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  • Monotributo: ya está habilitada la recategorización, que esta vez es un trámite más simple

    » La Capital

    Fecha: 17/07/2025 14:09

    El gobierno nacional, a través de Arca, confirmó los nuevos y esperados topes del monotributo tras difundirse la inflación de la primera mitad del año Los contribuyentes inscriptos en el monotributo deberán recategorizarse en caso de que les corresponda . Los contribuyentes inscriptos en el monotributo deberán recategorizarse en caso de que les corresponda. Los monotributistas tienen tiempo hasta el 5 de agosto para hacer el trámite de recategorización del monotributo correspondiente al segundo período del año. Así lo anunció la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca). El trámite se puede hacer tanto desde la página web como a través del celular mediante la aplicación Arca Móvil. El límite de facturación anual del monotributo pasa de 82 a 95 millones de pesos , según anunció el subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari. Dijo que “equivale a 74.500 dólares por año”. Por otra parte, el funcionario recordó que "en diciembre de 2023 (cuando asumió el gobierno de Javier Milei, el máximo era de 6.300 dólares anuales (12 veces menos)”. Con el dato de inflación de la primera mitad del año, que el Indec informó este lunes, se modifican el mínimo no imponible y las escalas del impuesto a las Ganancias. También se actualizan los niveles de facturación de las categorías y el valor de las cuotas del monotributo. Las nuevas escalas fueron actualizadas en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Indec, y el proceso de recategorización se simplificó para facilitar su realización. Ahora, al ingresar al portal de Monotributo, el sistema mostrará automáticamente la facturación del último año. Si el monto que aparece es correcto, el contribuyente solo debe confirmar la nueva categoría; si necesita hacer ajustes, también puede modificarlo de forma manual. Esta modalidad está disponible únicamente para quienes tengan puntos de venta con facturación electrónica y hayan estado inscriptos en el régimen durante los últimos 12 meses completos. Esta recategorización forma parte del esquema semestral que establece la Ley 24.977 del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, considerando en esta oportunidad los datos del IPC entre enero y junio. La nueva escala del monotributo En el caso del monotributo, la primera categoría (A) pasaría de facturar hasta $ 7.813.063 anuales a $ 9 millones. Y la categoría más alta de $ 82.370.281 anuales a $ 95 millones. Por su parte, las cuotas mensuales subirían en torno del 15,3/15,6%. Así, la categoría de $32.221 ascendería a poco más de $ 37.000. La categoría B de $ 36.679 pasaría a más de $ 42.000. Y así hasta la categoría máxima. Los nuevos valores rigen de agosto a enero 2026. IVA SImple ARCA.jpg ¿Qué tener en cuenta para recategorizarse? Se deben considerar los ingresos obtenidos en los últimos 12 meses. Solo deben recategorizarse quienes hayan superado (o disminuido) los parámetros establecidos para su categoría actual. No es obligatorio realizar el trámite si el contribuyente permanece en la misma categoría. Tampoco corresponde si se trata de un alta reciente y no pasaron más de seis meses desde el inicio de actividades. Los nuevos valores de referencia pueden consultarse en este enlace. ¿Cómo y cuándo se paga el Monotributo? El vencimiento para pagar el Monotributo es el día 20 de cada mes. A partir del 20 de agosto ya regirán los nuevos valores establecidos por esta recategorización. El pago debe hacerse exclusivamente por medios electrónicos. Las opciones disponibles son: Volante Electrónico de Pago (VEP) Homebanking Cajeros automáticos Tarjetas de crédito Débito automático en cuenta bancaria Mercado Pago Desde el portal Monotributo también se pueden consultar los montos y fechas de vencimiento. Plan de facilidades de pago Entre el primero de julio y el 30 de diciembre de 2025 está vigente un plan para regularizar deudas vencidas hasta el 30 de abril de 2025, incluyendo cuotas atrasadas del Monotributo. Características del plan: Cuotas mensuales, fijas y consecutivas Pago mínimo por cuota: $2.000 Adelanto obligatorio del 20% del total adeudado Qué pasa si uno no se recategoriza Por su parte, si un contribuyente no se recategorizó o lo hizo de manera inexacta, Arca puede “recategorizarlo de oficio". El procedimiento se inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se está encuadrado.

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