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Parana » APF
Fecha: 06/10/2025 19:30
En línea con la postura de la fiscal general Fabiana León, así lo dispusieron los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli, del TOF N°7, quienes sostuvieron que la oposición de la acusación pública “es vinculante para decidir sobre la procedencia del instituto”. Ahora, los 46 empresarios y cuatro exfuncionarios que habían efectuado los ofrecimientos irán a juicio, junto con el resto de las personas imputadas por diversos actos de corrupción. lunes 06 de octubre de 2025 | 19:20hs. En línea con la postura de la fiscal general, Fabiana León, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°7 porteño rechazó este lunes los ofrecimientos de reparación integral efectuados por las defensas de 46 de los empresarios y cuatro de los exfuncionarios imputados, en el marco de la causa denominada “cuadernos de las coimas”, donde se investigan distintos actos de corrupción cometidos al presunto amparo de una supuesta asociación ilícita encabezada por la expresidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner. En su resolución, los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli coincidieron con la titular de la Fiscalía General N°5 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal porteños y rechazaron la procedencia del instituto previsto en el artículo 59° inciso 6 del Código Penal de la Nación. En su voto, según precisó el portal Fiscales.gob.ar, al que adhirieron sus colegas, Méndez Signori se refirió a la “disponibilidad de la acción penal” en el marco del “paradigma adversarial de resolución del conflicto” e indicó que “es la Fiscalía el órgano habilitado para desistir de la persecución en los supuestos incorporados en la ley 27.147”. “La opinión negativa del Ministerio Público Fiscal es vinculante para decidir sobre la procedencia del instituto", indicó el juez y agregó que la “posición expresada por la Fiscalía en el caso supera el control jurisdiccional de debida fundamentación, logicidad y razonabilidad”. En tal sentido, el juez sostuvo que la fiscal León “fundamentó su posición en que la reparación agota el conflicto solamente si neutraliza el daño en su totalidad, considerando que bienes jurídicos como la probidad, la transparencia y el orden público que considera afectados supraindividual”. También, indicó que la representante del MPF recalcó que “el daño causado no resulta medible patrimonialmente ni susceptible de transacción con una víctima” al tiempo que “asentó su postura en que la revocación de fondos o el pago de montos embargados puede ser útil para el recupero económico, pero no repara plenamente el daño ni reemplaza la necesidad del juicio, ya que el embargo es cautelar y no cuantifica el perjuicio sufrido”. Por todo ello, Méndez Signori concluyó que “establecido el carácter vinculante de la oposición fiscal a la reparación integral del perjuicio cuando ésta supera las exigencias de debida fundamentación, logicidad y razonabilidad, deviene infructuoso el estudio de discusiones como la procedencia del instituto cuando se trata de delitos contra la administración pública, la viabilidad de la reparación integral para funcionarios públicos, la posibilidad de modificar las calificaciones legales en esta instancia, los diversos criterios interpretativos de los instrumentos internacionales sobre la materia, los parámetros que deben ser evaluados para determinar la integralidad del daño, las posibles afectaciones a la garantía de juzgamiento en plazo razonable, la eficacia del instituto como mecanismo de recupero de activos o la posibilidad de reparación en los casos en los que el imputado no cuenta con suficientes recursos”. La postura del Ministerio Público Fiscal En la audiencia del 12 de septiembre pasado, la fiscal general Fabiana León había requerido el rechazo “por inadmisibles” de los ofrecimientos de reparación integral efectuados por las defensas de los empresarios Roberto Juan Orazi, Jorge Balán, Miguel Marcelino Aznar, Carlos Fabián y Osvaldo Manuel De Sousa, Cristóbal López, Pablo José Gutiérrez, Adrián y Mauricio Pascucci, Mario Rovella, Patricio Gerbi, Hugo Dragonetti, Juan Manuel Collazo, Ernesto Clarens, Sergio Tasselli, Carlos Daniel Román, Carlos Eduardo Arroyo, Julio José Paolini, Ángel Jorge Calcaterra, Héctor Sánchez Caballero, Santiago Altieri, Jorge Sergio Benolol, Guillermo Escolar, Oscar Abel Sansiñena, Juan José Luciano, Gabriel Pedro Losi, Ricardo Scuncia, Aldo Benito Roggio, Daniel Pitón, Ricardo Antonio Repetti, Jorge Neira, Osvaldo Atenor Acosta, Benjamín Gabriel Romero, Rodolfo Armando Poblete, Enrique Pescarnona, Francisco Valenti, Juan Carlos y Arturo De Goycoechea, Mario Maxit, Claudio Glazman, Alberto Padoán, Armando Losón, Luis Armani, Miguel Ángel Marconi, Hernán Gómez y Marcelo Marcuzzi. Asimismo, pidió que se hiciera lo propio con las propuestas de las defensas del exjefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, su secretario Hugo Martín Larraburu, el exasesor de la Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión del Ministerio de Planificación Federal, Walter Rodolfo Fagyas y el exdirector de Energías Renovables de esa cartera, Fabián García Ramón. Ello, por cuanto entendió que no estaban dadas las condiciones para que se aplicara el instituto previsto en el artículo 59 inciso 6° del Código Penal -como mecanismo de extinción de la acción penal- “por falta de acuerdo, por concurrir un bien supraindividual, y por oposición fiscal fundada”. Y es que, para la fiscalía, el instituto presupone un acuerdo real con la víctima, la conformidad fiscal y la homologación