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  • Luego de que rechazaran la extradición, seguirá preso en Entre Ríos el camionero condenado por las dos toneladas de droga

    Colon » El Entre Rios

    Fecha: 09/11/2025 12:31

    El camionero brasileño Eloi Soares Dos Santos, de 55 años, continuará detenido en la Unidad Penal N° 1 de Paraná, luego de que la vocal Mariela Emilce Rojas, del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, rechazara el pedido de extradición presentado por su defensa. Según registró UNO, Dos Santos había sido condenado el año pasado a cinco años y seis meses de prisión y una multa de 315.000 pesos, tras reconocer su responsabilidad en un juicio abreviado por el delito de Transporte de Estupefacientes en calidad de partícipe necesario. Se trata del caso de las dos toneladas de droga descubiertas en un camión conducido por otro brasileño, Carlos Alberto Biazus, el 26 de agosto de 2021, a las 3:30 aproximadamente, a la altura del kilómetro 27 de la Ruta Nacional 14, localidad de Perdices, departamento Gualeguaychú. Baiazus fue condenado en 2022. El pedido de extradición fue impulsado por la Defensora Oficial, Dra. Julieta Elizalde, quien el 16 de septiembre de 2025 acompañó una resolución de la Dirección Nacional de Migraciones que ordenaba la expulsión del territorio nacional del camionero, y solicitó que se dicte el extrañamiento (medida administrativa de expulsión del país para extranjeros que cometieron delitos o cometieron faltas migratorias). Argumentó que Soares Dos Santos “no cuenta con acompañamiento ni contención familiar en nuestro país”, que “toda su familia reside en la República Federativa del Brasil” y que “no tienen posibilidad ni recursos para viajar a visitarlo”. El condenado, nativo de Vacaría, Estado de Río Grande Do Sul, Brasil, es soltero, padre de siete hijos —el menor de 20 años—, camionero de oficio, con estudios secundarios completos y comprensión del idioma español. La Fiscal Federal María Josefina Minatta se opuso al pedido y señaló que, “de acuerdo al cómputo de pena, el condenado Soares Dos Santos fue detenido el 2/1/2024 y condenado a la pena de cinco (5) años y seis (6) meses de prisión, cuyo vencimiento opera el 01/7/2029”. En ese marco, advirtió que “de conformidad a la remisión del art. 64 de la ley 25.871 (Ley de Migraciones) a lo establecido en el acápite I del art. 17 de la ley 24.660, no se encontraría en condiciones temporales de acceder a la solicitud efectuada, requisito que se cumpliría recién el 1/4/2027”. Por ello, dictaminó que “no puede accederse a lo solicitado”. La resolución judicial En su decisión, fechada el 28 de octubre, la jueza Rojas sostuvo: “Que, habiendo realizado el control del decisorio administrativo conforme el art. 493 del C.P.P.N. y 3 de la Ley 24.660, y teniendo en cuenta que el requisito del art. 64 inc. a) de la ley 25.871 se cumpliría en fecha 01/04/2027, no corresponde por el momento hacer lugar a lo solicitado”. En relación con los argumentos vinculados a la salud del condenado, la magistrada destacó: “Las mismas no pueden bajo ningún concepto tener asidero, toda vez que como surge del presente Legajo, el condenado ha recibido especializada atención médica tanto en el Establecimiento Penitenciario, como en los efectores de salud pública cercanos. Ello se encuentra acreditado mediante los múltiples informes médicos que obran agregados al presente, como así también de los informes médicos remitidos por personal del Hospital San Martín de la ciudad de Paraná donde el condenado permaneció internado entre los días 26/04/2025 y 14/08/2025, siendo sometido a una exitosa cirugía para retirar un quiste transgastrico y brindando efectivo tratamiento post quirúrgico”. Por ello, concluyó que: “En virtud de ello, y restando más de un año y medio la fecha en que se pueda hacer efectiva la expulsión del nombrado, no corresponde, por el momento, hacer lugar a lo solicitado por no encontrarse encuadrado, debiendo diferirse la resolución para el mes de abril del 2027”. Asimismo,la jueza habilitó que pague la multa (de 315 mil pesos) en doce cuotas de 26.250 pesos cada una. El caso Dos Santos fue condenado por su participación en una operación de tráfico y transporte de 2.071,91 kilogramos de marihuana, distribuidos en 2.803 paquetes identificados con la imagen de un gorila, que eran trasladados a bordo de un camión Scania de dominio brasileño, conducido por Carlos Alberto Biazus. El operativo se realizó el 26 de agosto de 2021, a las 3:30 de la madrugada, a la altura del kilómetro 27 de la Ruta Nacional 14, en Perdices, Entre Ríos, por personal del Departamento Lucha contra el Crimen Organizado de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires. Biazus fue detenido tras intentar escapar del control vehicular. Fue condenado en 2022 a la pena de cinco años y ocho meses de prisión. De acuerdo con las desgrabaciones telefónicas incorporadas a la causa, Soares Dos Santos —mencionado como “el dueño del camión”— mantenía comunicaciones con el conductor, Biazus, lo que permitió establecer su intervención en la maniobra. De esta manera, el camionero brasileño seguirá cumpliendo su condena en Entre Ríos y recién podría ser expulsado del país en abril de 2027, cuando alcance el plazo legal exigido para acceder al beneficio del extrañamiento. Fuente: Análisis

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