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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 17/11/2025 02:56
Jubilaciones y pensiones: ANSES estableció el calendario de pagos para todo el 2026 La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó el calendario de pago de las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para todo el año 2026. La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, establece las fechas en que jubilados, pensionados y beneficiarios de otras prestaciones previsionales recibirán sus haberes mensuales, incluyendo las dos cuotas del haber anual complementario, conocido como aguinaldo. La decisión responde a la necesidad de adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos del sistema previsional, en particular a la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial. La Resolución 349/2025 señala que las condiciones financieras actuales permiten mantener el esquema de pago en 20 grupos, lo que facilita la organización y evita aglomeraciones en las entidades bancarias. El calendario aprobado abarca los meses de enero a diciembre de 2026, e incluye la primera cuota del aguinaldo en junio y la segunda en diciembre. Se mantiene el esquema de pago en 20 grupos, lo que facilita la organización y evita aglomeraciones en las entidades bancarias Enero 2026 El calendario de pago correspondiente al primer mes del año establece que todas las Órdenes de Pago Previsional y Comprobantes de Pago tendrán validez hasta el 12 de febrero. Para los beneficiarios de Pensiones No Contributivas, los pagos comenzarán el 9 de enero para quienes tengan documentos terminados en 0 y 1, continuando el 12 de enero para terminaciones en 2 y 3, el 13 de enero para 4 y 5, el 14 de enero para 6 y 7, y el 15 de enero para 8 y 9. En el caso de los beneficiarios del SIPA cuyos haberes mensuales no superen el primer intervalo de pago, el cronograma inicia el 9 de enero para documentos finalizados en 0, sigue el 12 de enero para terminación en 1, el 13 de enero para 2, el 14 de enero para 3, el 15 de enero para 4, el 16 de enero para 5, el 19 de enero para 6, el 20 de enero para 7, el 21 de enero para 8 y el 22 de enero para 9. Para quienes perciben haberes mensuales que superan el monto del primer intervalo, los pagos se realizarán el 23 de enero para documentos terminados en 0 y 1, el 26 de enero para 2 y 3, el 27 de enero para 4 y 5, el 28 de enero para 6 y 7, y el 29 de enero para 8 y 9. Febrero 2026 El 12 de marzo de 2026 se fijó como fecha límite de validez. Para quienes reciben Pensiones No Contributivas, los pagos comenzarán el 9 de febrero para documentos terminados en 0 y 1, continuando el 10 para terminaciones en 2 y 3, el 11 para 4 y 5, el 12 para 6 y 7, y el 13 para 8 y 9. Los beneficiarios del SIPA cuyos haberes no superan el monto del primer intervalo de pago cobrarán en fechas escalonadas: el 9 de febrero para documentos terminados en 0, el 10 para 1, el 11 para 2, el 12 para 3, el 13 para 4, el 18 para 5, el 19 para 6 y 7, y el 20 para 8 y 9. En el caso de los beneficiarios del SIPA cuyos haberes superan el monto del primer intervalo, los pagos se realizarán el 23 de febrero para documentos terminados en 0 y 1, el 24 para 2 y 3, el 25 para 4 y 5, el 26 para 6 y 7, y el 27 para 8 y 9. Marzo 2026 Establece que todas las órdenes y comprobantes de pago tendrán validez hasta el 10 de abril de 2026. Para los beneficiarios de Pensiones No Contributivas, los pagos comenzarán el 9 de marzo para quienes tengan documentos terminados en 0 y 1, continuando el 10 de marzo para terminaciones en 2 y 3, el 11 de marzo para 4 y 