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  • red social deberá eliminar publicaciones falsas sobre el Quini 6 tras fallo judicial

    Parana » Informe Digital

    Fecha: 21/07/2025 07:53

    [ El Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe accedió a una medida cautelar solicitada por la Caja de Asistencia Social, Lotería de Santa Fe, y ordenó a la empresa Facebook (incluyendo sus filiales en Irlanda y Argentina) llevar a cabo acciones inmediatas contra publicaciones engañosas que utilizan la marca “Quini 6” para promocionar sitios de juegos de azar no autorizados. De acuerdo con la resolución judicial, las plataformas de Facebook deberán, de manera inmediata y hasta que se emita una sentencia definitiva, “detectar todas y cada una de las publicaciones pagas que, utilizando la marca ‘Quini 6’, publiciten, promocionen o redirijan a sitios de juegos de azar clandestinos o no autorizados que no pertenezcan a la Lotería de Santa Fe”, y proceder a su eliminación, supresión y/o bloqueo de forma inmediata. Además, se impuso a la red social la obligación de realizar un monitoreo constante para identificar y dar de baja este tipo de publicaciones de manera ágil, así como identificar los métodos de pago utilizados por los anunciantes que incumplan estas condiciones, con el fin de rechazar dichos métodos para el pago de publicidad en sus plataformas. El juzgado, bajo la dirección del Dr. Aldo Alurralde, tomó esta decisión en respuesta a la medida cautelar solicitada por Lotería en el marco del expediente “Provincia de Santa Fe c/ Facebook Inc., Facebook Ireland Limited y Facebook Argentina S.R.L. s/Marcas – Varios en trámite ante la Secretaría Civil y Comercial Nº 2. La resolución emitida por el juez subrogante se inscribe en el contexto de una acción preventiva de daños presentada por Lotería, con el objetivo de frenar el uso no autorizado de la marca “Quini 6” en publicaciones pagas que circulan en Facebook y que redirigen a sitios de juego clandestinos o no autorizados. Con base en las capturas de pantalla presentadas en el expediente, el magistrado determinó que la demandante “habría podido alertar a los usuarios sobre la publicidad ilícita y el presunto accionar fraudulento de la demandada, tal como se evidencia en las respuestas a consultas realizadas por usuarios los días 26 y 29 de junio de 2025 -entre otras-, sobre la falsa existencia de un denominado ‘Quini 6 Casino’ o ‘Casino online’.” En relación a esto, agregó que, al mismo tiempo que se promovía esta acción preventiva, Lotería presentó, el 18 de junio pasado, una denuncia penal ante el Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe por los hechos denunciados y por la posible comisión de delitos tipificados en el Código Penal, “derivados de conductas relacionadas con la promoción de juegos de azar clandestinos”. “Daño reputacional” En conclusión, “la valoración conjunta de todos los elementos probatorios incorporados hasta el momento me lleva a sostener que el derecho de la actora parece verosímil, estando acreditado este primer requisito propio de toda medida cautelar”, interpretó Alurralde. Asimismo, concluyó que en el estado inicial del proceso se corroboró el “peligro de la demora” en actuar por parte de la justicia, tal como lo formuló la entidad oficial. En este sentido, indicó que, dada la naturaleza y dinamismo de la red social Facebook, así como el número de usuarios que posee, “observamos un alto grado de probabilidad de que, si no se despacha la medida cautelar solicitada, el daño reputacional que el titular de la marca dice experimentar se agrave y aumente rápidamente”. Además, tuvo en cuenta “el impacto consecuente en la confianza de los usuarios que pueden verse perjudicados por el presunto accionar ilícito denunciado ante las autoridades del Ministerio Público de la Acusación de la provincia de Santa Fe, relacionado con posibles situaciones de juego clandestino o ilegal”.

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