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  • Entre Ríos, Argentina

  • Limitan los descuentos de mutuales y financieras

    Rio Negro » Adn Rio Negro

    Fecha: 15/09/2025 15:20

    (ADN).- El fuero Laboral de Roca hizo lugar a la medida cautelar autosatisfactiva de una docente, y ordenó establecer un límite del 33% para las deducciones salariales. El tribunal consideró el principio de no confiscatoriedad y el carácter alimentario del salario. El caso fue impulsado por una mujer, madre de una niña y que no recibe ayuda económica del padre de la chica; no tiene vivienda propia, por lo que paga un alquiler cada mes, por lo que tuvo que solicitar varios préstamos. El problema es que los descuentos de mutuales y financieras alcanzaron el 90% de su salario. En su presentación, la mujer afirmó que no logró sostener su economía familiar. Además de su jornada laboral, asumió horas extras. También trabaja en limpieza de viviendas y, durante los feriados, elabora comidas que vende en ferias. La docente alegó que los descuentos violaban su derecho a una retribución justa y al carácter alimentario del salario. Además mencionó que en los últimos meses sólo percibió el concepto de asignación familiar. El organismo empleador señaló que los préstamos fueron tomados voluntariamente por la mujer y que la Provincia solo actúa como ejecutora de los descuentos. Pero la jueza sostuvo que el caso cumple con los requisitos para admitir una medida autosatisfactiva: urgencia, daño irreparable y existencia de un derecho evidente. Así, el Tribunal concluyó que los descuentos resultan confiscatorios e irrazonables, y que dejan a la trabajadora sin medios para sostenerse a sí misma y a su hija. Y señaló que, aunque no exista una norma provincial vigente, sí hay normas nacionales y principios constitucionales que establecen límites a la deducción del salario.

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