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» El Ciudadano
Fecha: 02/10/2025 09:10
La Unidad Fiscal que interviene en los procesos por crímenes de lesa humanidad ante los tribunales federales de La Plata imputó y solicitó el llamado a indagatoria por apología del delito y aliento a la persecución y odio contra un grupo de personas al suboficial retirado de la Armada Jorge Pablo Cabrera (59), por haber manifestado en las emisiones de “La Libertad Avanza Radio”, que se emite en una FM de la ciudad de Verónica, que el baúl del Ford Falcon verde modelo ’76 «todavía huele a justicia». «Lo manifestado por el imputado resulta un ejercicio abusivo de la libertad de expresión que, al exceder sus límites legítimos, lesiona bienes jurídicos vinculados al interés público y afecta derechos de las personas que fueron victimizadas por graves crímenes», sostuvieron en su presentación el fiscal general coordinador de esa oficina, Gonzalo Miranda, la auxiliar fiscal Ana Oberlin y el auxiliar fiscal Juan Martín Nogueira. El pedido fue presentado en un proceso radicado en el Juzgado Federal N°1 de esa ciudad, que se encuentra a cargo de Alejo Ramos Padilla. La Unidad Fiscal recordó en su presentación que «el Ford Falcón verde es un símbolo histórico y socialmente reconocido del aparato represivo de la dictadura cívico-militar (1976–1983). Fue utilizado por las fuerzas de seguridad como vehículo de secuestro y desaparición de personas». En ese sentido, marcó que «la frase en cuestión no es neutra ni ambigua, sino que reivindica de manera explícita ese símbolo represivo, resignificándolo como expresión de ‘justicia’ cuando en realidad fue el medio por el que se cometieron crímenes aberrantes». Recordó en tal sentido que las expresiones fueron vertidas en el contexto del comienzo del debate que llevó a juicio ante el Juzgado Federal N°1 de La Plata a dos expolicías bonaerenses por el encubrimiento de crímenes de lesa humanidad, a raíz del hallazgo en Punta Indio del cuerpo de una mujer arrojado al río desde una aeronave en 1976, que -pese a ser identificado- fue enterrado como NN. La representación del MPF tenía delegada la instrucción del caso, a partir de dos denuncias contra Cabrera presentadas ante el fuero federal el 18 de julio por un particular y por la Comisión Provincial por la Memoria. Por contener el mismo objeto procesal, las dos denuncias se unificaron en un mismo caso. De acuerdo con el pedido de la fiscalía, las manifestaciones por las que fue imputado Cabrera tuvieron lugar el 24 de junio y el 15 de julio pasados durante el programa “La Libertad Avanza Radio”, que se emite por FM del Sur 103.7 de Verónica, partido de Punta Indio. «Un Falcon verde modelo ‘76… A este le abrís el baúl y todavía huele a justicia. Es una belleza…», citó la fiscalía su columna de opinión del 24 de junio pasado. «Vehículo emblemático es que tenemos los argentinos (…) Mi papá tuvo toda la vida Ford Falcon (…) El verde aceituna que venía de fábrica, y abrías el baúl y todavía olía a justicia», añadió días después, el 15 de julio. Entre los elementos de prueba incorporados se encuentra un video que registró estas declaraciones, que además fueron viralizadas por las redes sociales. «Convivencia democrática» En la argumentación de la imputación, la Unidad Fiscal puso de relieve que las manifestaciones fueron un «ejercicio abusivo de la libertad de expresión» y que «su sanción resulta necesaria no solo para la tutela» de los derechos de las personas victimizadas «sino también en resguardo de la memoria colectiva y de los estándares mínimos de convivencia democrática que constituyen garantías de no repetición frente a violaciones masivas de derechos humanos». En tal sentido, añadió que las expresiones del imputado son “un mensaje que legitima y glorifica prácticas vinculadas al terrorismo de Estado, alentando la repetición simbólica de esas violencias», y que “no pueden ser consideradas en el vacío, sino dentro de un marco histórico en el que el Estado argentino ha asumido compromisos internacionales y constitucionales de memoria, verdad y justicia”. “Reivindicar como ‘justicia’ un instrumento asociado a secuestros y desapariciones forzadas significa desconocer esos compromisos y naturalizar prácticas que la comunidad nacional e internacional ha condenado de manera unánime como crímenes de lesa humanidad”, sostuvo. Libertad de expresión y delito La fiscalía analizó el derecho a la libertad de expresión. Sostuvo que, si bien es un principio básico y esencial que debe ser protegido de todo intento de censura, «no resulta por ello un derecho absoluto que pueda desnaturalizar otros derechos también importantes», y citó al respecto a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en el caso «Herrera Ulloa vs. Costa Rica» consideró que es un deber del Estado reaccionar de manera institucional frente a mensajes que alientan la violencia, el odio o la discriminación hacia grupos históricamente victimizados. La fiscalía recordó que el tribunal regional sostuvo que el artículo 13.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos «prevé la posibilidad de establecer restricciones a la libertad de expresión, que se manifiestan a través de la aplicación de responsabilidades ulteriores por el ejercicio abusivo de este derecho». En tal sentido, la Unidad Fiscal indicó que las manifestaciones públicas realizadas por Cabrera en el programa radial constituyen la conducta típica de apología del delito, prevista en el artículo 213 del Código Penal, «porque basta para la consumación del delito con la emisión de expresiones públicas mediante las cuales se reivindican delitos, en este caso, delitos de lesa humanidad». Añadió que «aunque sus palabras no impliquen un llamado directo a la comisión de actos violentos actuales o futuros, sí configuran una apología pública de crímenes aberrantes», pues «al afirmar que ese vehículo ‘olía a justicia’, Cabrera enaltece y legitima la violencia y la destrucción de personas como medios aceptables para alcanzar determinados fines, tal como ocurrió bajo el terrorismo de Estado». En esa línea, la fiscalía indicó que las expresiones «no pueden ser calificadas como una simple opinión política ni como un exabrupto carente de consecuencias» sino que «se trata, en cambio, de una reivindicación pública de hechos que integraron el accionar ilegal del Estado —secuestros, torturas, privaciones ilegítimas de la libertad y desapariciones forzadas—, todos ellos ampliamente juzgados y condenados por la justicia argentina. Presentar estos crímenes como gestas heroicas de las Fuerzas Armadas afecta de modo directo la paz social y el orden público que exige una sociedad democrática». «Consideramos que este tipo de manifestaciones apologéticas no solo revictimizan a quienes padecieron el terrorismo de Estado, sino que también ponen en riesgo la memoria colectiva, la vigencia de la democracia y el compromiso con los derechos humanos que el Estado tiene el deber de proteger», añadió. La Unidad Fiscal también encuadró los dichos en el delito previsto en el artículo 3° de la Ley N°25.392, antidiscriminatoria, que en su segundo párrafo estipula una sanción de 1 mes a 3 años de prisión a quienes «por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas».
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