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  • Condenaron a la madre que admitió haber lavado los dientes de su hijo de 4 años con cocaína

    » Elterritorio

    Fecha: 01/11/2025 02:30

    El Tribunal Federal de Posadas le impuso 4 años y 6 meses de prisión por intoxicación de un menor con cocaína, pero unificó la pena con una condena anterior por narcotráfico agravado. Cumplirá 7 años de prisión bajo modalidad domiciliaria. viernes 31 de octubre de 2025 | 15:30hs. Tribunal Federal de Posadas. El Tribunal Federal de Posadas condenó a una mujer a 4 años y 6 meses de prisión por haber intoxicado con cocaína a su hijo de apenas cuatro años, a quien le lavó los dientes con la droga "para calmarle el dolor de muela". La pena fue unificada con una condena previa por tráfico de estupefacientes agravado, por lo que deberá cumplir siete años de prisión, bajo modalidad domiciliaria. El hecho ocurrió en junio de 2018 y causó conmoción en Misiones. La mujer, entonces de 24 años, llegó durante la madrugada al CAPS del barrio A4 junto a su hijo, que convulsionaba y presentaba temblores. Los médicos dispusieron su traslado urgente al Hospital de Pediatría Fernando Barreyro, donde los análisis confirmaron que el niño tenía clorhidrato de cocaína en su organismo. De acuerdo con lo que ella misma admitió en su declaración indagatoria, el niño había supuestamente encontrado una bolsita transparente en la calle: "…vi que mi hijo tenía una bolsita transparente como esas de helado en la mano de él, yo le pregunté de dónde sacó y él me dijo que encontró afuera en el portón, entonces yo le saqué la cosa que tenía en su mano y se ve que el ya se había metido en su boca porque él me decía que quería agua que le daba asco, en eso yo le llevo al baño le empiezo a cepillar los dientes de él", dijo, de acuerdo a lo que consta en el expediente, y luego además continuó: "Después de eso vi que él estaba bien y me acosté… pasó un buen rato y él movía sus piernas… después pensando que el metió esa cosa en la boca le llevó al médico, al CAPS 23 del barrio, cuando entró el médico le miró y me preguntó que pasó y yo le dije que le limpie el diente por cocaína y me volvió a preguntar y me decía con cocaína". Esa versión fue incorporada al expediente y terminó siendo determinante, en razón de que la mujer finalmente reconoció su responsabilidad penal y aceptó la acusación en el marco de un juicio abreviado en el que intervino un tribunal federal unipersonal. Informes categóricos Las pericias toxicológicas y los informes médicos fueron categóricos. El niño había ingerido cocaína de manera directa bajo la custodia de su madre, lo que provocó una intoxicación aguda que puso en riesgo su vida. El Tribunal concluyó que "la sustancia fue aplicada de forma directa, generando un peligro real y concreto para la integridad del menor". El caso fue instruido originalmente por el Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, a cargo en aquel entonces del juez César Yaya, quien ordenó la detención de la mujer y dispuso que el niño quedara al cuidado de su abuela materna. La causa pasó luego a la órbita federal, por tratarse de un delito tipificado en la Ley 23.737, que sanciona el suministro de estupefacientes a terceros y agrava la pena cuando la víctima es un menor de edad. En la audiencia del juicio abreviado, la imputada aceptó los hechos y la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal, que fue suministro gratuito de cocaína en perjuicio de un menor de edad, previsto en el artículo 5 inciso e) y agravado por el artículo 11 inciso a) de la ley mencionada. La fiscalía solicitó la pena de cuatro años y medio de prisión, que el Tribunal hizo lugar. Sin embargo, la mujer ya contaba con una sentencia firme anterior por tráfico de estupefacientes agravado, lo que obligó al Tribunal a unificar ambas condenas en una pena única de siete años de prisión y multa de $135.000. Los jueces dispusieron, en tanto, que la sanción se cumpla bajo régimen de prisión domiciliaria, con monitoreo electrónico y control trimestral del Departamento de Ejecución Penal. "En razón de lo ordenado en el párrafo precedente, y teniendo presente que la condenada nombrada tiene dos hijos menores de edad que se encuentran a su cargo y cuidado, de 10 y 11 años de edad, y que percibe por ellos la asignación universal, además que trabaja en su domicilio de manicura y peluquería los fines de semana; sumado a la situación de vulnerabilidad de los menores referida por la representante del Ministerio Pupilar interviniente en autos, y que, la situación de encierro le impedirá brindar la asistencia, atención y contención permanente a sus hijos, entiendo que la prisión domiciliaria, como medida alternativa, atiende el interés superior de los menores, por lo que incumbe otorgar dicho beneficio a la causante a los fines de que cumpla el resta de la pena unificada impuesta". El fallo destaca que la imputada "admitió expresamente su participación y aceptó las consecuencias jurídicas de su conducta", lo que permitió dictar sentencia sin debate oral. Además, el Tribunal ordenó la intervención de organismos de niñez para el seguimiento familiar. "La conducta acreditada constituye un suministro directo de estupefacientes a un menor, bajo el amparo de quien debía protegerlo", señala el fallo. "El riesgo generado fue extremo e injustificado, con un daño potencial para la vida del niño", concluye.

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