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  • Autoplanes: confirman daño punitivo de $200 millones y reconocen que debe debe integrar la base regulatoria de honorarios

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 18/07/2025 07:04

    La Cámara 5° de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba hizo lugar al reclamo de dos abogados que cuestionaron que el juez de primera instancia excluyó erróneamente este concepto para determinar sus estipendios. También se confirmó la fuerte multa contra la empresa a favor de siete consumidores Por Silvina Bazterrechea- sbazterrechea@comercioyjusticia.info En un fallo trascendental vinculado a una causa colectiva contra Volkswagen SA de Ahorro, la Justicia de Córdoba ratificó una sanción por daño punitivo de casi $200 millones en favor de siete consumidores y resolvió que ese monto debe integrar la base económica para la regulación de honorarios de los abogados de la parte actora. La Cámara de Apelaciones, con votos de los jueces Joaquín Ferrer y Leonardo González Zamar, hizo lugar al recurso interpuesto por los abogados Nelson Nicolás Galíndez y Juan Exequiel Vergara, quienes habían apelado la decisión del juez de primera instancia que, al momento de regular sus honorarios, excluyó el rubro daño punitivo de la base de cálculo. El daño punitivo El planteo central de los abogados fue que el juez tergiversó sus declaraciones durante la audiencia de alegatos, interpretando que no habían solicitado expresamente que el daño punitivo fuera tenido en cuenta para regular honorarios. No obstante, los letrados aclararon que su afirmación apuntaba a la imposición de costas en caso de rechazo del rubro, pero en ningún momento renunciaron a que el monto sancionado formara parte de la sentencia, y por ende, de la base regulatoria. El fallo de la Cámara fue contundente: “No se comparte lo interpretado por el juez respecto a lo manifestado por las partes”, señalaron los vocales, tras analizar el contenido de la audiencia. Además, remarcaron que el daño punitivo fue uno de los objetos principales de la demanda y resultó expresamente incluido en la condena, por lo que debe considerarse dentro de la base para la regulación de honorarios, conforme al artículo 31 de la Ley 9459. Multa récord y defensa del rol de los abogados La sentencia impuso a la empresa demandada el pago de $174.991.937,75 en concepto de daño punitivo y $2.318.775,63 por daño moral, lo que totaliza $177.310.713,38. En base a ese monto, y aplicando el punto medio de la escala legal vigente, los abogados reclamaron una regulación del 22,5%, es decir, $39.894.910,51, a lo que deben sumarse otros rubros por tareas extrajudiciales y actuaciones en etapa administrativa. En su apelación, los letrados también invocaron el carácter alimentario de los honorarios profesionales, establecido por el artículo 6 del Código Arancelario, y advirtieron sobre el impacto institucional de su desconocimiento. “Los honorarios constituyen el sostén de la vida familiar y social de los abogados”, señalaron, y recordaron que en causas de consumo como esta, se encuentra comprometido también el derecho constitucional de los consumidores a una defensa efectiva, tal como lo establece el artículo 42 de la Constitución Nacional. Un precedente con impacto en litigios colectivos El fallo podría tener efectos importantes en otros procesos colectivos, donde los jueces tienden a subestimar o excluir componentes clave como el daño punitivo en la regulación de honorarios. La decisión de la Cámara, fundada en la nueva Ley Arancelaria, refuerza la idea de que estas sanciones económicas, que buscan disuadir conductas empresariales abusivas, no solo benefician a los consumidores sino que deben reflejarse también en la justa retribución del trabajo profesional de sus defensores.

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