22/11/2025 14:18
22/11/2025 14:18
22/11/2025 14:17
22/11/2025 14:17
22/11/2025 14:15
22/11/2025 14:15
22/11/2025 14:15
22/11/2025 14:14
22/11/2025 14:14
22/11/2025 14:14
Parana » Informe Digital
Fecha: 22/11/2025 12:53
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el recurso de queja presentado por Jorge Julián Christe, que a través de su defensora, Mariana Barbitta, buscaba impedir la realización de un segundo juicio por el femicidio de María Julieta Riera, ocurrido el 30 de abril de 2020 durante la pandemia de coronavirus. La acusación del Ministerio Público Fiscal señaló a Christe como autor del hecho: lo imputó por haber arrojado a Riera al vacío desde un octavo piso del edificio del Instituto del Seguro, frente a la Plaza 1° de Mayo, en Paraná. Un jurado popular lo declaró culpable y lo condenó a prisión perpetua; ese fallo fue refrendado por la Cámara de Casación Penal. Sin embargo, en junio de 2023 la Sala Penal del STJ revisó lo actuado, anuló el juicio y ordenó la realización de un nuevo proceso contra Christe. La defensa de Christe y el Ministerio Público Fiscal acudieron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cada uno con argumentos propios. Por ese motivo la defensa reprocha ahora la fijación de audiencia para el segundo juicio, tal como ordenó la Sala Penal del STJ en 2023. El 1° de junio de 2023 la Sala Penal hizo lugar al recurso de impugnación extraordinaria de la defensa, declaró la nulidad del juicio por jurados —donde Christe había sido condenado— y remitió las actuaciones a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) para que se lleve a cabo un nuevo juicio por jurados. Esa resolución fue recurrida por la defensa, la fiscalía y la querella y actualmente está a decisión de la Corte, consignó el portal Entre Ríos Ahora. El 23 de octubre de 2024, cuando se inició el trámite para fijar la audiencia del segundo juicio, el Tribunal de Juicio y Apelaciones hizo lugar a la solicitud de la defensa —con adhesión de la fiscalía y la querella— y suspendió los plazos por 180 días hasta que la Corte se pronuncie. El 21 de abril de 2025, el Tribunal de Juicios hizo lugar a un planteo de fiscalía y querella, que se opusieron a la renovación de aquella suspensión, y ordenó la prosecución del trámite para fijar audiencia. El 29 de abril de 2024 la defensora Barbitta recurrió esa decisión ante la Cámara de Casación Penal, que el 1° de julio rechazó la pretensión. Ante la denegatoria de la impugnación extraordinaria la defensa presentó una queja ante la Sala Penal del STJ, que confirmó lo resuelto. El vocal Germán Carlomagno sostuvo que la defensora Barbitta “no cumple con los requisitos ineludibles para la procedencia del recurso de queja, por cuanto no efectuó una crítica eficaz de las razones expuestas en el auto denegatorio. Ello así, en tanto se encuentra a cargo del quejoso la fundamentación de por qué es errónea la denegación del recurso de impugnación extraordinaria”. “En el caso, la defensa técnica del imputado se limita a expresar una mera discrepancia con lo decidido por la Cámara de Casación en la resolución combatida, formulando generalizaciones sin referir o efectuar un ataque concreto a los argumentos brindados en la denegatoria”, observó Carlomagno, y concluyó que “la resolución que se ataca no contiene vicio alguno, siendo evidente que la quejosa no ha logrado formular una crítica plausible respecto de los fundamentos en que se apoya el pronunciamiento denegatorio de la impugnación extraordinaria que pretende revertir, reeditando planteos de cuestiones ya tratadas y resueltas fundadamente”. A ese planteo se plegaron los vocales Carlos Tepsich y Susana Medina, por lo que Christe recibió un nuevo revés y el caso sigue camino a un segundo juicio. La imputación Christe fue condenado a prisión perpetua en 2021 por el femicidio de su pareja, Julieta Riera; la condena fue confirmada en 2022 por la Cámara de Casación Penal. No obstante, en junio de 2023 la Sala Penal del STJ anuló todo el proceso y ordenó la realización de un nuevo juicio. La defensa de Christe presentó un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema y, ante el rechazo de la Sala Penal, elevó una queja que aún está en trámite, según Entre Ríos Ahora. Además de intentar frenar la realización de un nuevo juicio, la defensa persigue la declaración de la inocencia de Christe y su liberación: por ahora cumple arresto domiciliario en un departamento de una torre en la intersección de las calles Santa Fe y Malvinas, en la zona del Parque Urquiza. “Christe sigue preso. Una persona inocente no puede estar detenida. Ya se confirmó que no hay peligro de fuga ni entorpecimiento, entonces no puede estar detenido. Nosotros vamos a insistir con la libertad y vamos a interponer un nuevo Habes Corpus para exigir la libertad. No puede estar más detenido: tiene que salir en libertad ahora mismo”, ha dicho Barbitta. El proceso El 1º de junio la Sala Penal del STJ anuló todo el proceso judicial llevado adelante contra Christe —el juicio por jurados de 2021 que lo condenó a perpetua y la confirmación posterior de la Cámara de Casación Penal— y ordenó la realización de un