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Usuhahia » Diario Prensa
Fecha: 12/08/2025 06:21
Familiares de la víctima expresaron su asombro y descontento. El Superior Tribunal de Justicia decidió absolver al automovilista que en 2024 había sido condenado por el atropello fatal de Santiago Liquín, ocurrido en 2021. La decisión se basó en dudas sobre la mecánica del accidente y ahora se consideró que las víctimas pudieron haber obrado de manera imprudente. Germán Alfredo Sopena, condenado a 3 años de prisión en suspenso, apeló el fallo y obtuvo una respuesta favorable del Superior Tribunal de Justicia. Fue absuelto por la muerte del estudiante Santiago Liquin y las lesiones sufridas por Matías Berger, a quienes atropelló en 2021. El 28 de octubre de 2021, Santiago Liquín, de 18 años, perdió la vida tras ser atropellado mientras se dirigía a la tradicional serenata estudiantil. En el mismo hecho, su amigo Matías Ezequiel Berger, resultó gravemente lesionado. Como se recordará, en 2024, Germán Alfredo Sopena, conductor del vehículo involucrado, fue condenado a tres años de prisión en suspenso. El Tribunal lo consideró autor del delito de “homicidio culposo en concurso ideal con lesiones graves culposas”, fundamentando la condena en la conducción bajo los efectos del alcohol y la velocidad, ya que Sopena circulaba a poco más de 65 kilómetros por hora con una graduación de alcohol en sangre de 0,32 g/l. No obstante, un reciente fallo del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego revocó la condena. En una decisión mayoritaria 3 a 1, con los votos a favor de los jueces Javier Muschnick, Ernesto Loffler y Gonzalo Sagastume, y la disidencia de la jueza María del Carmen Battaini, se estableció que “existen dudas significativas respecto a la mecánica del accidente”. Según los magistrados, el juicio y los peritajes no aclararon de manera concluyente cómo ocurrieron los hechos ni la forma en que los jóvenes cruzaron la avenida. Se tuvo en cuenta que los dos chicos estaban consumiendo alcohol al momento del siniestro y se puso en duda la forma en que cruzaron la avenida San Martín. Los dichos de la víctima sobreviviente también llevaron a los jueces a considerar que él y su amigo fallecido pudieron haber actuado de manera temeraria e imprudente al saltar el divisor de tránsito existente en la avenida, en momentos en que se aproximaba un vehículo. Esta situación generó un margen de duda para cuestionar la responsabilidad exclusiva del conductor. Los magistrados evaluaron en consecuencia que existió un «riesgo concurrente». De esta manera, el Superior Tribunal ordenó la absolución de Germán Alfredo Sopena, dejando sin efecto la condena impuesta en primera instancia, ante el desconcierto y desacuerdo de los familiares de la víctima fatal.
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