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  • No permiten que Tavi Celis acceda a la liberta anticipada pero sí que visite a su familia una vez por semana

    Parana » APF

    Fecha: 03/10/2025 19:30

    Así lo dispuso la jueza federal Noemí Berros este viernes al rechazar el pedido de libertad condicional de la defensa de Daniel Celis, alias Tavi, qye fue condenado en la causa denominada Avioneta narco y Narco municipio en 2021 a 13 años de prisión, pena que se unificó con una que cumplía por robo de siete años, resultando en 15 años y seis meses de prisión. La jueza sí hizo lugar al pedido de ampliación de salidas socio familiares que venía gozando. viernes 03 de octubre de 2025 | 18:59hs. La jueza del Tribunal Oral Federal de Paraná, Noemí Berros, resolvió este viernes “rechazar el pedido de Libertad Condicional formulado por el condenado Daniel Andrés Celis” pero amplió “el beneficio de salidas socio-familiares de que ya goza el condenado Celis, correspondiendo una salida semanal de 12 horas cada vez…, más el tiempo que le insuma el traslado”, al domicilio. Celis deberá observar y mantener buena conducta al egresar del establecimiento carcelario y deberá abstenerse de asistir a lugares públicos de concurrencia masiva; consumir y/o poseer bebidas alcohólicas y/o sustancias estupefacientes; conducir vehículos motorizados y abstenese de la utilización de redes sociales con la publicación o difusión de fotografías en la que se exhiba su persona, sea ello realizado por sí o por personas vinculadas a su entorno; todo ello, bajo apercibimiento de revocar el beneficio de salidas socio-familiares”. El fiscal general recordó que Celis fue condenado por “Sentencia N°02/20 a la pena de 13 años de prisión y multa de 250.000 pesos por ser coautor responsable del delito de organización de actividades de narcotráfico, dos hechos concursados realmente; y previamente fue condenado a la pena de 7 años y 5 meses de prisión por el Juzgado de Transición y Garantías de Diamante, por ser coautor del delito de robo doblemente agravado con arma de fuego y en despoblado, y en banda, en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad, en concurso real con encubrimiento”. Aquellas penas fueron unificadas en 15 años y 6 meses de prisión mediante Sentencia N°06/21 del Tribunal Oral Federal de la jurisdicción. Se indicó que Celis se encontraría temporalmente en condiciones de acceder al beneficio interesado a partir del 16 de julio de 2025. Berros, tras analizar las posturas de las partes, expresó que “en efecto, entiendo que resulta imprescindible (en consonancia con los informes técnico-criminológicos -desfavorables- supra referenciados), que de modo previo a acceder al beneficio que interesa (Libertad condicional), el condenado sostenga los espacios tratamentales en el cual se encuentre inserto, y transite otras instancias y espacios que el régimen de la ejecución de la pena privativa de la libertad establece…”. La jueza sostuvo que todo aquello “favorecerá la reinserción útil y productiva al entorno social y disminuirá aquellos factores de índole económico -social a los que podría enfrentarse en caso de no contar previamente con un trabajo lícito y acorde sus capacidades”. También destacó que “el informe Técnico Criminológico considera favorable que el interno continúe con las salidas socio familiares, proponiendo una ampliación de las mismas a doce horas semanales, propuesta con la cual coincido a los fines de continuar con su evaluación y contar con mayores elementos para determinar más adelante su evolución en el régimen progresivo de la pena, junto a su desempeño”. (APFDigital)

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