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  • El Gobierno publica la norma que permite la retirada de aceite de oliva en caso de exceso de oferta

    » Diario Cordoba

    Fecha: 28/10/2025 12:54

    El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado este martes la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2025-2026, que busca prevenir posibles distorsiones en caso de sobreproducción. El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge la orden, que incluye una posible retirada de producto si hay exceso de oferta de aceite, la cual resulta "improbable" ante la previsión de cosecha de esta campaña. La condición indispensable para activar este mecanismo sería que el nivel de existencias iniciales más las estimaciones de producción alcanzasen el 120% del nivel medio de este sumatorio de las seis campañas anteriores, ha precisado el MAPA en un comunicado. De acuerdo a los aforos comunicados por las comunidades autónomas a principios del mes de octubre, no parece que se vayan a alcanzar los umbrales y condiciones para la aplicación efectiva de la medida, pero el Ministerio ha optado por tener disponible la norma por si fuera necesaria su aplicación. Los países de la Unión Europea pueden establecer normas de comercialización para regular la oferta de los aceites de oliva, según un reglamento cuya aplicación en España está desarrollada mediante un decreto de 2021. Una medida excepcional Esta norma regula que, cuando las condiciones de mercado lo justifiquen, podrán establecerse normas de comercialización para mejorar la estabilidad y funcionamiento del mercado en una campaña de comercialización determinada, mediante la retirada de producto hasta la campaña siguiente y el destino a uso no alimentario, por lo que se trata de una medida excepcional de carácter coyuntural. Tras dos campañas consecutivas de baja cosecha, en la campaña 2024-2025 se recuperó la capacidad productiva y las lluvias de la pasada primavera dieron lugar a unas primeras estimaciones "excepcionalmente elevadas" para la campaña 2025-2026. Sin embargo, las altas temperaturas estivales han mermado las elevadas producciones estimadas hace meses, por lo que no está prevista la aplicación de la norma aprobada, ya que está sujeta al mencionado criterio de activación establecido para la retirada de aceite de oliva. Jornaleros recogen la aceituna en un olivar de Pozoblanco, en la campaña anterior. / Rafa Sánchez La orden recoge, igualmente, el criterio de determinación del porcentaje de retirada de aceite de cualquier categoría, que decidirá el operador, sobre el total de la producción de aceite de oliva. Publicada esta orden, el porcentaje de producción para retirar se determinaría mediante resolución de la dirección general de Producciones y Mercados Agrarios antes del 15 de noviembre y se haría en las almazaras productoras de aceite de oliva. En ese caso, el Ministerio elaboraría, en coordinación con las comunidades, un plan de control de la norma de comercialización y los órganos competentes de las comunidades deberían realizar los controles oficiales para comprobar su cumplimiento. Reacciones La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) ha valorado positivamente la publicación de la norma, que "supone un avance fundamental para dotar al sector oleícola de herramientas efectivas de autorregulación ante situaciones de sobreoferta que puedan desestabilizar el mercado", ha resaltado la organización agraria en un comunicado. Desde COAG, han celebrado que, tras cuatro años desde la aprobación del Real Decreto 84/2021, el Ministerio de Agricultura haya culminado el desarrollo reglamentario de la norma. "Durante este tiempo, nuestra organización ha solicitado reiteradamente su concreción para que el sector cuente con mecanismos operativos cuando las circunstancias del mercado lo requieran", ha sostenido COAG. A su vez, COAG ha indicado que aunque las condiciones actuales "no hagan necesaria la activación inmediata de las medidas de retirada", considera "imprescindible" que esta norma esté "plenamente desarrollada y lista para su aplicación". Beneficia a olivareros y consumidores COAG ha recalcado que esta norma beneficia tanto a los olivareros como a los consumidores "por varias razones fundamentales". Para los olivareros, porque evita que los precios en origen caigan por debajo de los costes de producción, "algo expresamente prohibido por la Ley de la Cadena Alimentaria". Asimismo, ha apuntado que la norma de comercialización del aceite de oliva garantiza la rentabilidad de las explotaciones olivareras, "muchas de ellas pequeñas y medianas y ubicadas en zonas rurales que dependen económicamente del olivar"; y proporciona estabilidad y previsibilidad al mercado, permitiendo una planificación "más eficaz de las campañas". En el caso de los consumidores, COAG ha aseverado que la medida preserva la sostenibilidad económica y social de la producción de aceite de oliva virgen extra, un alimento "esencial" en la dieta mediterránea cuyo valor nutricional "ha sido refrendado por centenares de estudios científicos". Igualmente, COAG ha manifestado que garantiza el mantenimiento de un sector productor "viable" que pueda seguir ofreciendo productos "de máxima calidad"; además de contribuir a evitar desequilibrios de mercado que "a medio plazo podrían afectar negativamente al abastecimiento y a la estructura productiva del sector".

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