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  • El Concejo de Puerto Piray creó una comisión para investigar la gestión de la intendenta

    » Elterritorio

    Fecha: 26/09/2025 01:16

    El Concejo convocó a Mirtha Lezcano para requerir explicaciones e información sobre diversos incumplimientos de su gestión desde su inicio en diciembre del año 2023, pero nunca se presentó. jueves 25 de septiembre de 2025 | 22:00hs. El Concejo Deliberante de Puerto Piray conformó una comisión para investigar la gestión de la intendenta Mirtha Lezcano, ante los incumplimientos de las Resoluciones Nº 12, y 15, por las cuales se convocó, con carácter de urgencia y de manera obligatoria a la jefa comunal por las reiteradas e injustificadas incomparecencias, incumpliendo los deberes funcionales a su cargo, según la Resolución del Concejo Deliberante N° 16/2025. Los ediles se respaldaron en la Ley XV Nº 5, que los faculta a convocar al Intendente y a los funcionarios del Departamento Ejecutivo para requerir informes, los que deberán ser suministrados en el plazo que el cuerpo determine. Es asi que el Concejo convocó a la Intendenta para requerir explicaciones e información sobre diversos incumplimientos de su gestión desde su inicio en diciembre del año 2023. A pesar de haber enviado justificaciones formales mediante notas, las mismas son carentes de sustento objetivo, razonable o jurídicamente admisible que justifique su segunda incomparecencia consecutiva. La Comisión Investigadora estará integrada por concejales de conformidad con la representación política del concejo, quienes, en ejercicio de las facultades conferidas por la normativa vigente, deberán investigar los hechos denunciados en los considerandos de la ordenanza, así como cualquier otra circunstancia que pudiera surgir en el desarrollo de la tarea investigativa. Además, se designarán asesores externos jurídicos, contables, técnicos, entre otros que colaboren en el desarrollo de las tareas investigativas. Una vez concluida la tarea, la Comisión Investigadora emitirá un dictamen fundado, el cual será notificado a la Intendenta a los efectos de que ejerza su derecho de defensa, tomando vista de las actuaciones y produciendo su descargo en tiempo y forma legal.

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