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Parana » APF
Fecha: 18/08/2025 20:30
Los fiscales respondieron a todos los planteos de las defensas contra el rechazo en la instancia de Garantías a nulidades y exclusiones probatorias y de nulidad del relato del hecho. Sostuvo que el calificativo de contratos truchos surge de la evidencia secuestrada en un allanamiento. Estaba en un cuaderno en el que se llevaba un registro de los supuestos contratados. En esta jornada las defensas cuestionaron la acción civil para recuperar los 2.000.000.000 pesos del presunto perjuicio al Estado lunes 18 de agosto de 2025 | 19:43hs. Foto: APFDigital El Ministerio Público Fiscal (MPF) respondió con contundencia a los planteos de las defensas que solicitaron la nulidad y exclusión probatoria de evidencia, por presuntas irregularidades en su obtención, y de nulidad del relato del hecho, por supuestas imprecisiones, en virtud de una presunta redacción poco clara, en el legajo denominado Contratos Truchos que investiga la presunta sustracción de las arcas del Estado de 2.000.000.000 pesos durante diez años en la modalidad de contratos de obra en ambas Cámaras Legislativas en favor de personas que solo prestaban su nombre a cambio de recibir una ínfima suma de dinero. La fiscal Patricia Yedro derrumbó el argumento de que los contratos son legales al señalar que la denominación, que las defensas atribuyeron a un slogan periodístico, surgió del allanamiento que se realizó en la casa de Hugo Mena y Flavia Beckman, donde se secuestraron cuadernos y documentación. Yedro recordó que en los cuadernos confeccionados de puño y letra de los sospechosos se consignaba con la letra F los contratos que debían ser gestionados de manera diferencial de los legítimos. También sostuvo, en función de los planteos de las defensas acerca de una supuesta violación de la cadena de custodia de la evidencia recolectada en los dispositivos informáticos secuestrados en otros 11 allanamientos, que ponía a disposición de las defensas la documentación que respaldó el accionar de los funcionarios. Fiscalía refutó que la resolución de la jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, del 30 de junio no haya respondido a los planteos de sobreseimiento que se formularon. En este sentido, sostuvo que deviene tácito del rechazo de los planteos de nulidad y exclusión probatoria. También sostuvo que la acusación fue reconocida por la jueza como clara, precisa y circunstanciada, de acuerdo a la etapa en la que el legajo se encuentra, que es la etapa intermedia en la que se realiza un control formal de la acusación y no se aborda la cuestión de fondo, que será motivo de un futuro juicio. Fiscalía respaldo la claridad del hecho imputado señalando que en las sucesivas declaraciones indagatorias ninguno de los imputados manifestó no comprender el hecho que se le endilgaba, con el rol presuntamente desempeñado y el correspondiente período. Respecto de la indeterminación de la cantidad de contratos que alegaron las defensas, Fiscalía respondió que por la complejidad de la investigación, las demoras de las Cámaras en aportar la documental que se les solicitaba, que se señaló también afectó a las defensas, esta fue variando a medida que la investigación avanzaba y así fue notificado a las defensas, de las que se sostuvo no plantearon objeciones en su momento. Fiscalía respondió al argumento que sostuvieron las defensas acerca de la no investigación de las autoridades de la Cámaras que autorizaron los contratos y de los legisladores que los firmaron, sosteniendo que numerosos legisladores serán convocados a declarar en el debate. También señalaron que ese señalamiento no alcanza para solicitar la nulidad de la causa. Acción Civil. En la jornada de este lunes se comenzó a abordar la demanda civil que presentó de manera voluntaria Fiscalía de Estado, que pretende recuperar la suma estimada del ilícito, valuada en 2.000.000.000 pesos. Así, las defensas coincidieron en solicitar el rechazo de la resolución de Barbagelata que no se expidió sobre la cuestión y la difirió para el debate. Las defensas coincidieron en señalar que la demandante carece de legitimidad para llevar adelante la acción civil porque omitió pasos previos determinados en los Códigos. También destacaron la imposibilidad de supeditar la demanda a las resultas del juicio, o sea, de la sentencia. El punto más destacado de los planteos lo realizó el defensor Tomás Vírgala, que recordó que Fiscalía de Estado sostuvo una posición distinta en una demanda de 2005. En esa resolución la Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Fiscalía sostuvo una posición contraria a la que mantiene en esta causa. Vírgala destacó que en aquella causa Fiscalía de Estado se opuso al planteo de prescripción enervado porque el Tribunal de Cuentas no se había expedido respecto del presunto dañó, por lo que no podía dictarse la prescripción sin que se iniciara la acción civil. Otro punto fuerte de los planteos de las defensas se registró cuando el defensor Emilio Fouces, recordó que el mismo Gobierno provincial reconocía la legalidad de los contratos cuando mediante el Decreto 604, del 1 de abril de 2025, le solicitó a las autoridades de ambas Cámaras que realice los trámites que corresponda para analizar los contratos sospechados de ilícitos y en su caso disponga la nulidad, inexistencia u otras medida pertinente respecto de aquel universo de contratos. La audiencia continuará el martes 19 a las 9 cuando cerrarán sus alegatos las defensa que restan y comiencen a hacer lo propio el fiscal de Estado y su adjunto. (APFDigital)
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