de una reparación integral y que “en este caso faltan los tres”. Así, postuló que se mantuviera la fecha de inicio del debate, prevista para el próximo 6 de noviembre, y que se proveyeran las cuestiones pendientes para comenzar el juicio. En su exposición, tras analizar las generalidades de los ofrecimientos, la representante del Ministerio Públio Fiscal consideró que la única solución plausible era la realización del “juicio público, con sus efectos de verdad, sus efectos de sanción y de inhabilitación en caso de que así proceda”. Argumentó que “la confianza en la justicia no se construye con soluciones fáciles, se construye cuando las reglas funcionan, son puestas a prueba en los casos realmente difíciles”. Agregó que “esta causa es el paradigma de la gran corrupción, es precisamente el test donde el sistema debe afirmar legalidad, igualdad y publicidad del juicio”. “Si aquí se transa o se mercantiliza, el mensaje social es letal. La pena o la absolución cumplen una función social: afirma qué conductas son intolerables, disuade futuros desvíos, garantiza igualdad ante la ley”, señaló León y agregó que “no se negocia lo que el sistema ya afirmó que debe ser juzgado” y destacó que “la confianza se honra rechazando reparaciones que privatizan el interés público y llevando la causa a debate oral como corresponde”, pues es allí donde “se definirá la verdad y la responsabilidad -o no- de las personas involucradas y se ejecutará el recupero por las vías legales”. “En esta fiscalía no se vende impunidad”, enfatizó la fiscal y entendió que “hay un estándar de integralidad”. León insistió en que “pretender la extinción de estas condiciones en una causa de gran corrupción, con funcionarios, con bienes supraindividuales, significa banalizar el proceso penal, privatizar el interés público y abrir un mercado de impunidad”. A su entender, “la reparación integral no es un derecho, tampoco es una garantía, es una forma alternativa de solución del conflicto que implica necesariamente disponer de la acción penal, solo para ciertos supuestos y que debe contar con la opinión favorable y vinculante del MPF”. Al concluir la audiencia, el presidente del Tribunal dispuso un cuarto intermedio hasta el martes 16 de septiembre, ocasión en que las defensas replicaron la postura de la fiscalía. Además, uno de los abogados recusó a la fiscal, pero el tribunal rechazó in limine la pretensión. ¿Cómo será el debate? El pasado 25 de septiembre, el tribunal realizó una audiencia preparatoria, de cara al inicio del debate previsto para el 6 de noviembre próximo, en la que estuvieron presentes la fiscal general León, las abogadas Laura Taboada y Camila Leiva Fernández -en representación de la querella de la Unidad de Información Financiera (UIF)- y 88 abogados defensores. En ese contexto, los jueces del TOF N°7 reiteraron que la presidencia será rotativa, establecieron las pautas bajo las que se hará el procedimiento e insistieron en que se redujera la lista de 600 testigos. También establecieron el cronograma de audiencias: en lo que resta de 2025 se realizarán los jueves de 9.30 a 13.30 mientras que, desde marzo de 2026, se añadirá una segunda jornada. Las audiencias se harán -excepto excepciones- de forma virtual a través de la plataforma Zoom -con acreditación previa para el público- y algunas de ellas se transmitirán por el canal de YouTube del Poder Judicial de la Nación.) Por su parte, la fiscal general León y la UIF pidieron que se lean los requerimientos de elevación a juicio de forma íntegra -a fin de garantizar el acceso público a las imputaciones- y no se opusieron a que se omitan las partes repetidas. También la representante del Ministerio Público Fiscal y una de las abogadas defensoras solicitaron que las declaraciones indagatorias y las de los testigos sean de forma presencial. Todo quedó a consideración de los jueces Méndez Signori, Canero y Castelli. El inicio de la investigación La investigación denominada “Cuadernos de las Coimas” comenzó en 2018, cuando un periodista del diario La Nación se presentó ante el fiscal federal Carlos Stornelli y puso en su conocimiento que una fuente le había revelado que un chofer del Ministerio de Planificación Federal había anotado los movimientos del exsubsecretario de Coordinación y Control de Gestión de esa cartera, Roberto Baratta, y de otros funcionarios que trasladaban bolsos con dinero. En un primer tramo de la investigación, el fiscal Stornelli pidió la elevación a juicio de la expresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, el exministro de Planificación, Julio De Vido, los funcionarios Baratta, Nestor Lazzarte, Claudio Uberti, José Francisco López, José María Olazagasti, Rafael Enrique Llorens, Germán Ariel Nivello, los empresarios Guillermo Enrique Wagner, Ernesto Clarens, Gerardo Luis Ferreyra y Oscar Alberto Thomas, junto al chofer Oscar Centeno, en orden al delito de asociación ilícita. Además, pidió que fueran a juicio otros empresarios que habrían pagado sobornos para ser beneficiados con contratos estatales. Luego, el fiscal amplió su acusación respecto a otros empresarios por los delitos de cohecho activo y pasivo, dación y recepción de dádivas, relacionadas con contratos energéticos, de obra pública, transporte y autopistas y rutas, por el que también resultaron imputados funcionarios públicos como el exjefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina, los responsables del área de Transporte, Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi, y el encargado del Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI), Claudio Uberti.
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