5, el 12 de marzo para 6 y 7, y el 13 de marzo para 8 y 9. En el caso de los titulares del SIPA cuyos haberes mensuales no superen el primer intervalo de pago, el cronograma inicia el 9 de marzo para documentos finalizados en 0, sigue el 10 de marzo para terminación en 1, el 11 de marzo para 2, el 12 de marzo para 3, el 13 de marzo para 4, el 16 de marzo para 5, el 17 de marzo para 6, el 18 de marzo para 7, el 19 de marzo para 8 y el 20 de marzo para 9. Para quienes perciben haberes que superan el primer intervalo, los pagos se realizarán el 23 de marzo de 2026 para documentos terminados en 0 y 1, el 25 de marzo para 2 y 3, el 26 de marzo para 4 y 5, el 27 de marzo para 6 y 7, y el 30 de marzo para 8 y 9. Abril 2026 El 12 de mayo de 2026 será la fecha límite de validez. Para quienes perciben Pensiones No Contributivas, los pagos comenzarán el 10 de abril para documentos finalizados en 0 y 1, continuando el 13 de abril para terminaciones en 2 y 3, el 14 de abril para 4 y 5, y el 15 de abril para 6, 7, 8 y 9. En el caso de los beneficiarios del SIPA cuyos haberes no superan el primer intervalo de pago, el cronograma inicia el 10 de abril para documentos terminados en 0, sigue el 13 de abril para 1, el 14 de abril para 2, el 15 de abril para 3, el 16 de abril para 4, el 17 de abril para 5, el 20 de abril para 6, el 21 de abril para 7, el 22 de abril para 8 y el 23 de abril para 9. Para quienes superan el monto del primer intervalo, los pagos se realizarán el 24 de abril para documentos finalizados en 0 y 1, el 27 de abril para 2 y 3, el 28 de abril para 4 y 5, el 29 de abril para 6 y 7, y el 30 de abril para 8 y 9. Mayo 2026 El plazo máximo de validez se fijó hasta el 10 de junio. Para quienes perciben haberes mensuales del SIPA que no superan el monto del primer intervalo de pago, los depósitos se realizarán entre el 11 y el 21 de mayo, de acuerdo con la terminación del documento: los terminados en 0 cobrarán el 11 de mayo, los finalizados en 1 el 12 de mayo, y así sucesivamente hasta los terminados en 9, que recibirán el pago el 21 de mayo. En el caso de los beneficiarios cuyos haberes mensuales superan el monto del primer intervalo, el cronograma inicia el 22 de mayo para documentos terminados en 0 y 1, continúa el 26 de mayo para los finalizados en 2 y 3, el 27 de mayo para los terminados en 4 y 5, el 28 de mayo para los que finalizan en 6 y 7, y concluye el 29 de mayo para los documentos terminados en 8 y 9. El pago de las pensiones no contributivas se distribuirá en cinco grupos: los documentos terminados en 0 y 1 cobrarán el 11 de mayo, los que finalizan en 2 y 3 el 12 de mayo, los terminados en 4 y 5 el 13 de mayo, los que concluyen en 6 y 7 el 14 de mayo, y los finalizados en 8 y 9 el 15 de mayo. Junio 2026 El calendario de pago correspondiente a junio incluye la primera cuota del haber anual complementario y establece el 10 de julio como fecha límite de validez. Para los beneficiarios de Pensiones No Contributivas, los pagos comenzarán el 8 de junio para quienes tengan documentos terminados en 0 y 1, y continuarán de manera escalonada hasta el 12 de junio para los terminados en 8 y 9. En el caso de los titulares del SIPA cuyos haberes mensuales no superen el monto del primer intervalo de pago, el cronograma inicia el 8 de junio para documentos finalizados en 0 y se extiende hasta el 22 de junio para los terminados en 9. Para quienes perciben haberes superiores al primer intervalo, los pagos se distribuirán entre el 23 y el 29 de junio, según la terminación del documento. Julio 2026 El calendario de pago correspondiente a julio establece que el 11 de