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Concepcion del Uruguay » La Pirámide
Fecha: 07/11/2025 00:32
El municipio recuerda que sigue vigente la Ordenanza N°11694, que prohíbe la circulación de vehículos que no cuenten con caño de escapes original homologado mediante el certificado de Autopartes de Primer Equipo, que no tengan silenciador, que esté modificado para que genere ruidos, que cuente con dispositivos antirreglamentarios o con caños de escape de competición. Vecinos de Concepción del Uruguay volvieron a expresar su malestar, indignación e inquietud por una situación que se repite con frecuencia a toda hora. Se trata de los caños de escape ruidosos colocados en motos, que generan disturbios en distintos barrios de la ciudad, sin importar el día y la hora. Cabe destacar que el 31 de octubre pasado un centenar de motociclistas se congregaron en el paseo La Salamanca y luego circularon por el boulevard Yrigoyen a altas velocidades, generando ruidos molestos y disturbios en la tranquilidad de las personas, sobre todo en quienes tienen el sábado como único día para descansar. Además, este jueves trabajadores uruguayenses expresaron su descontento por ruido generado por el uso de caños de escape libres en zonas céntricas, interrumpiendo el normal desarrollo de labores en oficinas, consultorios y por supuesto, instituciones de salud. Asimismo, esta mañana se realizó un procedimiento luego de que un joven realizara maniobras peligrosas en Plaza Columna el pasado fin de semana. Si bien el ciudadano recuperó su libertad, quedó supeditado a la causa por infracción al artículo 193 bis del Código Penal, que tipifica como delito la participación en pruebas de velocidad o destreza vehicular sin autorización, creando una situación de peligro. Las ordenanzas La Municipalidad de Concepción del Uruguay informa a los vecinos y conductores que se encuentra vigente la Ordenanza N° 11694, que prohíbe la circulación en la vía pública de motovehículos y cualquier otro vehículo a motor que no cumplan con los niveles de ruido establecidos. Quienes no cumplan con esta normativa tendrán severas sanciones, incluyendo el secuestro del rodado y la destrucción de los escapes irregulares. La normativa prohíbe la circulación de vehículos que no cuenten con caño de escapes original homologado mediante el certificado de Autopartes de Primer Equipo (CAPE), que no tengan silenciador, que esté modificado para que genere ruidos, que cuente con dispositivos antirreglamentarios o con caños de escape de competición. Sanciones La ordenanza N° 11694 autoriza “a los inspectores dependientes de la División Tránsito; Guardia Urbana y/o autoridad debidamente facultada por el municipio a retener preventivamente las motocicletas, ciclomotores, cuatriciclos cuyos conductores no lleven colocado el correspondiente casco de seguridad normalizado (…) y a proceder de idéntica forma en caso de constatarse la circulación en la vía pública de vehículos; motovehículos y cualquier otro vehículo a motor o bien cuyo caño de escapes no resulte el original homologado mediante el certificado de Autopartes de Primer Equipo (CAPE); no cuenten con silenciador, o bien este se encuentre modificado; cuenten con dispositivos antirreglamentarios colocados o interruptor de silenciador; el silenciador resulte deficiente en su funcionamiento produciendo ruido; cuente con caño de escapes de competición colocado, sea para competencias profesionales o amateurs, o cuente con cualquier instrumento mecánico o de otro tipo, generadores de ruidos molestos. El Juzgado de Faltas competente en la materia puede requerir la intervención del área de Talleres Municipal, a los efectos de remover y decomisar los caños de escape de los vehículos que fueran retenidos preventivamente por aplicación de la Ordenanza. Además, los caños de escapes y/o instrumentos mecánicos secuestrados, generadores de ruidos molestos, deberán ser destruidos en su totalidad. La Ley Nacional de Tránsito prohíbe la circulación de motocicletas con caños de escape libres o modificados que no cumplan con las normas de homologación y causen ruidos molestos. Las autoridades pueden aplicar multas y hasta secuestrar la moto si no cumple con la normativa. En tal sentido el Código de Faltas Municipales establece duras sanciones para aquellos que infrinjan esta Ley, cuyo espíritu se ve reflejado en la ordenanza, incluyendo el secuestro del vehículo en casos graves. REDACCIÓN LA PIRÁMIDE
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