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» LaVozdeMisiones
Fecha: 10/11/2025 21:26
Su versión de una relación consentida con prácticas de sadomasoquismo no tuvo efectos en los integrantes del Tribunal Penal Uno de Posadas y Pedro Alejandro Núñez (30) fue condenado esta mañana a 25 años de prisión por golpear, violar e intentar asesinar a una joven estudiante a quien sorprendió en su departamento y en medio del ataque le obstruyó las vías respiratorias con cintas de embalaje. La sentencia fue dictada a las 11 hoy por unanimidad entre los integrantes del tribunal presidido por el magistrado Gustavo Bernie y los vocales subrogantes Ricardo Balor (del Juzgado de Instrucción Seis) y César Yaya (del Tribunal Penal Dos de Posadas). Los jueces declararon a Núñez como autor penalmente responsable de los delitos de “abuso con acceso carnal y homicidio doblemente agravado por femicidio y criminis causa en grado de tentativa, todo en concurso real”. La pena impuesta fue de 25 años de prisión, diez menos de lo solicitado por la fiscal Patricia Clerici, que en su alegato había pedido que el imputado reciba la máxima pena prevista, es decir 35 años de cárcel. “Brutalidad terrible” En su exposición, la fiscal Clerici, que también intervino en la instrucción de la causa, consideró acreditado que el hecho se trató de un ataque sexual y no una relación de tipo sadomasoquista consensuada como arguyó en su defensa el imputado. “La denunciante estaba dormida cuando este sujeto irrumpió en el lugar. Él afirma que habían acordado ese encuentro y que ella bajó a abrirle, pero esta versión está totalmente desacreditada por las pruebas producidas. No hay por qué dudar, ella no presenta indicios de fabulación”, expuso Clerici. Y agregó: “Y no tenemos solo la palabra de la denunciante en cuanto al desconocimiento de este sujeto, tras el análisis de celulares y notebook no se registra dato alguno que los vincule o que los vincule a personas conocidas entre ellos. En ninguna red social figura nada de él. Entonces, en el mundo virtual se desvirtuó ese vínculo previo, pero en el mundo real también”. La fiscal además contrapuso la versión dada por el imputado sobre una “cita previa” mantenida el fin de semana anterior al hecho registrado en la madrugada del 5 de diciembre de 2021 al mencionar que en ese momento la denunciante se encontraba junto a una amiga estudiando en otro lugar. En base a ello, la encargada de la acusación planteó que “si no hay conocimiento previo, lógicamente tampoco hubo un acuerdo para encontrarse ese día”. Clerici también hizo hincapié en el accionar y las agresiones de Núñez a la víctima. Para la fiscal no quedó claro de qué manera el imputado ingresó al inquilinato de avenida Lavalle (casi Centenario), pero sí dio por acreditado que una vez dentro del complejo accedió al monoambiente de la denunciante ubicado en el tercer piso, cuya puerta estaba sin llave. Allí se semidesnudó y se abalanzó sobre la víctima mientras dormía, quien despertó e intentó resistirse, pero fue golpeada y estrangulada hasta desvanecerse. Clerici reconstruyó que en ese momento el imputado obstruyó las vías respiratorias de la joven con dos vueltas de cinta de embalaje y finalmente la accedió carnalmente. “Él no pudo consumar el hecho en un primer momento por la resistencia de la víctima, entonces hizo lo que sea necesario para consumar el hecho. Le pegó un golpe de puño, presionó su cuello con ambas manos y después tapó sus vías aéreas con cintas de embalar”, detalló. La representante del Ministerio Público Fiscal consideró el hecho como de “una brutalidad terrible”, se refirió a “una tentativa acabada” y apuntó que Núñez debía “ser condenado por un delito consumado” en cuanto al homicidio al mencionar que al momento de su rescate la víctima ya estaba “en paro” y solamente sobrevivió gracias al alerta de sus vecinos y al accionar “heroico” de los policías intervinientes. “No existió violación” A continuación, expuso el abogado defensor particular Jorge Zabulanes, quien discrepó con la teoría narrada por la fiscal y mantuvo la postura de que el hecho se trató de una relación sexual de características sado con el consentimiento de la denunciante. “No existió violación porque el imputado no podría haber entrado al edificio solo. Todos los testigos hablaron del portón que sin llave no se puede ingresar. La Policía estuvo entre 20 y 30 minutos esperando porque no pudo ingresar al edificio”, señaló el letrado. Sobre la tesis de la fiscalía, respondió que “dice que mi imputado hizo todo eso en solo 20 o 30 minutos. No sé qué tan rápido puede ser la gente para hacer tanto en tan poco tiempo”. Zabulanes también remarcó que los informes médicos no constataron lesiones genitales y partiendo de esa base ironizó: “Fue la violación más sana que ha habido en años”. Casi sobre el final, alegó que “tenemos practicas raras sí, con cosas que no nos gustan como la cinta y los golpes, pero está dentro de los actos privados. Son prácticas que existen y que son más comunes de lo que nosotros creemos”. A consideración de la defensa, no existió abuso porque hubo consentimiento y tampoco hubo intento de homicidio porque la cinta no representó un riesgo para la víctima. En otro tramo, desestimó algún daño psicológico en la víctima al argumentar que “continuó con su vida, se recibió y estudio otra carrera”. “Parece más coherentes que la chica le dejó ingresar y que las prácticas fueron un poco más excesivas de lo normal, por lo tanto no hubo aquí delito. Por lo cual pido que se desestime la misma y se declare a mi defendido como inocente de todo cargo y culpa”, finalizó Zabulanes, aunque su pedido no tuvo eco en el tribunal.
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