Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Acribilló, golpeó y mató a un hombre en Córdoba y fue condenado a 16 años de prisión

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 03/10/2025 04:56

    Condenaron a un hombre por acribillar y matar a patadas a otro en Córdoba A un año del brutal crimen en Villa El Libertador, provincia de Córdoba, la Justicia condenó a 16 años de prisión al hombre que acribilló a balazos, golpeó y mató a otro. El 1 de mayo de 2024, un llamado de emergencia movilizó a las fuerzas de seguridad de Córdoba durante la madrugada. Al arribar a una vivienda, ubicada en la zona sur de la ciudad, la Policía de Córdoba encontró una escena marcada por la violencia: un hombre de 35 años se desangraba, con múltiples heridas de bala en diversas partes del cuerpo. La víctima, identificada como Rubén Oscar Etchegaray, recibió auxilio inmediato en la puerta de su casa ubicada sobre calle Barranquilla al 5000. Pese a los esfuerzos del personal médico, Etchegaray falleció poco después, mientras se le practicaban maniobras de resucitación. El episodio conmocionó al barrio y motivó una investigación que rápidamente apuntó a un ajuste de cuentas como eje del ataque. Ayer jueves, casi un año después del crimen, la Cámara 1ª del Crimen de Córdoba impuso una pena de 16 años de cárcel al responsable del homicidio, C. S. F. C., alias “Chipaca”, de 36 años. De acuerdo con las pericias aportadas al expediente, C. S. F. C. llegó a la propiedad pasadas las 4.30 de la madrugada, montado en su motocicleta. Utilizó su teléfono celular para generar luz y así identificar a Etchegaray, quien se encontraba en el umbral de su vivienda. El agresor disparó en varias oportunidades. Los disparos impactaron en las piernas, el brazo y el tórax de la víctima. La investigación precisó que, pese a las heridas, Etchegaray logró arrastrarse hasta la calzada, donde el atacante lo alcanzó una vez más y le propinó varias patadas. Luego, el agresor volvió a subir a su moto y huyó del lugar. Esta secuencia fue reconstruida a partir de testimonios y consideraciones forenses incorporadas durante el juicio oral. La captura del responsable se logró días después del hecho, tras una tarea de análisis de patrones de conducta y rastreo de comunicaciones. Los investigadores comprobaron que C. S. F. C. había perseguido y herido a otro vecino de la misma área, semanas previas al homicidio. La identificación definitiva se produjo mediante pericias en el teléfono de la víctima y el análisis de recorridos de “Chipaca” en la zona. La Policía de Córdoba coordinó entonces un operativo especial junto al grupo Táctico ETER, que permitió su detención sin incidentes. En el domicilio allanado se secuestraron teléfonos, municiones y prendas presuntamente utilizadas la madrugada del crimen. Durante el juicio desarrollado en la Cámara 1ª del Crimen de Córdoba, los testimonios de testigos, vecinos y familiares de la víctima resultaron centrales para la decisión del tribunal. La Fiscalía presentó como prueba las grabaciones de cámaras de seguridad y los informes balísticos, así como los mensajes previos entre victimario y víctima que daban cuenta del conflicto existente. Los jueces calificaron el hecho como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, determinando la condena de 16 años de prisión para C. S. F. C.. El condenado fue detenido un días después del hecho Condenaron a un hombre golpear con un palo a otro en Mar del Plata Meses atrás, Diego Sebastián Paredes, de 38 años, fue condenado a nueve años de prisión por intento de homicidio. El veredicto fue dado por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1, en relación con un brutal ataque que ocurrió después de una fiesta de 15 años en noviembre de 2021 en el barrio La Herradura. La agresión, que conmocionó a la comunidad, tuvo lugar cuando Paredes atacó a otro hombre con un palo en la cabeza, dejándolo con severas secuelas. Los jueces Facundo Gómez Urso, Paula Soulé y Pablo Viñas presidieron el caso y determinaron que Paredes continuaría su detención en el complejo penitenciario de Batán. El ataque ocurrió la madrugada del 21 de noviembre de ese año, frente a una residencia en la calle Sartora al 2200. El tribunal destacó el “contexto tumultuario” de la escena, que fue un factor central en la decisión de no aplicar la agravante de alevosía. Durante el juicio, no se pudo comprobar que Paredes haya golpeado a la víctima por detrás, lo que podría haber corroborado una intención más premeditada. Además de la condena de Paredes, el tribunal tomó la decisión de absolver a Yésica Aguirre y Daniel Correa, quienes estaban inicialmente acusados. En su alegato final, el fiscal Carlos Russo retiró las acusaciones contra ellos, lo que llevó al abogado defensor Martín Bernat a solicitar con éxito la liberación de Correa. Los jueces tomaron en cuenta las severas secuelas físicas que el ataque le generó a la víctima, lo que se reflejó en la severidad de la pena impuesta a Paredes. Además, el tribunal tuvo en cuenta los antecedentes condenatorios de Paredes como un factor agravante en la sentencia. Esta valoración subraya la dedicación del sistema judicial para abordar de manera rigurosa ataques violentos de esta naturaleza.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por