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  • La defensa de Trigatti apeló la prisión preventiva y el embargo millonario

    » Sin Mordaza

    Fecha: 20/11/2025 01:14

    El abogado Marcos Barceló, defensor del docente Juan Trigatti, condenado a 12 años de prisión por abuso sexual infantil, presentó un escrito de apelación para revertir la reciente orden judicial que dispuso su prisión preventiva y un embargo de 50 millones de pesos sobre sus bienes. El recurso —que deberá analizar la Cámara de Apelaciones— solicita que se declare “inadmisible e improcedente” la resolución dictada el 12 de noviembre por los jueces Lisandro Aguirre, Sergio Carraro y Pablo Spekuljak. Como medida principal, la defensa reclama la libertad inmediata del docente y, de manera subsidiaria, el restablecimiento de las medidas alternativas que venía cumpliendo hasta su detención. La prisión preventiva y el embargo habían sido pedidos por los fiscales Matías Broggi y Jorgelina Moser Ferro, y por la querella representada por Carolina Walker Torres, luego de que un tribunal confirmara la condena a 12 años de prisión por abuso sexual contra cinco alumnas. La apelación de Barceló cuestiona especialmente dos aspectos del fallo: la prisión preventiva y el embargo millonario. Prisión preventiva La defensa sostiene que la medida “causa un gravamen irreparable”, ya que podría implicar la pérdida del empleo docente de Trigatti y afectar el sustento económico de su familia. Pero el reclamo principal apunta a la evaluación del riesgo procesal. Barceló subraya que el docente cumplió de manera estricta las medidas alternativas: 160 presentaciones ante el MPA y 40 audiencias judiciales, lo que —según el abogado— demuestra arraigo y compromiso con el proceso. Sin embargo, afirma que el Tribunal omitió valorar estos elementos. El defensor también cuestiona que la confirmación de la condena en segunda instancia —el llamado doble conforme— haya sido interpretada como un justificativo automático para ordenar la detención. Señala que este razonamiento “desnaturaliza” el sentido de la prisión preventiva, transformándola en una pena anticipada pese a que la sentencia aún no está firme. Incluso cita que el juez Carraro mencionó que ya era momento de “empezar a hablar de la ejecución” de la pena, algo que —plantea la defensa— contradice el criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que establece que la prisión preventiva no puede tener finalidad punitiva. Embargo por 50 millones de pesos Barceló también rechaza el embargo solicitado por la querella para garantizar eventuales daños y perjuicios civiles, y califica el monto como “exorbitante”. El defensor argumenta que la ley procesal penal solo habilita al juez a asegurar la pena pecuniaria y las costas del juicio, pero no permite garantizar indemnizaciones civiles. Para la defensa, esas discusiones deben resolverse únicamente en el fuero civil. El panorama judicial de Trigatti dio un giro radical entre 2024 y 2025. En primera instancia, los jueces Pablo Busaniche, Cecilia Labanca y Martín Torres lo habían absuelto, al considerar que la acusación no podía sostenerse por “certeza negativa”. Pero esa decisión fue apelada por la Fiscalía y la querella. En mayo de 2025, los camaristas Jorge Andrés, Sebastián Creus y Alejandro Tizón revocaron la absolución y dictaron una condena a 12 años. El fallo fue posteriormente revisado y confirmado por otro tribunal de la Cámara, integrado por Fernando Gentile Bersano, Fabio Mudry y Bruno Netri. Tras la confirmación, la Fiscalía y la querella solicitaron la prisión preventiva, que finalmente fue concedida. La defensa ahora pretende que la Cámara revoque esa decisión y restituya la libertad del docente mientras la causa continúa su camino hacia instancias superiores.

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