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  • Caso Cecilia: el Equipo Fiscal presentó videos, imágenes y audios clave – SoloChaco

    » Solochaco

    Fecha: 15/07/2025 23:51

    El jueves se realizará la última audiencia preliminar antes del receso invernal. La causa por el femicidio de Cecilia Strzyzowski atraviesa días decisivos. Y es que el lunes, en la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia, se llevó a cabo la novena audiencia preliminar, donde el Equipo Fiscal Especial expuso un conjunto de pruebas audiovisuales que pretende incorporar al juicio por jurados. El fiscal Jorge Cáceres Olivera detalló ante los medios, que se proyectaron dos videos, uno de 40 minutos y otro de 20, acompañados por material gráfico, capturas de pantalla, audios y fotografías. Según explicó, el objetivo fue presentar el contexto de cada elemento y su relevancia para el desarrollo del juicio. «Fuimos mostrando todo el material que tenemos: conversaciones, capturas, imágenes tomadas por los peritos», afirmó Cáceres Olivera, subrayando que la exposición se realizó en tiempo real, con pausas y explicaciones. También se abordaron cuestiones organizativas del proceso, como la coordinación de fechas, ya que algunas defensas alegaron superposición con otras causas. Mónica Sánchez, abogada defensora de Gustavo Melgarejo, quien está imputado por encubrimiento agravado, sostuvo que el material exhibido ya formaba parte del expediente. «Teníamos que grabarlo para poder analizarlo», indicó. Además, anticipó que este jueves formalizarán las oposiciones a las pruebas del Ministerio Público y avanzarán con su propia presentación. Cabe mencionar que el jueves marcará el cierre de las audiencias preliminares antes de la feria judicial de invierno. La etapa actual del proceso tiene como fin definir qué pruebas serán admitidas ante el jurado popular, en conformidad con la Ley 7661 de Juicio Penal por Jurados de la provincia del Chaco. En su artículo 27, la normativa establece que solo podrán ser admitidos los medios de prueba que tengan vínculo directo o indirecto con el hecho investigado. También prevé que el juez pueda prescindir de pruebas consideradas superabundantes o notorias, siempre que exista acuerdo entre las partes. El artículo 28 de la misma ley habilita a las partes a oponerse a la admisión o rechazo de pruebas y a solicitar su revisión ante otros dos jueces penales en audiencia pública. Esta decisión es irrecurrible, aunque puede dejarse asentada una protesta para su eventual apelación junto con la sentencia definitiva. La causa que conmueve a Chaco y al país avanza con pasos concretos hacia el juicio oral. Cada audiencia suma nuevas capas de complejidad a un expediente que mantiene expectante tanto a la opinión pública como al sistema judicial. –Data Chaco–

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