09/07/2025 14:17
09/07/2025 14:14
09/07/2025 14:13
09/07/2025 14:12
09/07/2025 14:12
09/07/2025 14:11
09/07/2025 14:10
09/07/2025 14:10
09/07/2025 14:10
09/07/2025 14:09
Parana » El Once Digital
Fecha: 09/07/2025 09:30
Reforma del INTA. El Gobierno nacional publicó el decreto 462/2025, mediante el cual impulsa una profunda reestructuración en organismos clave del sector agropecuario. Entre los principales cambios, se elimina la autarquía administrativa del INTA, se disuelve el cargo de director nacional, y el presidente del organismo concentrará el poder de decisión. “Las claves de la reforma del INTA: qué dice el decreto del Gobierno”, tituló el Ejecutivo en sus comunicaciones oficiales, al anunciar el paquete de medidas. Disolución de entes y reforma de instituciones estratégicas La medida implica además la disolución del Instituto Nacional de Semillas, el Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena, y la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal. En paralelo, se dispuso la reformulación del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) y del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), este último considerado uno de los entes más importantes del país en materia de innovación agroindustrial. El caso del INTA fue el que generó mayor debate, por su fuerte presencia federal y su prestigio técnico, aunque muchos de sus defensores admiten que “avalan la necesidad de cambios”. Argumento oficial: dotación, presupuesto y desvío de objetivos La administración Milei justificó la reforma poniendo el foco en el tamaño del organismo: “6059 agentes” y un presupuesto de “$229.000 millones” anuales. “El INTA, una de las entidades más emblemáticas del país, se desvió durante los últimos años de su propósito original, siendo utilizado como herramienta de militancia política y con un enfoque guiado por los lineamientos de la Agenda 2030 y alejado de las necesidades reales del progreso del sector agroindustrial”, expusieron en un comunicado oficial. Frente a las críticas, el Ejecutivo aseguró que el organismo mantendrá sus funciones tradicionales, y no será fusionado con el INTI, como se especuló en las primeras versiones. INTA. Archivo Nueva estructura de poder: presidente con voto doble y consejo reducido El presidente del INTA, Nicolás Bronzovich, seguirá al frente del organismo, pero ahora con otro rol. Se eliminará la figura del director nacional y se conformará un Consejo Técnico de siete miembros, todos designados por el presidente, aunque cuatro de ellos serán propuestos por “las entidades agropecuarias”. El poder del presidente será plenipotenciario, ya que podrá votar y desempatar: “aunque los 4 representantes de las entidades opinen lo contrario se produciría un empate, y el presidente tendrá doble voto para desempatar”. Cambios en la elección, funcionamiento y definición territorial del INTA El decreto establece que, más allá del mecanismo específico de selección, “los miembros del Consejo Técnico deberán tener reconocida versación y notoria experiencia en materia agropecuaria y poseer, al menos cuatro de ellos, título de grado universitario. Durarán cuatro años en sus funciones, con posibilidad de ser reelegidos”. También se detalla que “el Consejo Técnico se renovará por mitades en cada bienio” y que las decisiones se tomarán por mayoría simple, con un mínimo de cinco miembros presentes incluyendo al presidente. Aunque deja de ser un ente autárquico, el INTA conservará su nombre y el objetivo fundacional: “para impulsar, vigorizar y coordinar el desarrollo de la investigación y extensión agropecuarias en todo el territorio nacional”. Redefinición operativa y destino de bienes de los organismos eliminados Uno de los cambios más relevantes es que el presidente del INTA definirá los Centros de Investigación, Regionales, Estaciones Experimentales e Institutos necesarios, rol que antes pertenecía a un directorio con mayor autonomía. Respecto a los bienes materiales, el decreto establece que los inmuebles y vehículos de los organismos disueltos pasarán a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE). Los entes reformulados deberán remitir a la AABE un inventario actualizado de flota, inmuebles y alquileres, mientras que los elementos sin uso o considerados innecesarios podrán ser reasignados o enajenados. Por el momento, el decreto no especifica despidos ni reducción de personal. El texto aclara que “hasta tanto se instrumenten las medidas reglamentarias, todo el personal mantendrá sus condiciones”. (Con información de Clarín)
Ver noticia original