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  • Fijaron una audiencia clave para que la Justicia se pronuncie sobre la imprescriptibilidad de la corrupción

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 03/09/2025 22:47

    Tribunales federales de Retiro, en Comodoro Py 2002 (Foto: Jaime Olivos) Por orden de la Corte Suprema de Justicia, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal volverá a pronunciarse sobre una causa que involucra a exfuncionarios de la Dirección General de Impuestos y la empresa multinacional IBM. Dentro del expediente hay una controversia aún no resuelta por el Poder Judicial: la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción. Los jueces Mariano Hernán Borinsky -presidente de la Sala-, Gustavo M. Hornos y Javier Carbajo, le pusieron fecha a la audiencia para resolver el caso una vez más: será el 11 de septiembre próximo, a las 11.30. La causa volvió a la Casación luego de que la Corte Suprema, el 17 de julio, dejara sin efecto el pronunciamiento anterior de dicha Sala -de septiembre de 2018- en el que los jueces habían fallado a favor de la postura de la fiscalía y de Oficina Anticorrupción, que participó como querellante hasta 2020, cuando desistió de ese rol durante la gestión de Alberto Fernández. En su primer pronunciamiento, la Casación revocó la prescripción que había resuelto el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 y había declarado imprescriptibles los delitos de corrupción. “En el entendimiento de que la acusación formulada a los imputados es la de la comisión de un grave delito doloso contra el Estado que conllevó enriquecimiento, se torna necesario el juzgamiento de las conductas en un juicio oral y público, de conformidad a la manda de la Constitución Nacional, que en el artículo 36 ordena su imprescriptibilidad”, había explicado en su voto de entonces el juez Gustavo M. Hornos. El camarista Geminiani, por su parte, citó un precedente de María Julia Alsogaray y recordó que “el instituto de la prescripción de la acción penal resulta inaplicable en los casos en que, como el debatido en el sub lite, la comisión del hecho objeto de pesquisa le es reprochado a funcionarios Públicos”. Al revisar el fallo de la Cámara de Casación, la Corte adoptó lo concluido en el dictamen del Procurador General de la Nación, quien entendió que la resolución no alcanzaba la mayoría de fundamentos exigida, por lo que se ordenó un nuevo pronunciamiento. Javier Carbajo, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, los jueces de la Sala IV de la Cámara de Casación En este caso puntual, está en debate la prescripción de la acción penal contra Ricardo Juan Alfredo Cossio, ex director general de la DGI; Daniel Carlos Hurrell, ex asesor de la DGI; Francisco Ramón Figueira; Ricardo Orfidio Martorana, ex presidente de IBM Argentina; Gustavo Aldolfo Soriani, ex vice de la empresa; Alberto Minazzoli, Eduardo Vicente D’Alessandro; Carlos Gustavo Krieger; Antonio José Altieri; Eduardo Novillo Astrada; Carlos Alerto Juni; Juan Carlos Cattáneo; Silvana de la Rúa y Liliana Norma Almosni de Sananes. En la causa se investiga una emblemática maniobra de corrupción, en la que se acusa a los imputados por el desfalco en perjuicio del Estado de decenas de millones de dólares en el marco del proceso de informatización de la por entonces Dirección General de Impuestos (D.G.I.), en el que habrían estado implicados ejecutivos de la empresa multinacional IMB junto con funcionarios del Gobierno nacional. Cossio, como titular de la DGI, habría adjudicado en abril de 1994 a IBM la informatización del organismo sin llevar adelante una licitación o compulsa de precios. Todo se llevó adelante con dos contrataciones directas en el área informática, donde presuntamente se habrían pagado sobreprecios en perjuicio del Estado. Las adjudicaciones fueron por montos de $425.088.000 y de $88.547.000. Según estableció durante la investigación la Oficina Anticorrupción, las contrataciones fueron posibles gracias al decreto 507/93, del entonces presidente Carlos Menem, que habilitó a la DGI a hacer este tipo de compras. Además, IBM habría subcontratado a las empresas Consad y Segurex. Ambas habrían incurrido en contabilidad apócrifa para justificar pagos por un valor de al menos $4.700.000. Como nunca se constató que sus servicios hayan sido prestados, se estableció la hipótesis de que ese monto eran “coimas camufladas”.

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