázquez-, me acusaría de estar imputado en una causa penal y no haber puesto en conocimiento de dicha situación a esa Comisión. En este sentido, y más allá del estado de inocencia que me asiste por imperio constitucional y convencional, lo cierto es que fui imputado por error al haber sido total y absolutamente ajeno a los hechos que se investigaban, en razón de lo cual fui sobreseído, estado procesal que se encuentra firme y pasado en autoridad de cosa juzgada material". A su vez, el concursante destacó que “cuando se me dio la oportunidad de defenderme aportando las pruebas pertinentes, el propio fiscal de la causa solicitó mi sobreseimiento mediante dictamen de fecha 22/05/2025, de lo cual se hace eco el juzgado federal interviniente, dictando el referido sobreseimiento en fecha 09/06/2025“. Luego agregó: “Como esa Excma. Comisión podrá observar, mi sobreseimiento fue resuelto con anterioridad a la fecha en que se realizara la entrevista personal el día 12/06 del corriente año“, y aclaró: “Se acompañan las respectivas copias de todo lo señalado, sumado a un certificado de mi situación procesal en donde además se deja constancia que dicho estado es definitivo". El conflicto se suscitó dentro de un concurso tendiente a cubrir dos cargos en la Cámara Federal de Córdoba (Gentileza: Tiempo Judicial) Según planteó el abogado en su escrito, “si fuera como aquí se expone, lo afirmado por el Sr. Lutteral en su presentación, además de ser falaz, carente de rigor y totalmente malintencionada, pretende hacer mella en mi honor y buen nombre, el cual afecta en forma directa y palmaria; por lo que más allá que se apela a esa Excma. Comisión a que sea debidamente evaluado y merituado lo antes dicho, hago expresa reserva de iniciar todas las acciones legales, tanto civiles como penales que fueren menester, para salvaguardar mi honor y buen nombre que el Sr. Lutteral busca torticeramente mansillar". Para cerrar la nota, Gianotti pidió a la Comisión que tome “debida nota” de su exposicion y que “proceda de conformidad con lo que su leal saber y entender determine según las circunstancias, antecedentes y pruebas orbantes en este concurso, desoyendo afirmaciones carentes de relevancia alguna, ya sea por falaces, mal intencionadas o por ser impropias e inexactas conforme fuera explicado”.
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