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  • El Supremo condena a dos años de inhabilitación al fiscal general por revelación de datos reservados de González Amador

    » Diario Cordoba

    Fecha: 21/11/2025 03:00

    El Tribunal Supremo ha condenado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, como autor de un delito de revelación de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, a multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros, que suma un total de 7.200 euros, y, lo que para él sin duda resulta más trascendente, dos años de inhabilitación especial para el cargo que ocupa al frente de la Fiscalía General del Estado. El tribunal, que al alcanzar una mayoría de cinco frente a dos ha decidido adelantar el fallo de la sentencia solo una semana después de que acabara el juicio, también le condena a indemnizar con 10.000 euros por daños morales a Alberto González Amador y a pagar las costas del juicio. Pese a reconocerle el daño sufrido, se trata de una cantidad muy alejada de los 300.000 euros que solicitaba el empresario como acusación particular. La mayoría de la Sala considera a García Ortiz autor de un delito de revelación de datos reservados del 417.1 del Código Penal, que castiga "a autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados". La pena impuesta al fiscal general es la multa mínima prevista para este delito (de 12 a 18 meses) y la mitad de la inhabilitación especial para empleo o cargo público (de uno a tres años) que prevé. El delito que el tribunal considera que ha cometido González Amador no prevé penas de cárcel; es el tipo más básico. Para que se produzca una revelación de datos reservados, que es el especificado por el tribunal, no es necesario que estos sean secretos, pero sí que por su naturaleza deba mantenerse una reserva, como ocurre con lo incluido en los acuerdos de conformidad. Absuelto por otros delitos El tribunal le absuelve de los demás delitos de los que era objeto de acusación, entre ellos, el de revelación de secretos agravado, castigado en el punto 2 del mismo artículo 417. Es por el que González Amador pedía que fuera condenado a 4 años de prisión, petición que hicieron suya todas las acusaciones populares personadas en la causa menos la ejercida por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (Apif), que elevaba la pena que consideraba se le debía imponer hasta los seis años. En su informe de conclusiones la defensa de García Ortiz preguntó directamente si debía defenderse de la nota de prensa que la fiscalía difundió el 14 de marzo de 2024 para desmentir la información errónea publicada por El Mundo, en la que se decía que la propuesta de pacto partía de la fiscalía, cuando lo hacía de la defensa, o, simplemente, de ser el autor de la filtración a un medio del correo en el que el abogado de González Amador admitía, en nombre de su cliente, la comisión de dos delitos fiscales. Durante toda la instrucción entre los argumentos de la Abogacía del Estado ha figurado que no puede haber revelación de secretos de hechos ya conocidos, lo que dejaría fuera del juicio esa nota de prensa, al haberse contado su contenido por algunos medios. No obstante, en la providencia en la que se comunica el fallo se especifica que la condena se centra en una revelación de datos reservados, conocidos en el ejercicio del cargo y que son difundidos, pese a su reserva, lo que puede entenderse incluido en lo contenido en el comunicado, en el que aparecían los correos cruzados por la defensa y la fiscalía para explorar la posibilidad de alcanzar un acuerdo de conformidad que evitara el juicio. Fuentes del alto tribunal señalan a EL PERIÓDICO que la condena no se ha basado solo ni principalmente en la nota de prensa en cuestión, sino que todo se ha tenido en cuenta para considerarle autor de un delito de revelación de datos reservados. Al menos esa ha sido la conclusión de cinco de los siete magistrados que componen el tribunal: su presidente, Andrés Martínez Arrieta, su antecesor, Manuel Marchena, Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo y Carmen Lamela. La sentencia contará con los votos particulares de Ana Ferrer y Susana Polo, ambas partidarias de la absolución del fiscal general. Esta última era la encargada inicialmente de dictar la sentencia, pero como no comparte el sentir de la mayoría, la ponencia será asumida por el presidente, Andrés Martínez-Arrieta. Sin efectos aún El fallo ha sido notificado a las partes, pero aún no surte efectos, porque para ello la sentencia todavía tiene que ser redactada. En él también se avanza que "los objetos intervenidos en los registros practicados [tanto en Fiscalía General como en el despacho de la fiscal jefa Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez] se devolverán a sus titulares y, en su caso, se destruirán". La defensa de García Ortiz había solicitado la devolución de lo intervenido en el despacho de Rodríguez, exonerada de cualquier responsabilidad antes de que el asunto llegara a juicio, al denunciar que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil no debía conservar su contenido.

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