Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Un juez federal de Catamarca ordenó que la Andis reintegre esas pensiones en todo el país

    » Santafeactual

    Fecha: 19/10/2025 14:08

    Un juez federal de Catamarca ordenó que la Andis reintegre esas pensiones en todo el país El magistrado extendió la medida cautelar a todas las personas que conforman el colectivo. La causa había sido iniciada por el defensor del pueblo de esa provincia. La Ley 27793 fue sancionada por el Congreso, pero el Gobierno nacional aún no la hizo efectiva. El titular del Juzgado Federal de Catamarca n° 2, Guillermo Díaz Martínez, ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) que, en el plazo de veinticuatro horas, restablezca la totalidad de las pensiones suspendidas y/o retenidas a los titulares de las mismas en todo el territorio nacional. La causa, que tramita como proceso colectivo, había sido iniciada por el defensor del pueblo de esa provincia. La acción iniciada por la presidenta de la “Asociación de Personas y Familiares de discapacitados Motores”, junto con el Defensor del Pueblo de Catamarca y diversos particulares, se había inscripto en el Registro de Procesos Colectivos el pasado 15 de septiembre. Este viernes, además, familiares de personas con discapacidad, se manifestaron frente a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para reclamar lo obvio: que se cumpla la Ley 27.793, que se convoque al Directorio del Sistema Único, que se actualicen los aranceles y que se liberen los fondos retenidos. La ley de Emergencia en Discapacidad fue aprobada por el Senado el 10 junio último, pero luego, el 4 de agosto, el presidente Javier Milei la vetó en su totalidad, según se publicó en el Boletín Oficial. Sin embargo, tanto la Cámara de Diputados como el Senado insistieron con esta ley con una mayoría de 2 tercios y dejaron sin efecto el veto. Por eso, el Poder Ejecutivo debió promulgar la ley. Sin embargo, en el decreto de promulgación señala que hasta que el Congreso no indique cuáles son las partidas presupuestarias, la ejecución de la ley queda suspendida. La ley apunta a garantizar derechos y servicios esenciales para las personas con discapacidad, en un contexto de recortes y demoras en los pagos. Asimismo, se había hecho lugar a la medida cautelar para los afectados de aquella provincia y, también se había prohibido al organismo continuar con las auditorías basadas en la normativa cuestionada y disponer nuevas suspensiones hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa. Ahora, el magistrado, tras el pedido de los demandantes, extendió los efectos de la restitución de la suspensión de pensiones por invalidez a todas las personas afectadas en el país. Siguiendo la doctrina Halabi, Díaz Martínez interpretó que "los derechos reclamados en el presente proceso se encuadran dentro de aquellos que recaen sobre intereses individuales homogéneos". El pasado 22 de septiembre, por medio del decreto 681/2025, anunciado en el Boletín Oficial, el Gobierno promulgó la ley 27793, que "declara la emergencia nacional en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por UN (1) año más". Sin embargo, la norma, todavía no se hizo efectiva: en el artículo 2 del mismo decreto, se pide al Congreso de la Nación que informe de dónde saldrán los fondos necesarios para cumplirla. Fuente: SFA/R3

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por