Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Elecciones legislativas: ordenan al Gobierno que publique los resultados electorales por distrito

    Paraná » Confirmado.ar

    Fecha: 22/10/2025 09:11

    El máximo tribunal resolvió que el escrutinio provisorio se difunda por provincia. Lo hizo ante un planteo de Fuerza Patria. La Casa Rosada confirmó que acatará el fallo. La Cámara Nacional Electoral resolvió hoy un punto central para la transparencia de los próximos comicios legislativos: la publicación de los resultados provisorios deberá realizarse únicamente por distrito electoral, conforme a lo establecido por la Constitución Nacional y las leyes vigentes. La decisión se tomó tras un planteo administrativo presentado por Fuerza Patria, luego de que en el simulacro de escrutinio realizado el fin de semana pasado el Gobierno difundiera resultados unificados, sumando los votos de La Libertad Avanza y de Fuerza Patria obtenidos en todo el país. El conflicto no es menor, ya que define la imagen política que se proyectará la noche del domingo, cuando a partir de las 21 se conozca el veredicto de las urnas. Bajo el esquema anterior, el oficialismo podía exhibir una ventaja al contabilizar los 24 distritos donde tiene representación, mientras que el sello peronista solo compite formalmente en 13. En un primer momento, el Gobierno Nacional sostuvo que la acordada administrativa —a diferencia de una sentencia— no impedía difundir un número global de votos obtenidos por cada fuerza, aunque finalmente acatará el criterio de la Cámara y aplicará la disposición en la noche electoral. La resolución fue adoptada en acuerdo extraordinario por los jueces Daniel Bejas, Alberto Ricardo Dalla Via y Santiago Hernán Corcuera, con el objetivo de evitar confusiones en la opinión pública respecto de la legitimidad y el alcance de los datos difundidos. El debate de fondo gira en torno a cómo deben presentarse los resultados provisorios, un conteo preliminar que realiza históricamente el Ministerio del Interior a través de una empresa contratada, sin valor jurídico. La Cámara recordó que ese escrutinio “resulta ajeno” al Poder Judicial y que los jueces “no intervienen en su diseño, planificación, organización, procesamiento ni difusión, ni en la contratación de prestadores de servicios”. El tribunal advirtió que la falta de claridad o neutralidad en la publicación de los datos puede afectar la confianza pública en el proceso electoral. En ese sentido, citó estándares internacionales, como las directrices de IDEA Internacional, que establecen que “si los resultados han de ser anunciados antes de la certificación final, el marco legal debe regular claramente la forma de hacerlo”. En Argentina, la normativa no detalla la metodología ni los procedimientos de verificación del escrutinio provisorio, lo que, según la Cámara, puede generar “efectos negativos en la percepción de confianza”, especialmente por la variación de resultados derivada del orden de carga y los horarios de difusión. En este proceso electoral, el Poder Ejecutivo delegó en el Correo Oficial la contratación de la empresa encargada del conteo provisorio y de la impresión de boletas y padrones. Ante observaciones de diferentes partidos, la Cámara recordó que ya había instruido a la Dirección Nacional Electoral a comunicar con claridad la naturaleza del escrutinio provisorio, su metodología, las diferencias con el definitivo y su relevancia jurídica. También insistió en que la difusión debe ser “objetiva y neutral, en términos de filiación política partidaria”. El núcleo de la resolución se apoya en la Constitución y el Código Electoral Nacional, que determinan que en las elecciones legislativas cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituyen distritos independientes. En consecuencia, no existe margen para realizar un escrutinio global de todo el país, como ocurre en las elecciones presidenciales. De este modo, los resultados deberán computarse y difundirse por distrito, sin agregados nacionales, para garantizar transparencia y evitar interpretaciones erróneas sobre la representación de cada fuerza política. La acordada, firmada por los jueces Daniel Bejas, Alberto Ricardo Dalla Via y Santiago Hernán Corcuera, con la actuación de los secretarios Hernán Gonçalves Figueiredo y Sebastián Schimmel, ordena expresamente a la Dirección Nacional Electoral que la publicación del escrutinio provisorio “deberá respetar el criterio de división por distrito electoral”. Post Views: 92

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por