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  • Grippaldi denunció la inconstitucionalidad del reparto de bancas y pidió la suspensión de las asunciones en Formosa

    » Diariopinion

    Fecha: 22/07/2025 17:01

    La presentación judicial cuestiona específicamente el contenido y los efectos del Acta-Acuerdo Nº 70/2025 del TEP, por la cual se distribuyeron las bancas de la Convención Constituyente, la Cámara de Diputados y los Concejos Deliberantes. Grippaldi exige que se declare la nulidad absoluta e insanable de dicha resolución y solicita, como medida cautelar, la suspensión inmediata de la asunción de todos los cargos definidos en ese acto. "La Constitución provincial exige que los convencionales sean elegidos directamente por el pueblo, y no a través de un artificio legal amañado por un Tribunal Electoral que actúa como colegio electoral, quitándole bancas a quienes las ganaron legítimamente", denunció el académico, quien desde hace años es un crítico frontal del régimen de Gildo Insfrán, al que define como un "stroessnismo hitleriano" por su matriz autoritaria. La clave del conflicto: el sistema D’Hondt mal aplicado Grippaldi sostiene que el Tribunal sólo cumplió parcialmente con el procedimiento legal establecido por el artículo 6° de la Ley 653 y su modificatoria Ley 825, que regula la distribución de cargos electivos. Según explica, el TEP efectuó la primera operación aritmética (la distribución de bancas entre lemas) pero omitió la segunda, es decir, la distribución entre sublemas dentro de cada lema, tal como obliga el sistema D’Hondt. Este aparente desvío técnico no sería menor: la omisión habría beneficiado a otro sublema de "La Libertad Avanza" con menor caudal de votos, y dejado afuera a Grippaldi, pese a que su lista obtuvo un cociente superior. "Mi lista logró 9.210 votos frente a los 8.531 de la lista que se quedó con la banca. Es un atropello a la aritmética y a la democracia representativa", argumentó. Violación a la Constitución y jurisprudencia nacional En su extenso escrito, el convencional constituyente remarca que lo dispuesto por el TEP viola los artículos 128 y 189 de la Constitución Provincial, los artículos 37 y 38 de la Constitución Nacional, y desconoce la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre arbitrariedad de sentencias. También denuncia una "alteración de la pirámide jurídica" al priorizar antecedentes administrativos internos por sobre leyes vigentes y decretos de convocatoria. "Ni el Acta-Acuerdo del TEP, ni resoluciones de 1989 o 1993 pueden ubicarse por encima de la ley, mucho menos cuando su aplicación sirve para consagrar fraudes de representación política", sostuvo el denunciante. Pide suspensión de las asunciones En función de la gravedad institucional del caso, Grippaldi solicitó como medida cautelar que se suspenda la asunción de todos los diputados convencionales, provinciales y concejales alcanzados por la resolución del TEP, hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo del recurso. "De no hacerlo, se consolidará un vicio de nulidad que impactará en la legitimidad de todos los actos que dicten esos cuerpos colegiados mal conformados", advirtió. La presentación no solo pone en tela de juicio la actuación del órgano electoral, sino que plantea una advertencia de alto impacto político: si la Justicia no actúa con celeridad, Formosa podría tener una Convención Constituyente viciada de nulidad, en plena discusión sobre la reforma promovida por Gildo Insfrán.

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