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» tn24
Fecha: 06/11/2025 14:11
El Gobierno informó la entrada en vigencia de un nuevo mecanismo para la apertura de mercados. Esta iniciativa rige para productos agropecuarios y pesqueros que quieran venderse país sin acuerdos. El Ministerio de Economía señaló que es mediante el sistema de ventanilla única, por lo que permitirá unificar y evaluar las peticiones efectuadas por el sector privado. La resolución fijó el uso de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo “Trámites a Distancia” (TAD), del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). Será el medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros. “Es el único canal formal por medio del cual los interesados podrán requerir la apertura de mercados”, explicó la resolución Por su parte, la Dirección Nacional de Cooperación y Articulación Internacional de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía analizará la procedencia y ejecución de las solicitudes que se presenten. Solicitud de apertura de mercado para productos agroindustriales La solicitud deberá ingresarse a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) (“https://tramitesadistancia.gob.ar”), ingresando al trámite “Solicitud de Apertura de Mercado para Productos Agroindustriales”. En dicha página deberá completarse el Formulario de Solicitud con los datos que en la misma se solicitan y opcionalmente, como archivo adjunto, podrá ingresarse una nota dirigida al Director Nacional de Cooperación y Articulación Internacional de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía indicando los motivos, fundamentos e intereses en operar el mercado cuya apertura es solicitada. La referida Dirección Nacional procederá al análisis de la información a partir de la confirmación de la recepción formal del trámite. A estos fines, podrá requerir al solicitante que en un plazo máximo de diez días subsane los defectos formales o solicitar de forma fundada que dentro del mismo plazo presente información adicional a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD)(“https://tramitesadistancia.gob.ar”), con el objeto de ampliar, clarificar, revisar y validar la información provista con otras fuentes de información que contribuyan al análisis técnico del requerimiento. Para ello, se realizarán los estudios y validaciones necesarias a fin de dotar a la decisión final de la mayor cantidad de datos objetivos que contribuyan a su resolución, entre otros: análisis estadísticos, de costos, competitividad, oferta, demanda, condiciones sanitarias de ingreso, historial de las negociaciones respecto al mercado y análisis de la coyuntura internacional. A dichos efectos, la precitada Dirección Nacional podrá solicitar la colaboración de las áreas con competencia en materia de agricultura, ganadería y pesca de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca Del Ministerio de Economía, y al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), organismo descentralizado en la órbita de la citada Secretaría, con referencia al sector productivo analizado. A partir del análisis técnico de la solicitud, la referida Dirección Nacional procederá a realizar un Informe sobre la factibilidad de la apertura de dicho mercado y, en caso de corresponder, incluirá el mismo dentro de sus prioridades de negociación. 5. El Informe mencionado precedentemente, incluyendo la decisión sobre la inclusión del mercado dentro de las prioridades de negociación, será notificado al solicitante a través de la precitada Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
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