agosto será la fecha límite. Para los beneficiarios de Pensiones No Contributivas, los pagos comenzarán el 8 de julio para quienes tengan documentos terminados en 0 y 1. Los siguientes grupos recibirán sus haberes el 10 de julio (documentos finalizados en 2 y 3), el 13 de julio (4 y 5), el 14 de julio (6 y 7) y el 15 de julio (8 y 9). En el caso de los beneficiarios del SIPA cuyos haberes mensuales no superen el monto del primer intervalo de pago, el cronograma inicia el 8 de julio para documentos terminados en 0. Los pagos continuarán el 10 de julio (1), el 13 de julio (2), el 14 de julio (3), el 15 de julio (4), el 16 de julio (5), el 17 de julio (6), el 20 de julio (7), el 21 de julio (8) y el 22 de julio (9). Para quienes perciben haberes mensuales que superan el primer intervalo de pago, el esquema comienza el 23 de julio para documentos terminados en 0 y 1, sigue el 24 de julio (2 y 3), el 27 de julio (4 y 5), el 28 de julio (6 y 7) y el 29 de julio (8 y 9). Agosto 2026 El plazo límite para cobrar será el 11 de septiembre. El grupo de Pensiones No Contributivas recibirá sus pagos entre el 10 y el 14 de agosto de 2026, distribuidos en cinco grupos según la terminación del documento. Para quienes perciben haberes mensuales del SIPA que no superan el monto del primer intervalo de pago, el cronograma inicia el 10 de agosto de 2026 para documentos finalizados en 0, y continúa de forma escalonada hasta el 24 de agosto de 2026 para los terminados en 9. En el caso de los beneficiarios cuyos haberes superan ese monto, los pagos se realizarán entre el 25 y el 31 de agosto de 2026, de acuerdo con la terminación del documento. Septiembre 2026 El calendario de pago correspondiente a septiembre establece que el plazo de validez será hasta el 9 de octubre. Para los beneficiarios de Pensiones No Contributivas, los pagos comenzarán el 8 de septiembre para quienes tengan documentos terminados en 0 y 1, continuando el 9 de septiembre para terminados en 2 y 3, el 10 de septiembre para 4 y 5, el 11 de septiembre para 6 y 7, y el 14 de septiembre para 8 y 9. En el caso de los beneficiarios del SIPA cuyos haberes no superen el primer intervalo de pago, el cronograma inicia el 8 de septiembre para documentos finalizados en 0, el 9 de septiembre para 1, el 10 de septiembre para 2, el 11 de septiembre para 3, el 14 de septiembre para 4, el 15 de septiembre para 5, el 16 de septiembre para 6, el 17 de septiembre para 7, el 18 de septiembre para 8 y el 21 de septiembre para 9. Para quienes superen el monto del primer intervalo de pago, los pagos se realizarán el 22 de septiembr para documentos terminados en 0 y 1, el 23 de septiembre para 2 y 3, el 24 de septiembre para 4 y 5, el 25 de septiembre para 6 y 7, y el 28 de septiembre para 8 y 9. Octubre 2026 El calendario de pagos correspondiente a octubre establece que el 10 de noviembre será la fecha límite. Los beneficiarios de Pensiones No Contributivas recibirán sus haberes según la terminación de su documento: quienes tengan documentos finalizados en 0 y 1 podrán cobrar desde el 8 de octubre, mientras que los terminados en 2 y 3 accederán al pago a partir del 9 de octubre. Los documentos que concluyen en 4 y 5 tendrán disponible el cobro desde el 13 de octubre, los terminados en 6 y 7 desde el 14 de octubr, y finalmente, los que finalizan en 8 y 9 podrán hacerlo a partir del 15 de octubre. Para los titulares del SIPA cuyos haberes mensuales no superan el monto del primer intervalo de pago, el cronograma se distribuye de la siguiente manera: documentos terminados en 0 cobrarán desde el 8 de octubre, en 1 desde el 9 de octubre, en 