03/09/2025 17:11
03/09/2025 17:11
03/09/2025 17:11
03/09/2025 17:11
03/09/2025 17:11
03/09/2025 17:11
03/09/2025 17:11
03/09/2025 17:11
03/09/2025 17:11
03/09/2025 17:10
Parana » El Once Digital
Fecha: 03/09/2025 13:30
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por los jueces Mateo Busaniche y Beatriz Aranguren, resolvió hacer parcialmente lugar al recurso presentado por la defensa de Andrea Fabiana Pérez Simondini, directora del Museo del OVNI de Victoria, en el marco de una causa penal por supuesta infracción a la Ley N° 25.743 de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico. El tribunal dictó falta de mérito por encubrimiento de contrabando, pero confirmó el procesamiento por la presunta infracción al artículo 48 de la Ley 25.743, que castiga a quien transporte, almacene, compre, venda o industrialice piezas arqueológicas y paleontológicas nacionales e internacionales. Este delito prevé dos meses a dos años de prisión y una inhabilitación especial de hasta cinco años. Pie de momia exhibida en Museo del OVNI de Victoria La causa se inició el 28 de noviembre de 2023, tras una denuncia de un ciudadano ante la Embajada de Perú, que señalaba que en el museo se exhibía un presunto pie de momia de origen peruano, hallado en Paracas. La denuncia derivó en un allanamiento realizado el 24 de abril de 2024, donde se incautaron múltiples piezas de posible valor arqueológico y paleontológico, incluyendo un pie de momia, piezas de alfarería, fragmentos cerámicos, artefactos líticos y restos óseos de megafauna. Simondini explicó que la pieza fue recuperada por ella durante unas vacaciones en Lima y que, tras intentos de donarla a otras instituciones, se decidió exhibirla en su museo. Su defensa alegó que la acusada nunca intentó ocultar la pieza y que la misma habría llegado a Argentina hace más de 40 años. Andrea Fabiana Pérez Simondini, directora del Museo del OVNI de Victoria (foto Elonce) Procesamiento y apelación El 19 de junio de 2025, el juzgado de primera instancia dictó el procesamiento de Simondini por el presunto delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 inc. d del Código Aduanero), y por la infracción al artículo 48 de la Ley 25.743. Sin embargo, esa resolución fue apelada por el abogado defensor Ricardo Luis La Barba, quien argumentó que Simondini nunca intentó ocultar ni apropiarse del pie de momia, el cual estaba a la vista del público y fue ofrecido a la Embajada del Perú. También dijo que la pieza habría llegado al país hace más de 40 años, cuando la acusada tenía apenas 15 años y que fue encontrado por una tercera persona hace aproximadamente 60 años. Manifestó además que no puede achacar el delito de encubrimiento de contrabando, ya que su defendida y su madre fueron solamente receptoras de una encomienda en su vivienda de los bienes que se investigan. También indicó que no se tuvieron en cuenta las declaraciones de Susan Elizabeth Hume Alva –asistente del Embajador de Perú- y Claudia Nora Aleman Urtuaga –Ministra Consejera- las cuales "denotan la intención de su defendida de devolver el pie de momia". Fiscal General José Ignacio Candioti (foto Elonce) Por su parte, el Fiscal General José Ignacio Candioti consideró razonable revocar parcialmente el procesamiento, específicamente respecto del delito de encubrimiento de contrabando, por falta de elementos suficientes, pero avaló la continuidad de la causa a fin de avanzar con medidas que permitan esclarecer los hechos. Asimismo, ratificó la vigencia de la acción penal por infracción al artículo 48 de la Ley 25.743, que protege el patrimonio arqueológico y paleontológico. Finalmente, la Cámara Federal de Apelaciones hizo lugar parcialmente al planteo defensivo. Sobre el delito de encubrimiento de contrabando, coincidió con el fiscal en cuanto a que "resulta necesario evacuar las citas realizadas por la imputada en su indagatoria, a los fines de constatar sus dichos –específicamente en relación a la fecha en que su padre trabajó en Perú, cuando retornaron a Argentina, medio de transporte utilizado al despachar las piezas, entre otras cuestiones-, lo cual podría tener incidencia en la comprobación del tipo penal y/o en la calificación de la conducta atribuida". Museo del OVNI de Victoria (foto Elonce) Por ello, entendió que "corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa de Andrea Fabiana Pérez Simondini y revocar –en este punto- la resolución cuestionada y, en consecuencia, dictar a su respecto la falta de mérito para procesar o sobreseer (art. 309 del CPPN)". En cuanto al monto del embargo cuestionado, se dispuso reducirlo a una suma más razonable: de 5 millones pasó a 2 millones de pesos. Finalmente, rechazó el recurso de apelación y confirmó el procesamiento por el delito previsto en el art. 48 de la ley 25.743. (fuente Diario Uno)
Ver noticia original