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  • La Unión Europea profundiza el reglamento antideforestación

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 15/09/2025 15:03

    Fuertemente cuestionada, la norma avanza hacia su plena aplicación en el caso de las grandes empresas del Viejo Continente. Contradicciones varias y una confusa mezcla de riesgo ambiental con posibles sanciones geopolíticas (Reuters) Se van acortando los tiempos para la aplicación de la medida, y nada cambia. El nuevo Reglamento antideforestación (EUDR) prohibirá la entrada en la Unión Europea de una serie de productos, por caso la soja, la carne vacuna, los aceites vegetales, el café, la madera y el caucho, a menos que puedan demostrar que están libres de procesos de deforestación. Según refleja Euractiv, la Comisión Europea acaba de actualizar sus orientaciones sobre la legislación de la Unión Europea (UE) contra la deforestación, y procedió a aclarar las definiciones y exenciones relacionadas con las normas comunitarias en la materia, al tiempo que mantuvo el calendario para su aplicación. Implica que las microempresas y pequeñas empresas comunitarias tendrán que aplicar las normas a partir del 30 de junio de 2026, en tanto las grandes empresas comenzarán a honrar el reglamento a partir del 30 de diciembre de 2025. Hay que decir que el Parlamento Europeo intentó empujar una flexibilización de esta normativa, especialmente para los productos fabricados en la UE, pero los estamentos ligados a Medio Ambiente confirmaron que no se ha tomado ninguna decisión al respecto. Los grupos ecologistas confían en que la posición del bloque no se ha de modificar, mientras mantienen la presión sobre las autoridades. La conversión de bosques en tierras para usos no agrícolas no se considera "deforestación" según el Reglamento (Reuters) Las definiciones que interesan se refieren al riesgo. El texto actualizado de Bruselas aclara cuestiones clave, entre ellas lo que considera “riesgo insignificante”, que equivale a que existen pruebas sólidas de que determinado producto cumple las normas EUDR al tiempo que reitera que la conversión de bosques en tierras para usos no agrícolas no se considera “deforestación” según el Reglamento. Se sabe, hay una lista de países con riesgo alto y bajo de deforestación, en el marco del EUDR. ¿Por qué importa el nivel de riesgo?Sencillo, cuanto más alto el riesgo, mayor es la intensificación de los controles que ejercerán las aduanas de cada país del bloque sobre los operadores que introduzcan una materia prima o un producto relevante en el mercado europeo. A decir de los especialistas, el sistema de clasificación de riesgo del EUDR, si bien nace de un objetivo loable, presenta en su primera implementación serias contradicciones. Su fuerte dependencia de datos cuantitativos pasados, la aplicación discrecional de criterios de gobernanza y la confusa mezcla de riesgo ambiental con sanciones geopolíticas crean un marco que podría no reflejar el riesgo real de deforestación asociado a un producto específico. La soja es uno de los productos sudamericanos que corre riesgos en su entrada a la Unión Europea. Habrá que probar fehacientemente su origen (Reuters) ¿Qué cabe esperar? Es probable que el sistema sea objeto de revisiones y disputas en foros internacionales como la OMC. Para los operadores y gobiernos de países en ‘riesgo estándar’, por caso la Argentina, el desafío inmediato es doble: por un lado, prepararse para cumplir con una diligencia debida onerosa y, por otro, articular una estrategia diplomática y técnica para abogar por una revisión de la metodología que considere factores de productividad, así como trazabilidad y legalidad donde no lo ha habido. La prueba de fuego para el EUDR será si funciona como una genuina herramienta ambiental o como una barrera comercial selectiva. Su éxito se medirá en la capacidad de los operadores para demostrar el origen libre de deforestación de cada producto ante cada importador de la UE. Es aquí que, más allá de la clasificación final del país, los sistemas de trazabilidad robustos, creíbles y verificables se convierten en el factor decisivo: ya no son sólo una herramienta de cumplimiento, sino la condición indispensable más importante de todas para ganar competitividad en la cadena global. En los casos de Riesgo Estándar se requiere diligencia debida completa, incluyendo geolocalización, evaluación del riesgo y medidas de mitigación. Por cierto, los países del Mercosur han vuelto a poner el grito en el cielo. Hace algo más de un mes, reunidos en Paraguay, autoridades de 11 asociaciones de productores que integran la Federación de Asociaciones Rurales del Mercosur (FARM), entre las que se encuentra la Sociedad Rural Argentina, reafirmaron su compromiso con la transparencia, la sostenibilidad y la innovación en la producción agropecuaria, destacando los avances significativos en sistemas de información y trazabilidad implementados en los países del bloque. La carne vacuna es otro de los grandes apuntados y donde se pondrá especial empeño en verificar si proviene de ganadería en zonas deforestadas (Reuters) Asimismo consideraron inaceptable que medidas unilaterales, punitivas y que no respetan las realidades productivas de cada país, como el EUDR, sean utilizadas como barreras comerciales encubiertas, desconsiderando los esfuerzos e inversiones realizados por los productores del Mercosur. Pidieron asimismo el reconocimiento de los sistemas nacionales de trazabilidad e información como instrumentos legítimos de cooperación y confianza mutua, y no como mecanismos de exclusión. Paralelamente, el aumento de costos y la excesiva burocracia impuesta por los procesos de debida diligencia en contratos internacionales resultan prohibitivos, generando impactos severos, especialmente en los pequeños y medianos productores. El punto es que en tanto la normativa no sea modificada –parece muy difícil que esto suceda- las autoridades de la UE están facultadas para realizar auditorías, confiscar productos no conformes, emitir avisos públicos de incumplimiento e imponer multas de hasta el 4 % de la facturación anual. Las infracciones reiteradas pueden incluso resultar en la exclusión del mercado del bloque europeo.

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