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» Radiosudamericana
Fecha: 20/11/2025 16:43
Jueves 20 de Noviembre de 2025 - Actualizada a las: 16:09hs. del 20-11-2025 20 DE NOVIEMBRE DE 1945 Hace exactamente 80 años, el 20 de noviembre de 1945, comenzó en Núremberg un juicio histórico con jurisdicción internacional establecido por el Tratado de Londres. Este proceso fue paradigmático por su originalidad y ausencia de precedentes. Hasta entonces, aunque se discutían violaciones a los derechos humanos (DDHH), en la práctica no existía un sistema eficaz capaz de sancionar esas conductas. El juicio de Núremberg significó, por primera vez, convertir en acción concreta lo que durante décadas había sido solo doctrina, ya que hasta el momento no se logró construir un sistema operativo, coactivo y sancionatorio de protección de los DDHH. La elección de Núremberg como sede del juicio no fue casual, sino en conmemoración y desagravio a las víctimas. Allí se habían promulgado las leyes antijudías que sentaron las bases del genocidio del Holocausto o Shoá. Estas normas despojaron a los judíos alemanes de su nacionalidad, bienes y derechos civiles y políticos. Como señala Daniel Feierstein, estas leyes buscaban cumplir con el protocolo de transformar a personas humanas en cosas, para facilitar en el futuro la eliminación sin culpa. La mecanización y sistematización industrializada de la muerte (personas que entraban como seres humanos a las cámaras de gas y salían convertidas tan solo en humo) constituye la expresión más extrema de esta lógica de deshumanización. Para entender cómo se llegó a esta situación, es necesario recordar que Adolf Hitler ya había expresado su ideología de odio y exterminio contra los judíos en “Mi lucha”, escrito durante su encarcelamiento tras los hechos de Múnich de 1924. Sin embargo, su ascenso al poder en 1933 se explica dentro de un contexto más amplio: la crisis económica, política y social de la República de Weimar. La hiperinflación, las duras condiciones impuestas por el Tratado de Versalles al exigir excesivos pagos de reparación de guerra en beneficio de los aliados triunfadores y las limitaciones de armamento y prohibición de ejército (por ello, Marilyn Keynes denuncia que este tratado es la fuente de un potencial conflicto al lesionar el futuro alemán), sumado al clima de desesperación social bien detallado por Adam Fergusson en “Cuando muere el dinero”, crean el escenario propicio para la aparición de los monstruos y se buscaban culpables por todos lados. En ese contexto y con origen democrático, llega el totalitarismo de derecha al poder, convirtiendo al Estado de Derecho y la República en un totalitarismo. Una vez en el poder, el nazismo transformó radicalmente el Estado de Derecho. La obra de Bernd Rüthers, “Derecho degenerado. Teoría jurídica y juristas de Cámara en el Tercer Reich”, explica cómo se construyó una estructura jurídica al servicio de la ideología nazi. Todos los jueces que quedaron, en poco tiempo, interpretaban la voluntad del soberano, que era Adolf Hitler. Los jueces dejaron de aplicar la ley para interpretar la “voluntad del soberano”, y aparecieron juristas como Carl Schmitt que pretendían legitimar el sistema, legitimando el totalitarismo mediante la idea de que la política se definía por la lógica “amigo–enemigo”. Es decir, definían que la identidad del poder estaba dada en base al enemigo que se tenía y que el pluralismo era un veneno enemigo del Estado que debía eliminarse porque dividía la unidad. Aparece, también, la jerarquización del decisionismo político sin importar las formas y en contra del parlamentarismo. En 1942, durante la conferencia realizada en el castillo de Wannsee (en el lago del mismo nombre), reunida la cúpula del régimen nazi, se decidió implementar la “solución final”: el exterminio sistemático e industrializado de los judíos y otras minorías. Se calcula que seis millones de judíos fueron asesinados en este proceso. Frente a la evidencia, surgieron discursos o teorías llamadas negacionistas que, o bien negaban que el genocidio haya ocurrido, o bien los negacionistas del número intentaban relativizar la magnitud de los crímenes discutiendo el número de víctimas, tratando de legitimar el terrorismo de Estado. Comprender estos hechos requiere recurrir a conceptos filosóficos profundos. Kant habló del “mal absoluto” para describir aquello que escapa a la comprensión moral humana por su extrema gravedad, es decir, lo que la mente humana no puede comprender de lo peor de la condición humana. El inicio del juicio por la violación sistemática de los DDHH hace 80 años representó el primer intento serio y organizado de impartir justicia frente a este mal. Más tarde, el jurista polaco Raphael Lemkin acuñó en Naciones Unidas el término “genocidio” para describir estos crímenes, para que nunca más se repitan atrocidades de esta envergadura. La lectura del libro El mal absoluto, de Carlos Nino, resulta imprescindible y especialmente pertinente para profundizar este análisis. El fallo de Núremberg se construyó a partir de intensos debates filosófico-jurídicos. Los positivistas del derecho sostenían que, como los acusados habían actuado según la ley alemana, no podían ser condenados (dura lex, sed lex). Sin embargo, Gustav Radbruch, positivista alemán, aportó una clave fundamental al sostener que existe un límite infranqueable: la “injusticia extrema”. Cuando el derecho se convierte en instrumento del terrorismo de Estado para legitimar la inmoralidad y la violación sistemática de los derechos humanos, deja de ser verdadero derecho. Esta doctrina fue ratificada décadas más tarde en el caso de los “Centinelas del Muro” en el año 2001, tras la reunificación alemana, por el Tribunal Constitucional alemán, ratificado después por el Tribunal Europeo de los DDHH, en donde se confirma la condena penal a los policías militares de Alemania comunista por matar a los ciudadanos de Alemania Oriental que quisieran avanzar la frontera hacia Alemania Occidental, y de los soldados que hubieran cumplido con dichas órdenes (ver el libro La injusticia extrema no es derecho. De Radbruch a Alexy, Editorial La Ley). El juicio de Núremberg, sumado al desarrollo del ius cogens, el derecho imperativo internacional no escrito, estableció que ciertos derechos fundamentales como la vida, la dignidad y la libertad preexisten a todo Estado. Ninguna ley puede anularlos; si lo intenta, es nula de manera absoluta. Tras 218 días de juicio se dictó la sentencia contra los líderes nazis. Se convirtió en un hito que marcaría el camino de futuras intervenciones internacionales, desde los tribunales para los crímenes en los Balcanes hasta la creación de la Corte Penal Internacional y la jurisprudencia de la Corte Suprema argentina sobre violaciones a los DDHH cometidas durante la última dictadura militar. Este análisis no busca ponernos en papel de historiador, sino destacar una enseñanza fundamental: así como los genocidios se construyen, también deben construirse los DDHH. Para el futuro, para que nunca más se repita el “mal absoluto”, los derechos humanos son un gerundio continuo, nunca son pasado. Siguiendo a San Agustín, para quien el pasado es memoria, el presente es percepción y el futuro es perspectiva, los DDHH deben pensarse en esas tres dimensiones: recordar para comprender, comprender para actuar y actuar para proteger el futuro. Noel Breard – Senador Provincial UCR
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