nuevo juicio, retrotrayendo la situación personal del encausado al momento previo al debate y remitiendo las actuaciones a la OGA. La defensa sostiene que, por haber sido ya juzgado, Christe no puede ser sometido a un nuevo proceso. “El planteo se basa en una doctrina anglosajona que se llama double jeopardy que quiere decir, literalmente, que toda persona está protegida y si es absuelta no puede ser perseguida ni juzgada de nuevo”, explicó una fuente de Tribunales. En su impugnación, la defensa cuestiona específicamente el punto II de la sentencia del 1° de junio, que disponía “reenviar las presentes actuaciones a la Oficina de Gestión de Audiencias de esta ciudad, a fin de que, por quien corresponda, se renueven los actos pertinentes para la realización de un nuevo juicio, retrotrayéndose la situación personal del encausado a la que se encontraba en el momento previo al debate, con comunicación de lo aquí resuelto a la Sala I de la Cámara de Casación Penal”. “La sentencia aquí recurrida debe ser revisada necesariamente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación debido a que un accionar nulo del sistema de justicia -criterio que esta defensa comparte con VVEE- les genera una nueva lesión a los derechos fundamentales del Sr. Julián Christe, en particular el derecho a no ser perseguido penalmente dos veces por los mismos hechos”, plantea Barbitta en su escrito. En ese texto la abogada sostiene que “el hecho de que se ordene la realización de un nuevo debate, habiéndose dispuesto la nulidad del juicio por jurados donde se condenó arbitrariamente a mi defendido, genera una afectación directa al principio non bis in idem, que impide una doble persecución penal por hechos que ya fueron investigados y juzgados”. “La defensa —añade— cuando solicitó la anulación del debate, advirtió como una solución posible su absolución, toda vez que el hecho de que el sistema de justicia haya fallado y afectado derechos y garantías constitucionales de Julián, como el derecho de defensa, no puede dar lugar a un nuevo juzgamiento, y peor aún, asentado sobre una investigación que acarrea enormes déficits”. La tesis defensiva sostiene que Julieta Riera se cayó del octavo piso y no fue arrojada. Así lo planteó Barbitta ante la Sala Penal del STJ, que finalmente anuló la condena a perpetua. Según la reconstrucción aportada por la defensa, aquella madrugada del 30 de abril de 2020 Jorge Julián Chiste (sic) se encontraba en el departamento de su hermana Ana, en San Martín 918, octavo piso, departamento 5, frente a Plaza 1° de Mayo, junto a su pareja, María Julieta Riera, y al portero del edificio, Eduardo Molina, alias “Corcho”. La abogada Barbitta afirmó que “estaban consumiendo alcohol y estupefacientes. Eso está probado. Treinta minutos antes de la caída de Julieta, Molina se retira del lugar. Julián va al baño y cuando sale advierte que en el balcón la figura de Julieta. Escucha cómo Julieta lo llama y al girarse, la ve caerse de espalda, con las piernas flexionadas y con su mano derecha en la baranda. Julián contó eso. E incluso aportó un dibujo a mano alzada de cómo la ve”. La hipótesis de la defensa es que Christe no mató a Julieta Riera, que no hubo femicidio y que sólo hubo un accidente. Según esa versión, esa madrugada no estaban en el departamento de la hermana por otra razón que no fuera la falta de internet en su propio domicilio —ubicado en el mismo edificio— y fueron al de la hermana a escuchar música. La defensa afirma que Julieta salió sola al balcón —cuya baranda medía menos de un metro— se apoyó de espaldas, presentaba 3,3 gramos de alcohol en sangre y había consumido cocaína; por ello, llevó la cabeza y la espalda hacia atrás, perdió el equilibrio y el cuerpo cayó hacia atrás sin empuje, golpeando la red y desviándose. La defensa también criticó “las negligencias” en la pericia. Entre el 8 y el 15 de abril de 2021 se realizó el juicio por jurados en el que Christe fue declarado culpable por el jurado popular del asesinato de su pareja María Julieta Riera la madrugada del 30 de abril de 2020, y fue condenado a prisión perpetua por homicidio triplemente agravado —por el vínculo, por alevosía y por femicidio. En la acusación fiscal se sostuvo que el jueves 30 de abril, entre las 2.30 y las 2.50, Jorge Julián Christe, de 31 años y profesión piloto de avión, sin trabajo estable, hijo de Jorge Luis Christe y de la exjueza Ana María Stagnaro, asesinó a María Julieta Riera, de 24 años, con quien convivía en un departamento del octavo piso del edificio de Peatonal San Martín 918, en el marco de una relación caracterizada por “la violencia de género, habiéndola sometido a maltrato físico, agresiones sexuales, daños a la propiedad y agresiones psicológicas”, señaló el portal Entre Ríos Ahora. La Procuración General también acudió a la Corte con un recurso en el que reprochó la decisión de anular la condena. “La sentencia cuestionada carece por completo de perspectiva de género y es contraria al deber de diligencia reforzada convencional que el Estado argentino debe observar ante casos extremos de violencia contra las mujeres”, argumentó la Procuración.
Ver noticia original