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» Elterritorio
Fecha: 25/10/2025 09:13
sábado 25 de octubre de 2025 | 6:00hs. Alto Paraná, Misiones. Construcción de un rancho. Foto: G. Bourquín y Cía El concepto “monumento” se usa para una obra instalada en un lugar público a modo de homenaje a algo o a alguien, estatuas, bustos, grupos escultóricos, esculturas, pinturas y murales pueden constituirse como monumentos cuando ofician como tributo a personas destacadas, conmemoración de algún acontecimiento de importancia o realce de tradiciones y/o costumbres; en general se los clasifica como funerarios, históricos, militares y naturales. Los monumentos naturales están constituidos por “áreas, cosas, especies vivas de animales o plantas, de interés estético, valor histórico o científico, a los cuales se les acuerda protección absoluta”, esta categoría tomó fuerzas al final del siglo pasado como parte del Patrimonio Cultural Material; en nuestro país están regulados por la Ley N° 22.351/80; se los considera “(…) inviolables, no pudiendo realizarse en ellos o respecto a ellos actividad alguna, con excepción de las inspecciones oficiales e investigaciones científicas permitidas por la autoridad de aplicación, y la necesaria para su cuidado y atención de los visitantes.(…)”. En Misiones los Monumentos Naturales están resguardados mediante la Ley XVI - N° 29 (Antes Ley 2932/92) titulada “Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas” cuyos objetivos principales apuntan a la “protección de muestras de la totalidad de los ambientes naturales y especies de la provincia, preservando su carácter de bancos genéticos, de reguladores ambientales y de fuentes de materias primas a perpetuidad, mejorando, cuando corresponda, su productividad, en nuestro medio” incluye esta denominación “yacimientos arqueológicos y paleontológicos de relevante y singular importancia científica, estética o cultural, declarados como tales por leyes especiales y a los cuales se les acuerda protección absoluta”. Desde la puesta en vigencia de la norma, se han consagrado varios especímenes, a saber: -Ley XVI – Nº 19 (Antes Ley 2380) - ejemplares nativos de las especies Pino Paraná y Palo Rosa, ubicados en tierras fiscales provinciales, de entes autárquicos, descentralizados, municipales y/o de propiedades privadas. -Ley XVI – Nº 22 (Antes Ley 2589) – a las especies de Yaguareté, Tapir y Oso Hormiguero. -Ley XVI – Nº 32 (Antes Ley 3024) – al árbol denominado Timbó, localizado en el Lote Nº 49, Parcela 89, Sección I, Colonia El Alcázar, Municipio de El Alcázar, Departamento Libertador General San Martín, propiedad de Dicran Toumanian. -Ley XVI – Nº 40 (Antes Ley 3257) – al árbol denominado Ibirá-Peré o Grapia, ubicado en el Lote 13, Sección II, del Municipio de Campo Ramón, Departamento Oberá, Propiedad de la señora Jovita Vilas. -Ley XVI – Nº 41 (Antes Ley 3302) – se declaró Área Natural Protegida con el rango de Paisaje al lago formado por la presa del Arroyo Urugua-í, hasta su máxima cota de embalse (198,50 metros sobre el nivel del mar), sus islas y costas, con más doscientos (200) metros a partir del máximo nivel de embalse; igual tratamiento para la isla Palacios, ubicada dentro del embalse Urugua-í. -Ley XVI - Nº 52 (Antes Ley 3376) – con la denominación de “Ingeniero Florencio de Basaldúa”, el inmueble propiedad del Estado Provincial ubicado en el Municipio Comandante Andrés Guacurarí, Departamento General Manuel Belgrano, Nomenclatura Catastral: Depto. 07 - Mun. 75 - Secc. 03 - Ch. 0000 Manz. 0000- Parc. 279 F, con una superficie de 249 ha, 94 a, 22 ca. -Ley XVI – Nº 56 (Antes Ley 3455) - a las especies de Zorro Pitoco, Loro Maracaná Afeitado o Lomo Rojo, Mono Aullador Rojo o Carayá Rojo y Loro Chara. -Ley XVI – Nº 68 (Antes Ley 3873) - a la especie comúnmente conocida como Urunday Blanco. -Ley XVI - Nº 73 (Antes Ley 4061) – a la especie autóctona misionera Timbó, localizado en el lote 1-C, parcela 10, manzana 17, Municipio Jardín América, Departamento San Ignacio. -Ley XVI – N.º 75 (Antes Ley 4083) - a las especies de Aguará Guazú y Tucán Grande. -Ley XVI – N.º 79 (Antes Ley 4138) – a las especies de Tordo Amarillo y Yetapá de Collar. -Ley XVI - Nº 82 (Antes Ley 4186) – a las especies de la flora nativa Chachí Bravo y Chachí Manso. - Ley XVI – Nº 91 (Antes Ley 4318) – al Lapacho Negro como Flor Oficial de Misiones y Monumento Natural Provincial a la especie nativa. - Ley XVI– Nº 127 – a las especies de aves autóctonas comúnmente denominadas Bailarín Castaño, Bailarín Azul y el Loro Pecho Vinoso. - Ley XVI – Nº 143 - a la especie de ave autóctona comúnmente denominada Yacutinga. - Ley XVI – Nº 148 - Vencejo de Cascada, Vencejo Pardo o Vencejo Canoso. - Ley XVI – Nº 154 - al Carayá Negro y Dorado. - Ley XVI - Nº 157 - a las especies de mariposas conocidas popularmente como mariposa Androgeo, mariposa 88, mariposa Monarca, mariposa Seda Azul y mariposa Panambí. - Ley XVI - N° 166 – a las especies de palmeras Pindocito y Yatay- Poñi o Yatay-Mini - Ley XVI – N° 171 - a las especies de Escarabajo Arlequín y Saltamontes. - Ley XVI – N° 172 – a la herbácea Paspalum lilloi. - Ley XVI – N° 174 – al hongo Rickiella edulis. Jangada de vigas armada en arroyo misionero década 1930 Misiones alberga la totalidad de bosque atlántico del país, conocida como Selva Paranaense, la que – a su vez – es habitada por el 52% de la biodiversidad nacional con más de 152 especies de mamíferos, 574 especies de aves, 355 especies de peces de agua dulce, 116 especies de reptiles, 68 especies de anfibios, más miles de especies de plantas y hongos. Un peligro constante está representado por las amenazas de deforestación, en función de la expansión agrícola, además la invasión de especies introducidas agrava el diagnóstico. Desde hace más de un siglo y hasta la actualidad, el 95% de bosque nativo se ha perdido, lo que genera un impacto crítico sobre la flora y la fauna de la región. El Bosque Atlántico Misionero está conformado por más de 1000 especies y subespecies de anfibios, reptiles, aves y mamíferos, pero solo el 20% está clasificado a nivel nacional como amenazado o en peligro de extinción; los vulnerables son los peces y las plantas. En otras palabras, lo que cuidamos (o no) día a día…ponele. ¡Hasta la semana próxima!
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