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Parana » Uno
Fecha: 23/09/2025 04:01
Eugenio Balbi, condenado a 16 años de prisión, presentó un recurso de apelación que será tratado este miércoles en la Cámara de Casación Penal de Paraná. Eugenio Balbi, condenado a 16 años de prisión, presentó un recurso de apelación que será tratado este miércoles en la Cámara de Casación Penal de Paraná. Eugenio Balbi, el entrenador de triatlón de la ciudad de Victoria condenado a 16 años de prisión efectiva por abusar de una niña de 13 años, presentó un recurso de apelación ante la Cámara de Casación Penal de Paraná. El hombre solicita que se revoque la sentencia dictada el 28 de febrero de 2024 y que se revise la pena impuesta. Según registró UNO , la audiencia de apelación se llevará a cabo el miércoles 24 por la mañana en los tribunales de Paraná, donde los jueces evaluarán los argumentos de la defensa y de la parte acusadora, a cargo del fiscal Gamal Taleb. La condena de Balbi, dictada por un jurado popular de Victoria, se fundamenta en los hechos ocurridos antes de la pandemia de coronavirus, y la apelación se centrará en cuestionar tanto la culpabilidad como la severidad de la pena impuesta. Eugenio Balbi entrenador detenido por abuso sexual.jpg Foto: UNO/Gonzalo Núñez Condena El 28 de marzo de este año, la Cámara de Casación confirmó la prisión preventiva de Balbi y, a pedido de la Fiscalía, ordenó que un psicólogo y psiquiatra del Cuerpo Interdisciplinario del STJ evaluaran su estado para determinar si podía ser encarcelado en prisión preventiva en la Unidad Penal o seguir en tratamiento. Tras el alta médica, fue trasladado a la unidad penitenciaria. El entrenador fue condenado el 28 de febrero de 2024, cuando un jurado popular lo halló culpable de delitos de abuso sexual a una menor de 13 años que entrenaba en Victoria, N.G., hoy de 20 años, quien denunció los hechos a los 16. Los delitos que se le endilgaron, fueron “abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado por la condición de educador y agravada por la condición de guardado”, “abuso sexual simple agravado por la condición de educador y guardador”, y “abuso sexual con acceso carnal agravado por la condición de educador y guardador”.
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