06/11/2025 14:14
06/11/2025 14:14
06/11/2025 14:14
06/11/2025 14:14
06/11/2025 14:13
06/11/2025 14:13
06/11/2025 14:13
06/11/2025 14:12
06/11/2025 14:12
06/11/2025 14:11
Buenos Aires » Infobae
Fecha: 06/11/2025 12:11
La Cámara Nacional de Casación absolvió a un hombre acusado de apropiarse de un perro caniche extraviado en el barrio de Santa Rita. (Imagen Ilustrativa Infobae) La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional absolvió a un hombre que había sido condenado por haber tomado a Tobi, un perro caniche que se había extraviado en el barrio porteño de Santa Rita. El tribunal sostuvo que no se probó la intención de apropiarse indebidamente del animal y que la conducta del imputado correspondió a la voluntad de evitarle un riesgo en la vía pública. El episodio ocurrió el 27 de mayo de 2022. Ese día, la dueña de Tobi, una mujer de 42 años dedicada a la docencia, dejó al animal de ocho años al cuidado de una amiga mientras iba a trabajar. Tobi vivía con ella desde cachorro y formaba parte de la familia desde hacía años. Al recibir un paquete, la amiga abrió la puerta y el perro salió a la calle. Tobi, acostumbrado a recorrer la zona junto a su propietaria, caminó varias cuadras por la misma ruta habitual, pero esta vez sin supervisión. El imputado, un abogado de 60 años de la Ciudad de Buenos Aires, transitaba por la calle Cervantes en su vehículo junto a su madre, quien se encontraba afectada de salud. Según el expediente, al advertir la presencia del caniche cruzando la calle, detuvo el auto, bajó y tomó al animal. En ese momento, se acercó una mujer, a quien preguntó si era la dueña, sin obtener respuesta afirmativa. Tras este breve intercambio, el hombre subió de nuevo al vehículo y se alejó del lugar. El tribunal consideró que no se probó la intención de hurto ni de apropiación indebida del animal por parte del imputado. A lo largo del proceso, el imputado explicó que, tras no poder encontrar al responsable en la zona, llevó a Tobi en su vehículo con la intención de dejarlo en un sitio seguro. Relató que estacionó a unas cuadras y dejó al perro en la vereda, lejos del tráfico y de situaciones peligrosas. Según sus dichos durante el debate judicial, permaneció apenas unos segundos observando al caniche y luego se retiró, debiendo atender una urgencia de salud relacionada con su madre. El imputado afirmó también que, al apoyar a Tobi en la vereda, lo vio rápidamente escaparse bajo un auto estacionado y que no supo nada más sobre el destino del animal, descartando haberlo retenido o adoptado y negando que Tobi hubiera muerto o permanecido bajo su cuidado. La investigación judicial incorporó imágenes de cámaras de la zona, declaraciones de testigos y registros fílmicos desde una vivienda lindera al domicilio del imputado. En días posteriores al hecho, la dueña de Tobi se movilizó intensamente en el barrio para intentar recuperarlo. En una ocasión, se acercó al domicilio del imputado y creyó reconocer el ladrido de Tobi entre otros perros caniche presentes allí. Se realizaron varios allanamientos, pero el animal nunca fue hallado en el interior del domicilio del imputado, aunque sí se encontraron otros perros de la misma raza. Durante el proceso judicial, también se destacaron aspectos personales de ambas partes. La dueña de Tobi relató el impacto emocional que le causó la pérdida, dada la importancia que el perro tenía en su vida cotidiana y en la de su entorno familiar. El imputado, identificado como un profesional con trayectoria y sin antecedentes penales, sostuvo que actuó con la intención de resguardar al perro de un posible accidente y que intentó averiguar si pertenecía a alguna de las personas presentes en la zona antes de retirarse. En la instancia judicial anterior, el tribunal oral había condenado al imputado a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, por el delito de hurto El tribunal oral —integrado manera unipersonal en la instancia anterior— consideró probada la responsabilidad del imputado en el delito de hurto y dictó una condena de dos años de prisión de ejecución condicional. Los fundamentos del fallo Según se expresa en los fundamentos, el juez sostuvo que la conducta del imputado configuró un apoderamiento ilegítimo, al aprovecharse del descuido bajo el cual el animal quedó en la vía pública. El fallo valoró de manera central el daño ocasionado al vínculo afectivo entre la dueña y el animal, al señalar la especial protección que merecen los animales domésticos por su carácter de seres sensibles con importancia emocional para quienes los crían y cuidan. El tribunal consideró la falta de justificación para la retención de Tobi y descartó que hubiera existido algún intento serio y creíble de restituir el animal a su legítima propietaria. En cuanto a la personalidad del imputado, el tribunal tomó nota de su profesión, edad y la ausencia de necesidades económicas, así como de su negativa a colaborar con información relevante durante el proceso. También señaló que tuvo conocimiento de la búsqueda de Tobi apenas sucedida la pérdida, no obstante lo cual no tomó acciones para restituirlo. La Cámara revocó la condena La Cámara Nacional de Casación, al revisar el caso en segunda instancia, revocó la condena después de analizar todas las pruebas reunidas y los testimonios disponibles. El fallo señaló que en la grabación incorporada al expediente se observa al perro transitar solo, sin identificación visible, por una calle con tráfico. El tribunal subrayó que la actuación del imputado se ajustó a una situación de hallazgo de un animal perdido y que actuó para evitarle un posible riesgo, ofreciéndolo a las personas cercanas para buscar a su posible dueño. Las pruebas incluyeron imágenes de cámaras de seguridad, testimonios y registros fílmicos de la zona donde desapareció el perro. (Foto de archivo: REUTERS/Regis Duvignau) La sentencia de Casación expuso que ni el registro fílmico ni los testimonios permiten afirmar que el acusado incurriese en una conducta orientada a apropiarse del animal de forma permanente. La ausencia de identificación en el perro y la falta de elementos objetivos sobre su destino posterior hicieron que no pudiera sostenerse la hipótesis de sustracción dolosa. Tampoco se logró probar que el imputado mantuviera a Tobi bajo su tenencia más allá del episodio en la vía pública. La Cámara concluyó que no existe certeza para condenar por hurto ni por apropiación indebida de cosa perdida y enfatizó el principio de duda razonable que debe regir en materia penal. Además, la decisión recordó que ningún allanamiento permitió hallar a Tobi y que la presencia de otros perros caniche similares en el domicilio del acusado dificultaba cualquier identificación inequívoca. De esta forma, la Cámara resolvió la absolución del imputado y dispuso que las costas sean soportadas en el orden causado, cerrando así un caso atravesado por la sensibilidad social vinculada a los animales de compañía, la carga probatoria y los principios de derecho penal aplicables en contextos de duda.
Ver noticia original