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  • Despidieron a una trabajadora por 363 ausencias injustificadas

    Parana » APF

    Fecha: 31/07/2025 13:30

    Despidieron a una trabajadora por 363 ausencias injustificadas El gobierno de Entre Ríos finalizó un sumario administrativo contra una empleada del Ministerio de Salud, al que APFDigital accedió a través del Boletín Oficial. La medida fue por "incumplimiento del débito laboral" y se aplicó tras una larga investigación que destapó la impactante cantidad de faltas injustificadas que la trabajadora acumuló a lo largo de varios años de servicio. jueves 31 de julio de 2025 | 12:48hs. El Gobierno de la provincia de Entre Ríos despidió a María Belén Paulina, una agente que se desempeñaba en el Departamento de Bioestadística del Ministerio de Salud. La medida, que se hizo oficial a través del Boletín Oficial Nº 28.146, se debió a un extenso historial de inasistencias injustificadas que la empleada acumuló entre 2015 y 2019. Según el sumario administrativo, Paulina faltó a su lugar de trabajo en un total de 363 ocasiones. En el decreto se detalló la cantidad de ausencias año por año: 62 días en 2015, 6 en 2016, 19 en 2017, 223 en 2018 y 53 en 2019. Estas faltas se consideraron "inasistencias injustificadas", ya que la agente no cumplió con los procedimientos para justificarlas, incluso cuando se debían a supuestos motivos de salud. "La agente María Belén Paulina, no cumplió con su débito laboral en las fechas supra detalladas", afirma el decreto. El documento, al que accedió esta Agencia, también señala que la conducta de la trabajadora excedió "con creces, el límite de diez inasistencias injustificadas continuas o discontinuas, en los doce meses inmediatos anteriores". La decisión fue tomada por el gobierno de la Provincia por la importante cantidad de faltas, junto con el "agravante surgido en la investigación de, eventualmente haber incurrido en numerosas faltas con posterioridad", justificaba la sanción de cesantía. La Comisión Asesora de Disciplina intervino en el proceso antes de la aprobación final. (APFDigital)

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