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» Diario Cordoba
Fecha: 04/11/2025 03:03
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Córdoba ha dictado sentencia dándole la razón a a una ciudadana que responde a las iniciales de C.G.F.L. contra una resolución desestimatoria de reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por los daños que se ocasionaron en su vehículo a la salida del aparcamiento de la avenida de la Victoria. El suceso ocurrió el 22 de septiembre de 2024, y la denunciante reclamaba los 795,97 euros que le costó reparar su coche. La ciudadana reclamaba el coste del arreglo de esa avería al Ayuntamiento de Córdoba que se produjo cuando salía del párking de la capital cordobesa y por la existencia de una tapa de arqueta de alumbrado público que, en el momento del accidente, estaba "suelta y en mal estado de conservación", según la denunciante. El Ayuntamiento, por su parte, argumentó su falta de competencia para resolver la reclamación, por lo que la ciudadana terminó acudiendo a los tribunales. Qué dice el juez La parte denunciante acreditó los daños, su cuantificación y la forma de producción de los mismos. La parte demandada sólo adujo en su defensa, , dice el juez,que el elemento dañoso se encuentra ubicado en zona perteneciente al parking La Victoria, por lo que no debe responder al no ser elementos de la vía pública. Sin embargo, el fallo aprecia que "no es preciso siquiera delimitar si la zona de la arqueta donde se produce el impacto con el vehículo es vía pública o zona gestionada y mantenida por la empresa que explota el parking para condenar a la parte demandada a que indemnice el daño como luego se dirá". Y añade: "La obra se encuentra en una vía pública, sirve el interés público de facilitar el estacionamiento en zona tan comprometida como el Centro de Córdoba. Ello supone que la Administración debe responder sin que pueda oponer las cláusulas del contrato de concesión". El juzgado ha estimado parcialmente el recurso contencioso- administrativo interpuesto contra la resolución administrativa declarando la nulidad de la misma, por no ser conforme a derecho, y condena ahora al Consistorio al pago de 657,83 euros más intereses por los daños ocasionados al vehículo.
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