2 desde el 13 de octubre, en 3 desde el 14 de octubre, en 4 desde el 15 de octubre, en 5 desde el 16 de octubre, en 6 desde el 19 de octubre, en 7 desde el 20 de octubre, en 8 desde el 21 de octubre y en 9 desde el 22 de octubre. En el caso de los beneficiarios del SIPA cuyos haberes mensuales superan el monto del primer intervalo, los pagos se realizarán de la siguiente forma: documentos terminados en 0 y 1 podrán cobrar desde el 23 de octubre, en 2 y 3 desde el 26 de octubre, en 4 y 5 desde el 27 de octubre, en 6 y 7 desde el 28 de octubre y en 8 y 9 desde el 29 de octubre. Noviembre 2026 El calendario de pago correspondiente a noviembre establece que el 10 de diciembre será la fecha límite. Los beneficiarios de Pensiones No Contributivas recibirán sus haberes según la terminación de su documento: quienes tengan documentos finalizados en 0 y 1 podrán cobrar desde el 9 de noviembre, mientras que los terminados en 2 y 3 lo harán a partir del 10 de noviembre. Los grupos con documentos finalizados en 4 y 5 accederán al pago desde el 11 de noviembre, los terminados en 6 y 7 desde el 12 de noviembre, y los que concluyen en 8 y 9 desde el 13 de noviembre. Para los beneficiarios del SIPA cuyos haberes mensuales no superan el monto del primer intervalo de pago, el cronograma se distribuye de la siguiente manera: documentos terminados en 0 cobrarán desde el 9 de noviembre, en 1 desde el 10 de noviembre, en 2 desde el 11 de noviembre, en 3 desde el 12 de noviembre, en 4 desde el 13 de noviembre, en 5 desde el 16 de noviembre , en 6 desde el 17 de noviembre , en 7 desde el 18 de noviembre, en 8 desde el 19 de noviembre y en 9 desde el 20 de noviembre. En el caso de los beneficiarios del SIPA cuyos haberes mensuales superan el monto del primer intervalo, los pagos se realizarán para documentos terminados en 0 y 1 a partir del 24 de noviembre, en 2 y 3 desde el 25 de noviembre, en 4 y 5 desde el 26 de noviembre, en 6 y 7 desde el 27 de noviembre y en 8 y 9 desde el 30 de noviembre. Diciembre 2026 El calendario de pagos correspondiente a diciembre incluye la segunda cuota del haber anual complementario. El plazo de validez se extiende hasta el 12 de enero de 2027. Los beneficiarios de Pensiones No Contributivas recibirán sus haberes según la terminación de su documento: quienes tengan documentos finalizados en 0 y 1 podrán cobrar desde el 9 de diciembre, mientras que los terminados en 2 y 3 accederán al pago a partir del 10 de diciembre. Aquellos con documentos terminados en 4, 5, 6, 7, 8 y 9 tendrán disponible el cobro desde el 11 de diciembre. Para los beneficiarios del SIPA cuyos haberes mensuales no superen el monto del primer intervalo de pago, el cronograma se organiza de la siguiente manera: documentos terminados en 0 cobrarán desde el 9 de diciembre; los finalizados en 1, desde el 10 de diciembre; los terminados en 2, a partir del 11 de diciembre; los que concluyen en 3, desde el 14 de diciembre ; los terminados en 4, 5 y 6, desde el 15 de diciembre; y quienes tengan documentos finalizados en 7, 8 y 9 podrán cobrar a partir del 16 de diciembre. En el caso de los beneficiarios del SIPA cuyos haberes mensuales superen el monto del primer intervalo, el pago se realizará de la siguiente forma: documentos terminados en 0 y 1 cobrarán desde el 17 de diciembre; los finalizados en 2 y 3, desde el 18 de diciembre; los terminados en 4 y 5, a partir del 21 de diciembre; los que concluyen en 6 y 7, desde el 22 de diciembre; y quienes tengan documentos finalizados en 8 y 9 podrán cobrar a partir del 23 de diciembre.
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