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» Comercio y Justicia
Fecha: 16/07/2025 20:48
El Gobierno nacional oficializó un nuevo protocolo para la actuación de agentes encubiertos digitales en investigaciones judiciales por delitos complejos que se desarrollan en entornos virtuales. La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial mediante la Resolución 828/2025, firmada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. El nuevo marco regula la figura de los llamados agentes encubiertos digitales y agentes reveladores digitales de las fuerzas federales, cuyas intervenciones deberán contar con autorización judicial. El objetivo es reforzar la capacidad del Estado para infiltrarse en redes delictivas que operan a través de internet y redes sociales en casos de narcotráfico, terrorismo, explotación sexual infantil, fraudes financieros y otros delitos complejos. “Las organizaciones criminales, cada vez con mayor frecuencia, operan a través del ciberespacio. Por eso, los agentes encubiertos digitales se convierten en una herramienta fundamental para combatir este tipo de delitos”, señalaron desde el Ministerio de Seguridad en un comunicado oficial. Identidades ficticias, control judicial y protección de datos El protocolo establece los criterios para la designación de los agentes encubiertos, así como las medidas de seguridad que deben cumplirse durante sus misiones en el espacio digital. Hasta ahora, la Ley N° 27.319 regulaba únicamente la actuación presencial de este tipo de figuras, pero no contemplaba con precisión su rol en plataformas virtuales. Una de las novedades más relevantes es la creación del “Registro de Avatares”, una base reservada que permitirá planificar y supervisar el uso de identidades ficticias en las investigaciones penales. Estos perfiles digitales serán generados y monitoreados por la Unidad Especial de Agentes Encubiertos, bajo estricta confidencialidad. El proceso comienza con un oficio judicial que autoriza la intervención. A partir de allí, se selecciona un agente calificado, se crean los datos biográficos ficticios (el “avatar”) y se registran bajo un código de seguridad. Incluso se contempla la posibilidad de que el Renaper emita documentación física o digital asociada a la identidad falsa, en caso de que sea necesario. Finalizada la tarea judicial, la identidad ficticia debe ser eliminada de las bases oficiales, salvo que se justifique su mantenimiento por razones de seguridad personal o continuidad operativa. La normativa también incluye sanciones para cualquier funcionario que filtre o exponga la identidad ficticia de un agente encubierto. Más herramientas contra el ciberdelito Este nuevo protocolo se suma a otras medidas adoptadas en los últimos meses por el Ministerio de Seguridad para reforzar el combate contra el crimen en el ámbito digital. Durante 2024, Bullrich creó la Unidad de Inteligencia Artificial Aplicada a la Seguridad (UIAAS) y habilitó el uso del ciberpatrullaje preventivo mediante la Resolución 428/2024. Inicialmente centrado en amenazas, extorsiones y delitos económicos, el patrullaje virtual fue ampliado para incluir estafas piramidales y delitos de intermediación financiera con criptomonedas. Más recientemente, el Decreto 383/2025 reformó el Estatuto de la Policía Federal Argentina (PFA) para incorporar formalmente estas tareas de vigilancia digital como parte de sus funciones preventivas, incluso sin orden judicial previa, siempre que existan “circunstancias objetivas” que hagan presumir la comisión de un delito.
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